Se juzga a los dueños y encargados de una residencia clandestina que alojaba decenas de pacientes. En febrero de 2022 cuatro personas murieron al incendiarse el lugar donde las encerraban. Sobran pruebas para condenar a Cambra Sarife, Wawrik, Merenzon, Machado, Samsolo y General. La voz de la querella.
Daniel Satur @saturnetroc
Lunes 4 de noviembre 09:43
Para las grandes empresas periodísticas el 22 de febrero de 2022 no pasó nada grave en la Zona Norte del Gran Buenos Aires. O tal vez sí, pero lo cierto es que casi ningún gran portal, canal o radio le dio trascendencia y una cobertura acorde a lo sucedido en una de las sedes de la llamada Resiliencia San Fernando , especie de “hogar” o “granja” ilegal dedicada a la “atención” y “rehabilitación” de personas con consumos problemáticos y usuarios del sistema de salud mental.
Aquel día, por causas nunca establecidas con precisión, se incendió la “Casa 1” de la sede ubicada en Los Chañares 3997 de la localidad de La Lonja, Pilar. La construcción tenía una sola puerta, con una reja que ese día estaba cerrada. Otras rejas impedían entrar o salir por las ventanas. Y adentro había material combustible suficiente como para que una chispa desatara un infierno.
En cuestión de minutos el monóxido de carbono doblegó toda capacidad de resistencia de Rodrigo Moreno (25), José Castaño (22), Nicolás Ortiz (24) y Nicolás Bisbal (37). Los cuatro estaban encerrados como “pacientes” con consumo problemático de sustancias. Algunos de ellos eran padres de niños pequeños y sus familias habían sido engañadas respecto a que la Resiliencia San Fernando les ayudaría a recuperarse.
Otros internos llegaban allí con autorización judicial, pese a que ni ésa ni la otra sede ubicada en Paunero 2880 (también de La Lonja) contaban con habilitación provincial ni municipal. La versión oficial dice que las autoridades bonaerenses y las del partido de Pilar, al momento del incendio, ni siquiera sabían de la existencia de esa trampa mortal que años atrás habían montado Emmanuel Cambra Sarife, Eliana Martín Wawrik y Alejandro Merenzon.
A casi tres años de los hechos, el lunes 21 de octubre el Tribunal Oral en lo Criminal 5 de San Isidro, integrado por los jueces María Sayago, Pablo Rolón y Silvestre Díaz, dio comienzo al juicio oral y público por esas cuatro muertes. En el banquillo están sentados los dueños de la “granja” Cambra Sarife y Martín Wawrik, el director de “admisión” Merenzon, la administradora Gisela Machado, el psiquiatra Andrés Samsolo y la psicóloga Alejandra General.
A los seis se los acusa de los homicidios, de “asociación ilícita”, “reducción a la servidumbre” y de un total de trece estafas. En el Código Penal el delito de homicidio tiene una pena mínima de ocho años y una máxima de 25. Acá se sumarían los otros cargos, lo que podría derivar en penas muy altas. Este miércoles se realizará la última audiencia con testigos presentados por las defensas. Probablemente el mismo día se escuchen los alegatos de las partes.
¿El Estado no sabía?
El abogado Augusto Infante, director de Litigio Estratégico de la Comisión Provincial por la Memoria ( CPM ), dice en conversación con La Izquierda Diario que “en el juicio se pudieron reconstruir los hechos que fueron materia de acusación, se determinó que esa ‘comunidad terapéutica’ era clandestina y que allí se privaba de la libertad a personas, se las maltrataba, se les impedía por la fuerza salir y se las sometía a medicación coactiva”.
Infante participa del juicio en representación de la CPM, querellante institucional en calidad de mecanismo local de prevención de la tortura. También actúa en el juicio la Asociación de Reducción de Daños de Argentina (ARDA), a través de la abogada Magalí Ledesma, patrocinando a las familias de Castaño, Ortiz y Bisbal. Como acusadora pública actúa la fiscal Carolina Carballido.
Los imputados Cambra Sarife, Martín Wawrik y Machado tienen una defensa unificada a cargo del abogado Martín Leal. A Merenzon (mercenario con trayectoria en la Zona Norte del GBA) lo defiende un grupo jurídico encabezado por Joe Stefanolo (reconocido abogado de ricos y famosos). En tanto que Samsolo y General tienen defensores oficiales.
Según estimaciones (la clandestinidad y precariedad impiden toda precisión), entre las dos sedes de la llamada Resiliencia San Fernando se alojaba medio centenar de “pacientes”. Todos en espacios reducidos, improvisados e insalubres.
Apenas ocurrido el incendio en la “granja” de Los Chañares, muchos sobrevivientes fueron trasladados a la de Paunero. Según autoridades municipales, recién ese día tomaron conocimiento de la existencia de esos lugares. La clandestinidad les estalló en las manos. Avisaron a la Subsecretaría de Salud Mental, Consumos Problemáticos y Violencia en el Ámbito de la Salud del Ministerio de Salud bonaerense. Recién entonces se activó un dispositivo de contención y acompañamiento de los “pacientes”.
