Aseguran que limita el derecho a protesta. El pedido fue presentado por Noelia Barbeito junto a Cecilia Soria, del Frente de Izquierda y el abogado Carlos Lombardi, a quien entrevistamos en esta nota
Lunes 10 de agosto de 2020 22:15
La acción de inconstitucionalidad del inciso “f” del artículo 55 del Código de Contravenciones que prohíbe el derecho a reunión y manifestación, fue presentada a la Suprema Corte.
El Código de Contravenciones impulsado por el entonces gobernador Cornejo, fue rechazado por un amplio arco de organizaciones políticas, sociales, de DDHH y sindicales. Bajo los preceptos del código de contravenciones movilizaciones como las que se dieron el pasado diciembre contra la modificación de la ley 7722 en defensa del agua y el ambiente están prohibidas.
Entrevistamos a Carlos Lombardi:
¿En qué consistió la audiencia?
La etapa procesal que se cumplió el viernes pasado fue la audiencia final, prevista en el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza. El objetivo de ella es producir la prueba faltante (testimonios, por ejemplo), y alegar. En nuestro caso, las partes pudieron presentar los alegatos
¿Por qué plantean la inconstitucionalidad del artículo 55?
Se planteó la inconstitucionalidad de ese artículo porque vulnera lista y llanamente el derecho de reunión al exigir aviso a la autoridad para que tome las medidas de seguridad que estime convenientes.
¿Qué respondió el gobierno?
El gobierno, como era de esperar, respondió que no hay perjuicio por exigir un breve aviso de las reuniones. Sin embargo, esa sutileza implica contradecir los estándares internacionales en materia de reunión pacífica. Es más, esos estándares exigen no imponer requisitos innecesarios que obstaculicen el mencionado derecho.
En los próximos días debería conocerse el dictado de la sentencia.