Ya tiene media sanción el proyecto de ley que regula el ejercicio profesional de la obstetricia. La conocida "partera" podrá recetar anticonceptivos, solicitar análisis de laboratorio y asesorar en temas de salud sexual y reproductiva.
Viernes 26 de abril de 2019 07:50
La partera del barrio, la comadre del pueblo, allí siempre estuvieron ellas, al lado de las mujeres que tenían que parir, conteniendo y ayudando. Nadie dudaba de su capacidad para esa tarea.
El tiempo pasó y lo que hacían por oficio e intuición se transformó en una carrera universitaria de 5 años con un título habilitante. Sin embargo, la ley que regulaba su actividad en la salud limitaba mucho sus posibilidades profesionales.
Luego de trece años y siete intentos, el proyecto de ley obtuvo media sanción en Diputados y establece que podrán asesora e indicar, colocar y retirar métodos anticonceptivos ( pastillas, el dispositivo intrauterino (DIU) o los implantes subdérmicos) y prescribir medicamentos de uso obstétrico. Esto hace que puedan hablar de educación sexual con muchas mujeres, sobre todo con aquellas de sectores populares que no tienen acceso a la información y mucho menos saben cómo pueden prevenir un embarazo.
Propone que las llamadas “parteras” puedan indicar vacunas según calendario nacional vigente, solicitar e interpretar análisis de laboratorio, diagnóstico por imágenes y estudios complementarios relacionadas con el cuidado de la salud sexual y reproductiva. Podrán también extender constancias de embarazo, de nacimiento, de atención, de descanso o reposos, pre y post eventos obstétricos.
Se consiguió entonces establecer un nuevo marco general del ejercicio de la Licenciatura en Obstetricia que busca “contribuir a garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las personas, desde un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género”.
El proyecto fue producto de una unificación de los presentados por los oficialistas Eduardo Amadeo y Carmen Polledo (Cambiemos) y Mónica Macha del kirchnerismo.
Pero no todo lo que brilla es oro. Es que por un lado el proyecto busca extender los alcances del ejercicio profesional de las obstétricas. Sin embargo incluye en su articulado la “objeción de conciencia”.
Puntualmente la ley que ya cuenta con media sanción indica que podrán invocar esta razón “teniendo en cuenta un deber religioso o una convicción moral como razón para negarse a cumplir una obligación jurídica en relación a prácticas de salud”.
Existen sobradas pruebas de lo peligroso que resulta para los cuerpos gestantes este argumento, ampararse en este "derecho" puede hacer la diferencia entre la vida o la muerte.
Es por eso que desde el FIT acompañaron la iniciativa de este proyecto aunque advirtieron que durante el tratamiento en particular iban a plantear una disidencia, ya que no están de acuerdo que los profesionales de la obstetricia se nieguen a realizar prácticas médicas que entren en conflicto con sus convicciones religiosas.
Esta ley sin dudas es un avance, pero se da en medio de una profunda crisis del sistema de salud originada por el brutal ajuste llevado adelante por el gobierno de Cambiemos.
Es progresivo habilitar legalmente a las profesionales que tienen una relación cotidiana con las mujeres embarazadas. Pero poco podrán hacer si se suspenden los programas relacionados con la salud sexual, se reduce la entrega de métodos anticonceptivo y los salarios de estas trabajadoras se pulverizan producto de la inflación y las políticas económicas dictadas por el FMI.