Tres meses antes del trágico siniestro, en diciembre de 2021, el mismo ministerio había reacomodado la normativa para la habilitación de instituciones dedicadas a la atención de la salud mental y el consumo problemático. El objetivo era, con más de una década de atraso, adecuar los protocolos provinciales a lo estipulado en la Ley 26.657 de Salud Mental votada en 2010.
Pero como pasa con todo en este sistema, una cosa son las leyes y otra que el Estado las cumpla. El caso de Resiliencia San Fernando mostró una realidad que muchos quieren esconder. Sin embargo, ni el nivel de la tragedia ni la conmoción que generó en la comunidad produjeron un cambio real en la situación. “A la fecha hay un montón de estos lugares que siguen funcionando y ni siquiera iniciaron el proceso de adecuación a la Ley de Salud Mental dictado en 2021 por el Estado provincial”, dice el doctor Infante a este medio.
La Subsecretaría de Salud Mental, Consumos Problemáticos y Violencia en el Ámbito de la Salud debía evaluar los tratamientos aplicados en esas “granjas” u “hogares”, incluyendo las condiciones de alojamiento, seguridad e higiene. Y la Dirección de Fiscalización y Registro del mismo ministerio debía hacer cumplir las normativas y disponer clausuras o cierres. Ninguna de esas instancias actuó en Resiliencia San Fernando hasta el fatídico 22 de febrero de 2022.
Es obvio que esos espacios, aún los legales y prestigiosos, ante todo son un negocio donde cada “paciente” representa un valor monetario para el empresario. La clandestinidad, en última instancia, expresa la perversa búsqueda de más ganancias a cualquier costo. Y así como sucede con el narcotráfico, la trata de personas y demás crímenes organizados, importantes áreas del Estado son partícipes necesarias para su desarrollo, tanto por acción (policías, jueces, fiscales, etc.) o por omición (dependencias abocadas a la prevención y control).
Al momento del incendio los dueños de Resiliencia San Fernando no tenían antecedentes penales. Es decir que por años pudieron ejercer esa violencia criminal sobre decenas de personas gracias a la “vista gorda” y/o complicidad directa de diversos agentes estatales. Nadie monta un negocio tan arriesgado sin la certeza de que podrá hacerlo sin molestas intervenciones de autoridades competentes.
Y si hay dudas, allí están algunos casos previos al incendio. En noviembre de 2021 Ezequiel Ibarra murió ahogado en la pileta de la sede de Paunero 2880. Tenía 29 años y padecía de epilepsia. El caso forma parte de esta causa y es tratado como “homicidio culposo”. Nueve meses antes, en febrero, Valeria Grisola denunció ante autoridades bonaerenses que en Resiliencia San Fernando su hijo (a quien rescató a tiempo) sufrió reiterada violencia, reducción a la servidumbre y privación de la libertad.
En esos casos ni el Ministerio de Salud (Daniel Gollán-Nicolás Kreplak) ni el de Seguridad (Sergio Berni) ni el de Justicia y Derechos Humanos (Julio Alak) prestaron atención. El camino al incendio de febrero de 2022 estaba allanado.
“El caso de Ibarra nos hace preguntar qué pasó. Si se murió un pibe se supone que la Policía fue al lugar. ¿No preguntaron si estaba habilitado? Y por otro lado, al momento del incendio en esa casa había dos personas que tenían una privación de libertad morigerada, que estaban ahí por autorización de los jueces de sus causas. ¿Tampoco ellos verificaron, antes de permitir que un detenido cumpliera ahí la morigeración de su pena, que el lugar estuviera habilitado?”, pregunta el director de Litigio Estratégico de la CPM.
En el juicio que está por terminar se escuchó el testimonio de muchos usuarios que padecieron el cautiverio. También de familiares de las víctimas fatales, de peritos, de funcionarios municipales y del Ministerio de Salud provincial. Para las querellas, todo lo expuesto sobra para condenar a los seis imputados. Tal vez en todo ello también haya indicios de las responsabilidades estatales.
El doctor Infante concluye con detalle no menor: “Los abogados de los imputados hasta el momento no presentaron ninguna teoría propia del caso, por lo que no conocemos los fundamentos de la defensa. Cuando arrancó el juicio sólo dijeron que sus clientes son ‘inocentes’. Esperaremos a ver qué dicen en los alegatos. Pero con el cúmulo de pruebas que hay no creemos que pueda haber otro resultado que la condena”.
Para la Comisión por la Memoria “la expectativa es que se reconozca la ilicitud de sus conductas, que la Justicia se pronuncie en favor de las víctimas y sus familias. Y que ese pronunciamiento sirva para poner sobre el tapete el riesgo que señalamos cada vez que monitoreamos e inspeccionamos ese tipo de instituciones o dispositivos, que proliferan de a miles. Verdaderas trampas mortales como la Resiliencia San Fernando existen en cantidades alarmantes en la provincia de Buenos Aires y eso no puede seguir pasando”.
Daniel Satur
Nació en La Plata en 1975. Trabajó en diferentes oficios (tornero, librero, técnico de TV por cable, tapicero y vendedor de varias cosas, desde planes de salud a pastelitos calientes). Estudió periodismo en la UNLP. Ejerce el violento oficio como editor y cronista de La Izquierda Diario. Milita hace más de dos décadas en el Partido de Trabajadores Socialistas (PTS).