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Red Internacional
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Proceso Constituyente. Los 2/3 constitucionales: ¿por qué son una trampa por parte de la derecha y también de la “oposición”?

Una nueva polémica se ha desarrollado en torno al proceso constitucional: ¿la nueva constitución que emane de las convenciones, deberá aprobarse por los 2/3 de sus integrantes? ¿Si no hay acuerdo de 2/3 seguirá la vieja constitución de Pinochet? ¿Una hoja en blanco limitada?

Miércoles 23 de septiembre de 2020

El debate

El domingo pasado en un programa político de televisión, el ministro de la Segpres Cristián Monckeberg planteó que la nueva Constitución “debería ser aprobado por 2/3 en la convención”. Ayer el Gobierno a través de su ministro vocero Jaime Bellolio, planteó lo mismo. De la derecha casi todo el sector apoyó las declaraciones.

Es lo que se llama una “doble ratificación”: para aprobar una nueva constitución, debería ser aprobada por los 2/3 de los integrantes de la convención (ya sea mixta o constitucional), y luego por un Plebiscito popular (“de salida”).

El viejo “coronel” Pablo Longueira, quien va por el Apruebo y convención constitucional para “licuar” el proceso señaló: “Es tan obvio que el reglamento debe contemplar que también al final de la convención el texto completo se debe aprobar por 2/3, que no fue necesario ponerlo en la reforma constitucional, ya que, de lo contrario, no habrá ni reglamento ni ninguna norma que reúna ese quórum. Si lo anterior llegara a ocurrir, no habrá propuesta constitucional y seguirá vigente la Constitución actual. Así lo señala también expresamente la reforma constitucional”.

Este debate ya lo había planteado también Andrés Allamand, líder del Rechazo, el 20 de noviembre del año pasado a pocos días del acuerdo: “Nunca alguien dijo que cuando no haya acuerdo eso significa que se transforma en ley simple, fue exactamente lo contrario (...) Si no hay acuerdo, la convención fracasa, no hay plebiscito ratificatorio y rige la Constitución actual”.

¿Y qué dice la “oposición”?

El presidente DC, Fuad Chahín señaló que en la derecha “están tratando de confundir y ensuciar el proceso. Esto fue largamente debatido y nosotros dijimos que eso no era aceptable."

La diputada y presidenta de Revolución Democrática, Catalina Pérez, comentó que “Acá hay acuerdos democráticos que no dan para interpretaciones tramposas”. Y Boric señaló: “De ganar el apruebo, el mandatado a ratificar el texto final del proceso constituyente es el pueblo de Chile mediante el plebiscito de salida por mayoría simple, no la Convención.” El Frente Amplio sacó un comunicado donde rechazan las “interpretaciones mañosas” y llaman a respetar “la autonomía constitucional que debe tener una eventual convención electa por la ciudadanía”.

Las trampas derechistas y las trampas “opositoras”: los 2/3 contra la voluntad popular

Por parte de la derecha, están forzando para intentar encontrar nuevas trampas y artilugios que limiten cada vez más cualquier intento de un cambio de contenido a la vieja Constitución de Pinochet. Saben que los 2/3 fue una regla nacida de su sector para que cualquier cambio se encuentre con la muralla de esa regla: “si tenemos 1/3 de la convención, entonces bloqueamos cualquier cambio profundo, y por tanto deben llegar a acuerdo con nosotros para cambiar cualquier cosa” es como piensan los derechistas. Para ellos se trata de defender (ya sea desde el rechazo o el apruebo) los “contenidos” de la constitución de Pinochet que la regla de los 2/3 le permite hacerlo. O en otro caso, buscar un 2/3 entre la derecha y concertación para una nueva constitución de cambios casi inexistentes. Sea como sea, la regla de los 2/3 juega en su favor como una gran operación tramposa.

Según el artículo 133 de la reforma constitucional que dio inicio al proceso: “La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio”. Ya de entrada del proceso constituyente, iniciando con el reglamento de la convención, estará limitado por el chantaje reaccionario de los 2/3 que podrá imponer una minoría. Si bien la votación final de la nueva constitución no quedó regulada. ¿Qué hace que en el reglamento de votación no puedan imponer con 2/3 de derechistas y concertacionistas esta maniobra?

Estas trampas la derecha las pueden hacer porque el proceso constituyente abierto está lleno de trampas para sobre ellas, hacer nuevas trampas o maniobras limitadoras y fraudulentas, para que el pueblo realmente no decida. Los 2/3 son parte de esto.

Por eso es falsa la “oposición” que denuncia de tramposa a la derecha callando las trampas que ellos mismos negociaron con la derecha en ese Acuerdo por la Paz. Los 2/3 no implican de ninguna manera una “hoja en blanco” como se ha prometido. Se trata de una regla que obliga a “acuerdos amplios”. ¿Y qué pasa si no hay acuerdos? Hay un “vacío” donde las interpretaciones abundan: la derecha dice que se mantiene la constitución vieja; los opositores que todo se podrá hace vía legal con mayoría simple sin quórum tan alto de 2/3. Y por tanto dicen es una regla “a nuestro favor”. Pero son interpretaciones, porque no quedó regulado, sólo el ultra quórum de los 2/3, que actuará como un “regulador” y “moderador” frente a las diferencias, y permitirá a la derecha un gran chantaje, pero no sólo a ellos sino también a los viejos concertacionistas y miembros progresistas del “partido del orden” que defenderán que los poderes reales no se vean afectados.

Considerando la sobre-representación que tendrá la derecha producto del sistema electoral vigente (como ya están calculando en sus listas), los dos tercios son una trampa a medida de los poderes reales del país, y fue un gran regalo a ellos por parte de la oposición. Como señala un frente amplista que estuvo en la “comisión técnica” de la reforma, “las concesiones mutuas lo hacen posible” (El Acuerdo por la Paz), concesiones que claramente en los 2/3 benefician a los poderes reales del país, y no generan una "hoja en blanco" como señala.

