Publicada en el Boletín Oficial hace menos de una semana, el Gobierno promulgó la ley con el objetivo de dar celeridad al juzgar los llamados delitos "in fraganti". Condenas varias, y un funcionario judicial apartado a manos de la Federal.
Sábado 10 de diciembre de 2016
La ley de flagrancia 27.272, aprobada por el Congreso Nacional el 7 de septiembre último, entro en vigor desde el pasado 1ero de diciembre en todo el país. La norma prevé que las personas detenidas “in fraganti”, tanto al intentar cometer un delito o inmediatamente después, y con las pruebas de haberlo cometido, deben ser llevadas ante un juez entre 24 y 48 horas después para realizar una audiencia oral y pública donde jueces y fiscales deben resolver si se lo libera o se realiza juicio abreviado, probation o juicio oral. La norma se aplica sólo para delitos menores o delitos de gravedad, cuyas penas no superen los 15 años de prisión para hechos que se produzcan en el ámbito de la Capital Federal y en el fuero federal en las Provincias.
Algunos de los delitos que contempla la Ley son hurto simple, resistencia a la autoridad, violencia de género, tentativa de femicidio, tentativa de violación, entre otros.
La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, como así también los Tribunales Federales, días atrás hicieron públicas sus objeciones por la implementación de la ley, por falta de recursos e infraestructura.
El pasado lunes, para dar algún tipo de rápida respuesta a la crítica de los magistrados, el Ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano, y el presidente del Consejo de la Magistratura porteño, Enzo Pagani, firmaron un convenio por tres años para que las dos alcaidías dependientes del Poder Judicial de la Ciudad puedan albergar a presos a disposición de jueces nacionales.
En el marco de la aplicación de la nueva ley y casi de forma express un joven fue detenido por el robo de un estéreo; el proceso duró apenas una hora, realizado en el Juzgado de Instrucción N° 38, a cargo de la Dra. Wilma López. En ese lapso se definió un juicio abreviado, que resultó en una condena a 6 meses de prisión, sustituida por 790 horas de trabajo comunitario. En un término de 36 horas, luego de publicada la Ley, una mujer fue sentenciada a prisión en suspenso por intentar llevarse prendas de un comercio en Caballito, y así continúan los casos en medio de este proceso de aplicación de la ley
Por su parte, el subsecretario de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Martin Casares, dijo al matutino LN : "Es importante que comience a aplicarse esta ley, porque da una respuesta judicial rápida, que es lo que la sociedad está esperando de la Justicia", y agrego que tanto el Ministerio de Justicia como el de Seguridad están apoyando y monitoreando la aplicación de la normativa.
En medio de objeciones y reclamos de magistrados y funcionarios judiciales, la puesta en marcha de la Ley de Flagrancia, trajo con ello también un escándalo judicial: un secretario federal fue apartado del rol de articulación con las fuerzas de seguridad por decisión del Juez Ercolini luego de que se difundiera un audio entre ese funcionario y un agente de la Policía Federal que lo llamó a la madrugada para saber cómo proceder ante la detención de un hombre que aparentemente llevaba droga. El audio en cuestión, registra el diálogo entre el policía y el secretario en plena madrugada, para informarle la detención de una persona en plena calle porque no sabe cómo proceder, donde no obtuvo mas que una catarata de insultos como respuesta.
Escucha el audio:
Ercolini en un comunicado firmo el pasado jueves por la tarde un comunicado donde además donde daba cuenta de la separación preventiva del funcionario, agrego: “ …en razón de haberse concretado y difundido una escucha telefónica ilegal, pudiendo constituir un delito de acción pública, he ordenado también la formulación de la pertinente denuncia".
Así es como se intenta darle más poder a las fuerzas represivas del Estado. Las fuerzas policiales tienen entonces la potestad de decidir que es o no delito. Sin ir más lejos, en la Provincia de Bs As donde la justicia penal ya aplica la figura de flagrancia, el 90 % de las causas que se están juzgando vienen por causas armadas por la policía, la mayor parte por esta figura, proceso que no tiene mayor objetivo de aumentar los mecanismos de control social sobre el pueblo pobre y trabajador, cubriendo de legalidad las detenciones arbitrarias. La cárceles de la provincia de Buenos Aires están atestadas de jóvenes sin proceso, de jóvenes pobres, mientras los grandes delincuentes, los de guante blanco, viven protegidos y los casos en los que son participes, gozan de impunidad.
Contundentes son los números del gobierno de Cambiemos durante su gestión de casi un año en lo que respecta a materia persecutoria y represiva, donde del informe de la Correpi se desprenden datos alarmantes: en lo que va del 2016, la estadística indica que una persona es asesinada cada 25 horas, por gatillo fácil por parte de las distintas fuerzas policiales (Gendarmería, PSA, PFA, la Policía Bonaerense, Prefectura, etc.). Desde la asunción del gobierno de Cambiemos son 241 las personas asesinadas.
De esta manera, se dota de un gran poder a la policía, mientras las cárceles las pueblan mayoritariamente jóvenes sobre quienes se agudiza la selectividad penal, mientras que los que manejan el delito organizado como el narcotráfico, las redes de trata, los desarmaderos, muchas veces en complicidad con el poder político, judicial y policial no tienen por qué alarmarse, y la puerta giratoria está habilitada para ellos