El decretazo, o Decreto de Necesidad y Urgencia, DNU, que anunció el nuevo gobierno argentino, es una lista de ataques al pueblo trabajador. Donde la primera reacción fue un cacerolazo. Dedica una decena de páginas a querer meterle motosierra a muchos derechos laborales pero también a su organización gremial y hasta el derecho de reclamar.
Lucho Aguilar @Lucho_Aguilar2
Sábado 23 de diciembre de 2023 01:01
A pocos días de asumir, el gobierno derechista de Javier Milei anunció un decretazo que afecta los bolsillos y las condiciones de vida de millones. Entre ellos incluye una reforma laboral por decreto, escrita por gerentes de recursos humanos del Grupo empresarial Techint y ex funcionarios del gobierno derechista de Macri.
El decretazo busca modificar las principales leyes laborales: la ley 14.250 (paritarias), 20.744 (contratos de trabajo), 23.551 (asociaciones sindicales), 25.877 (régimen laboral) y 24.013 (empleo), entre otras. Que no eran un paraíso para la clase trabajadora, pero todavía conservan conquistas que costaron décadas de lucha. Acá te resumimos cuáles son los principales ataques:
1. Un salto en el ataque contra el derecho a huelga
El decretazo plantea ampliar el concepto de “servicios esenciales” a prácticamente todas las actividades económicas. No solo el transporte y la salud, que ya estaban contempladas, sino la educación, la industria alimenticia, metalúrgica, los medios, frigoríficos, telecomunicaciones y en etcétera tan largo que la pregunta es por qué no pusieron “toda actividad económica”. Pero además le reservan a una “comisión de garantías de 5 miembros de reconocida solvencia técnica o académica en materia de relaciones del trabajo” a que amplíen la lista. Cuando esos trabajadores quieran hacer un reclamo, tendrán que garantizar el “setenta y cinco por ciento (75%) de la prestación normal del servicio”. Casi un servicio normal, si tenemos en cuenta el ausentismo que existe históricamente en cualquier actividad.
2. Despidos más baratos
Sustituye el artículo 245 de la Ley N° 20.744 por otro que abarata la indemnización para las patronales: “la base de cálculo de esta indemnización no incluirá el Sueldo Anual Complementario, ni conceptos de pago semestral o anual”. Le sacan tantos ítems que aclara que no podrá ser inferior “al sesenta y siete por ciento (67 %) del importe correspondiente a UN (1) mes de sueldo”.
Pero el gran cambio es el impulso del “modelo UOCRA” que prometió Milei en campaña. Se trata de un fondo de cese laboral instaurado durante la dictadura de Videla, que permite a los patrones de la construcción despedir sin causa, sin antigüedad y con una “indemnización” distinta la que tiene cualquier trabajador, pero además mucho más baja. Según el decretazo, “mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral, con un aporte mensual que no podrá ser superior al ocho por ciento (8%) de la remuneración computable”. O sea menor al de UOCRA, que es 12%. Además “los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado de capitalización a fin de solventar la indemnización prevista”. Una especie de “seguro” para poder echar a los trabajadores que quieran cuando quieran.
3. Libertad para despedir a cualquiera que reclame
Hoy la ley asegura que “la participación del trabajador en una huelga en ningún caso puede constituir causa de despido”. Milei modifica el artículo 24 de la Ley de Contrato de Trabajo, que se refiere a la “justa causa” de un despido. Los patrones podrán “no proseguir la relación de trabajo” si sienten que han sufrido alguna “injuria grave”. ¿Por ejemplo? “Configura injuria laboral grave la participación en bloqueos o tomas de establecimiento. O cuando durante una medida de acción directa se afecte la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas; b.- Se impida u obstruya total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento; c.- Se ocasionen daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa (mercaderías, insumos y materias primas)”. O sea si un empresario no paga salarios y un paro le echa a perder un poco de materia prima, lo puede considera una “injuria” y dejarte en la calle.
4. La tercerización avanza
La tercerización laboral ha avanzado desde la dictadura, es cierto. Pero Milei le da una vuelta de tuerca grande. Cambia la ley (artículo 29 de la Ley N° 20.744” de manera que “los trabajadores serán considerados empleados directos de aquellos que registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o de proporcionarlos a terceras empresas.” O sea que no deja chances de reclamar la “solidaridad” de parte de la empresa principal, como se puede hacer actualmente. Una ley a medida de Techint, Edesur, Edenor y las grandes empresas que usan este fraude laboral.
5. El “derecho de piso” también avanza
La Ley de Contrato de Trabajo fija el período de prueba que es utilizado por los empleadores para utilizar por algunos meses a jóvenes con menos salarios y derechos. Hay épocas que es de 3 meses, otras de 6. Ahora Milei lo aumentó. El artículo 71 asegura que tendrá “ocho (8) meses de vigencia”. O sea que “cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización”. Cualquier empresa podrá contratar jóvenes en las estaciones de mayor producción o para un determinado proyecto y después a la calle.