Y eso que estamos hablando sólo de la regla de los 2/3 sin considerar otras trampas como, por ejemplo, las restricciones que impide que se discutan tratados internacionales; la imposibilidad de que voten menores de 18 años; el sistema electoral vigente es el que beneficia a los viejos partidos del régimen, etc.

¿Convenciones con “poder constituyente"?

Por eso es falso lo que dice el Partido Comunista, de que las convenciones se tratan de órganos que tienen el “poder constituyente”. “¿Quién tiene la potestad constituyente? El pueblo. Si el pueblo decide, reunido y representado en el órgano constituyente que quiere modificar el quórum de los dos tercios, la pregunta es, ¿la Convención Constitucional lo puede hacer? Y la respuesta es, claro que lo puede hacer” señala en una nota Carlos Arrué, encargado constitucional del PC.

Lo primero que no dice es que el reglamento de votación podría cambiarlo, pero ya está limitado por 2/3 en su primera aprobación. Y de fondo, el pueblo no tiene el poder constituyente en estas convenciones. Ese “poder” ha sido derivado desde el régimen político actual, o sea desde el pacto de los partidos del régimen hacia las convenciones, y de antemano están limitadas: no son ni autónomas, ni libres ni soberanas. Ya señalamos algunas cosas de los 2/3.

Los “poderes constituidos” se guardaron bien de limitar de antemano cualquier “poder constituyente” originario del pueblo. La Ley Nº 21.200, de 24 de diciembre de 2019, que reformó la Constitución le puso límites a cualquier “hoja en blanco”: como los tratados internacionales ratificados por Chile que regulan inversiones extranjeras hechas en salud, educación, AFP’s. O las limitaciones según el artículo 135 y sus “disposiciones especiales”: prohibición a las Convenciones para no afectar las competencias y atribuciones de los demás órganos y poderes del Estado durante la redacción de la nueva Constitución, ni alterar los quórums ni el procedimiento para su funcionamiento y la adopción de acuerdos. Por eso muy correctamente el jurista Jean Pierre Matus señala que: “esta libertad de diseño es más aparente que real”.

Incluso hay quienes han señalado que las limitaciones como los tratados internacionales hacen al acuerdo “inconstitucional”, “porque el legislador tiene sólo potestad constitucional delegada, que es para reformar la Constitución respecto de aquellas materias en que se le ha dado atribuciones para reformarlo, pero no respecto de la soberanía”, puntualizó la como señaló hace algunos meses la abogada y doctora en Derecho del Centro de Derechos Humanos de la UCh Claudia Iriarte.

La postura del PC busca legitimar con todo la “cocina” del Acuerdo por la Paz, y mostrarla como la expresión verdadera de la voluntad popular, algo falso. Y es así porque el acuerdo fue para limitar el poder de las calles, para desviar la movilización histórica que se abrió en octubre. Como señaló el mismo Alejandro Guillier el fin de semana: “El acuerdo constitucional tuvo como propósito salvar a Piñera y al Congreso”. A confesión de parte, relevo de pruebas.

¿Qué se puede hacer, según Carlos Arrué? “Persuadir, convencer, a quienes aprobaron ese quórum de los dos tercios, de optar por un quórum distinto, de mayoría absoluta o de tres quintos”. Su estrategia es “persuadir” a los partidos de las clases dirigentes “progresistas” de llegar a un determinado acuerdo. O sea, nuevamente la “presión” y alianzas con la oposición concertacionista para “convencerlos” de las bondades de la voluntad popular.

Siguiendo a León Trotsky en España en los años 30: “Debemos desenmascarar implacablemente el charlatanismo de la consigna de las Cortes Constituyentes en los labios de la burguesía de "izquierda", la cual en realidad no quiere más que unas Cortes de conciliación por la gracia del rey y de Berenguer para hacer un trato con las viejas camarillas dirigentes y privilegiadas”, podríamos decir que debemos desenmascarar las convenciones “de conciliación” con el viejo régimen heredero del pinochetismo.

Frente a las trampas: por una Asamblea Constituyente Libre y Soberana

Mientras la derecha quiere “licuar” y “capturar” el proceso (como lo señalan distintos analistas, sacando menos del 40% podría llegar a estar sobre representada), la “oposición” concertacionista, FA y PC, intentan “denunciar” a la derecha diciendo que son “tramposos” cuando ellos son parte del pacto que es la “trampa madre” de todas.

Por eso a la vez que participamos del proceso constituyente actual desde una posición independiente de los trabajadores, con el Apruebo contra la constitución de Pinochet y anulando con tercera papeleta en segunda vuelta así como la pelea por un Frente de Trabajadores, planteamos que hay que retomar el programa y los métodos abiertos por la rebelión de octubre, y en particular del 12 de noviembre en la perspectiva de una huelga general, para conquistar una verdadera Asamblea Constituyente Libre y Soberana, sin Piñera y sin este régimen, para conquistar todas nuestras demandas.

Eso exigirá a la vez fortalecer una posición política independiente, desarrollar la auto-organización en la perspectiva de choques más agudos de la lucha de clases con una crisis económica y, por la defensa del empleo, los salarios, pensiones dignas, vivienda, en la perspectiva de un gobierno de trabajadores.


Pablo Torres

Dirigente nacional del Partido de Trabajadores Revolucionarios (PTR). Autor y editor del libro Rebelión en el Oasis, ensayos sobre la revuelta de octubre de 2019 en Chile, Edición Ideas Socialistas, 2021.

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