El jueves se dio a conocer un fallo del máximo tribunal nacional en relación al trámite de inscripción de las personarías jurídicas. Para la Confederación Mapuche de Neuquén es una acción administrativa entre provincia y nación pero que involucra una decisión política de fondo.
Jueves 13 de septiembre de 2018 15:08
El fallo dado a conocer por la Corte Suprema anula la inscripción otorgada retrotrayendo el trámite, reconociendo las facultades de dicha inscripción a la provincia de Neuquén, quien es la responsable de dar vía administrativa para la inscripción de las personarías jurídicas de las Comunidades Lof Maripil, Lof Gelay Ko, Lof Wiñoy Tayin Raquizuam, Lof Lonko Purran, Lof Lefiman y Lof Wiñoy Folil.
En un comunicado dado a conocer por la Confederación Mapuche, sostienen que “con este fallo, la responsabilidad queda en manos del estado provincial que debe implementar urgente el Registro de Comunidades Mapuce. La inscripción de la personería jurídica tiene un carácter declarativo, no constitutivo. Es decir, la comunidad existe con o sin personarías jurídicas por su carácter de preexistente. Como lo indica la Constitución nacional y provincial y cuyos fundamentos el máximo tribunal, no cuestionó.”
En igual sintonía se refirió Jorge Nahuel miembro de la Confederación Mapuche de Neuquén, quien en declaraciones radiales sostuvo que “lo que la Corte Suprema definió fue la vía administrativa que deben seguir las comunidades para poder registrarse, para quedar inscriptas con su personería jurídica. Y esa es una discusión vieja, tanto es así que el fallo ubica las situaciones del año 2002, cuando había una gran necesidad de que las comunidades tuvieran un reconocimiento, un registro de su carácter de comunidades mapuches y la provincia se resistía fuertemente a registrar nuevas comunidades. Fue la época en que Sobisch sacó un decreto por el cual prácticamente cerraba el registro de comunidades en una cuestión muy caprichosa y autoritaria, que luego fue rechazado por la misma Corte Suprema 10 años después, cuando dijo que ese decreto era inconstitucional.”
Las comunidades afirmaron que la provincia tiene obligaciones ineludibles en la inscripción y en la implementación del registro de las comunidades que así lo soliciten y “terminar con el capricho interesado de otorgar, denegar o dilatar por décadas, algo que es obligación estatal. Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y reconocer la personería jurídicas de sus comunidades”, derechos que figuran en el Artículo 53 de la Constitucional de la Provincia de Neuquén.
Desde la Confederación hacen referencia a un accionar malicioso en la interpretación del fallo que realizan algunos medios gráficos “que hablan de comunidades que desaparecen o comunidades que son rechazadas. Jorge Nahuel sostuvo que “Lo que cuestionan en este fallo es que las comunidades fueron registradas sin acuerdo con las provincias, y eso generó una disputa de competencias que lo resuelve con este fallo. Pero, lo que no está en discusión es la existencia de las comunidades” y agregó que “hay titulares, imagínate que el titular del Río Negro hoy dice que desaparecen del mapa...”
“Se ha rechazado el trámite administrativo, en una discusión sobre competencias federales o alcances de facultades concurrentes, pero las cuestiones de fondo se han mantenido.” Sostienen desde la Confederación, por lo que se ha hecho hincapié en la responsabilidad del Gobierno provincial y principalmente en la figura del Ministro Jorge Lara quien es el responsable de la política indígena “Antes de ponerse en marcha el relevamiento territorial en el año 2013, la provincia asumió el compromiso de justamente para definir esta puja que había de competencia, crear un registro de comunidades mapuches aquí y en la provincia y de esa manera salir de un marco de ilegalidad en que estaba cuando se negaba registrar comunidades mapuches. Ese registro nunca se creó, entonces lo que hay... permanentemente hay una incertidumbre en las comunidades mapuches que exigen su registro, y eso es una falla administrativa y política y judicial que tiene la provincia del Neuquén. Tiene que clarificar la situación tiene que crear ese registro, y creo que este fallo de la corte, de alguna manera, le está indicando ese camino, y espero que la provincia también se ponga las pilas y realmente cree ese registro, para que no haya controversias que duran, como en este caso, 16 años y que por ahí pueden generar algún tipo de prejuicio a las comunidades.”