6. Uso tu tiempo como quiero
Siempre la clase empresaria quiso disponer del tiempo de sus esclavos (o trabajadores) a su antojo. Distintas luchas consiguieron la jornada de 8 horas, determinados días por semana, que permiten a cualquier persona organizar su trabajo, sus descansos, su vida y hasta sus ingresos.
Pero ahora los empresarios podrán dar otro paso en poder manejar todo en función de sus necesidades productivas y de ganancias. Según el artículo 79, “las convenciones colectivas de trabajo (…) podrán establecer regímenes que se adecuen a los cambios en las modalidades de producción, las condiciones propias de cada actividad, contemplando especialmente el beneficio e interés de los trabajadores (ponele). A tal efecto, se podrá disponer colectivamente del régimen de horas extras, banco de horas, francos compensatorios, entre otros institutos relativos a la jornada laboral.” Para tener una idea, el “banco de horas” permite que las empresas tomen las horas mensuales de trabajo (o los días anuales) y los distribuyan como ellos quieren.
7. Contra los derechos conquistados
En la Argentina la clase trabajadora consiguió un derecho llamado “ultractividad”, incluidos en la Ley N° 14.250. ¿Qué significa? Que si un gremio tiene determinados logros en su convenio (jornada de 7 horas, no trabajar feriados, plus por zona desfavorable) y no se pone de acuerdo con las cámaras empresarias para cambiarlos, siguen rigiendo esos beneficios. El decretazo de Milei cuestiona ese concepto. Dice que “una convención colectiva de trabajo, cuyo término estuviere vencido, solamente mantendrá subsistentes las normas referidas a las cláusulas normativas. El resto de las cláusulas (obligacionales) podrán mantener su vigencia, solo por acuerdo de partes o por la específica prórroga dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional”.
8. Discriminación legalizada
Hoy un trabajador o trabajadora, o del género que se perciba, no puede ser discriminado por sus opiniones políticas o gremiales, su identidad de género, entre otras cosas. Las leyes laborales prohíben están discriminaciones y garantizan, al menos formalmente, el puesto de trabajo. Milei habilitará esos despidos, solo que costarán unos pesos para los empresarios. Según el artículo habrá un “agravamiento indemnizatorio por despido motivado por un acto discriminatorio”. Si una “sentencia judicial corrobora el origen discriminatorio del despido, corresponderá el pago de una indemnización agravada especial”. Un plus del 50%. Pero se “producirá la extinción del vínculo laboral a todos los efectos”. O sea que un patrón facho te puede echar por homosexual, zurdo o mapuche, solo tendrá que pagar unos pesos más (si es que el juez te da la razón). Es el liberalismo más trucho del mundo.
9. La “libertad” llega hasta el derecho de protesta
El decretazo inventa nuevos artículos para la Ley de Contrato de Trabajo. No se trata de derechos positivos ni nuevos, sino prohibiciones. El artículo 20 se titula “Acciones prohibidas”. Y enumera una serie de acciones que los trabajadores y trabajadoras no pueden hacer. No importa si no les pagan el salario, los echan, mueren compañeros, nada. Entre las acciones prohibidas están “afectar la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza; impedir u obstruir total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento; ocasionar daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros situadas en el establecimiento (mercaderías, insumos y materias primas)”. Como decíamos, el criterio es tan amplio que cualquier medida puede ser “prohibida”. De hecho la huelga siempre es un “daño”. Pero además el gobierno asegura que los sindicatos que las realicen “serán pasible de la aplicación de las sanciones”.
10. Fraude laboral: aproveche la oferta
Mientras ataca derechos obreros y prohíbe el reclamo, otorga beneficios a los empresarios. Por ejemplo, si uno de ellos tiene durante años a 50 trabajadoras sin registrar, habrá que esperar una “sentencia judicial firme” para que cumpla con la registración y las multas. Pero además estas se verán enormemente disminuidas, ya que “se deducirán los componentes ya ingresados conforme al régimen del cual se trate, se establecerá un sistema de intereses menos gravoso y facilidades de pago.” Lo único que hace es alentar el trabajo no registrado, lejos de las promesas de campaña liberfachas.
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Podríamos seguir. Pero lo importante es tener claro que Javier Milei, con su cuerpo de abogados de Techint y Macri, está haciendo un nuevo ataque a los derechos laborales que aún tenemos. Y que además le quiere quitar a la clase trabajadora sus derechos de huelga y organización, que son los que le han permitido conquistar esos derechos y los que le pueden permitir enfrentar el plan motosierra e ir por todas sus reivindicaciones.
Las cúpulas sindicales vienen diciendo que “hay que esperar”. Esta semana se borraron de la jornada de protesta del sindicalismo combativo, las organizaciones sociales y la izquierda. No se pueden quedar de brazos cruzados ante este decretazo. Que hagan asambleas urgentes para discutir el conjunto del plan motosierra y convoquen un plan de lucha unitario. Sino la derecha se va a quedar hasta con sus cómodos sillones.
Lucho Aguilar
Nacido en Entre Ríos en 1975. Es periodista. Miembro del Partido de los Trabajadores Socialistas desde 2001. Editor general de la sección Mundo Obrero de La Izquierda Diario.