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Red Internacional
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Paritarias. La engañosa cláusula gatillo en las paritarias

Varias paritarias incorporaron en los acuerdos la “cláusula gatillo”. ¿Cómo se aplican las cláusulas ante el aumento de inflación? ¿Preservan el poder adquisitivo de los salarios?

Mónica Arancibia

Mónica Arancibia @monidi12

Lucía Ortega

Lucía Ortega @OrtegaLu_

Jueves 1ro de junio de 2017

Un informe del Observatorio del Derecho Social de la CTA analizó las cláusulas gatillo que se acordaron en varios convenios. Se trata de un mecanismo para evitar que un aumento de la inflación deteriore el poder adquisitivo.

El documento advierte que en el caso de bancarios efectivamente hay una cláusula gatillo, pero en el caso de comercio solo se acordó un compromiso de volver a negociar.

En bancarios señala que “para la eventualidad que el Nivel General del Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) del año 2017 supere el 19,5 % acordado, la parte empresaria, se compromete a incrementar en forma automática la diferencia sobre el porcentual antes referido retroactivo al mes de enero 2017” (art. 2°, acuerdo disponible en: /www.bancariabancario.com.ar/). Es decir, en caso de una inflación mayor al aumento, se ajustarán los salarios y será retroactivo a enero.

Sin embargo, consultados por La Izquierda Diario, los trabajadores bancarios nucleados en la agrupación Marrón Bancaria consideran “Si bien en el último acuerdo salarial establece que será automática la actualización del salario si inflación supera el 19,5 %, no confiamos para nada en la aplicación de la misma”.

Se recuerda que el acuerdo bancario para 2017 fue del 19,5 % y se acordó un 4 % de recomposición por 2016. “El acuerdo se firmó sobre la base del incumplimiento del acuerdo interparitario firmado en noviembre por las cámaras y con el aval del Ministerio de Trabajo, acuerdo que se incumplió por los bancos presionados por el mismo ministro de Trabajo para no cumplir con los términos del mismo, para cerrar una paritaria apresurada”, añadieron los trabajadores bancarios.

En conclusión, “el acuerdo firmado dice que el monitoreo del mismo será cuatrimestral y en una mesa de negociación; negociación a puertas cerradas y entre las cámaras que incumplieron el anterior, el ministerio que propuso el incumplimiento y la conducción de la Bancaria que terminó cerrando un acuerdo a la baja y permitiendo que se violen los términos del preacuerdo de noviembre sin llamar a movilizaciones masivas ni a un plan de lucha. En los papeles puede estar expresado, en la realidad no”, denunciaron los trabajadores de la Marrón Bancaria.

En tanto, también habría una cláusula similar para los trabajadores de la administración pública en provincia de Buenos Aires, que no casualmente son quienes menores porcentajes de aumento acordaron gracias a los servicios de UPCN al Gobierno.

“Y por lo que trascendió mediáticamente, aunque todavía no está el acta, habría algo similar en el caso del acuerdo salarial de Sanidad”, aseguró Luis Campos, del Observatorio del Derecho Social de CTA para La Izquierda Diario.

En los sectores donde se anunciaron públicamente “cláusulas gatillo” en realidad no son tales, sino un compromiso de reabrir las negociaciones en los meses de octubre y enero para analizar si la evolución de la situación macroeconómica licuó los efectos de los ajustes salariales y en su efecto hacer los ajustes correspondientes.

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“Son cláusulas muy genéricas, muy vagas, no tienen ningún contenido obligacional concreto, no disparan ningún incremento salarial por más que la inflación supere los porcentajes salariales que se otorgaron. Esto fue así en el caso de comercio y construcción, posiblemente los más importantes por la cantidad de trabajadores comprendidos y también fue el caso de la cláusula que se incluyó en la negociación salarial correspondiente a los trabajadores de la administración pública nacional”.

“Tanto comercio, construcción, administración pública nacional, y otros casos, lo único que hace es establecer que las partes vuelvan a sentarse a negociar y para generar un aumento que compense un posible deterioro producto de la inflación es necesario que las partes, primero, se junten a negociar, segundo, se pongan de acuerdo acerca de que la situación económica haya ’desnaturalizado’ los efectos del acuerdo salarial y, finalmente, que se pongan de acuerdo en cuál va a ser el mecanismo de compensación por esa pérdida salarial. Esto es algo así como ’negociar la nada’ y no tiene muchos efectos prácticos”, afirmó el abogado del Observatorio de CTA.

En conclusión, Luis Campos aclaró que “en términos de una evaluación más política yo pienso que es una necesidad de presentar públicamente acuerdos que no tienen un incremento salarial muy significativo y de esta manera hacer un poco más potables los acuerdos salariales. Pero lo cierto es que son cláusulas que de ningún modo protegen automáticamente el salario de los trabajadores”.

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Mónica Arancibia

Nacida en Bs. As. en 1984. Es economista. Miembro del Partido de los Trabajadores Socialistas. Coedita la sección de Economía de La Izquierda Diario.

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