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Red Internacional
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Convención Constitucional. Ninguna restricción a la participación al pueblo, no más vetos de los partidos de la cocina

El arrasador apruebo fue la expresión en las urnas de los miles que salieron en la rebelión en Chile y de quienes hoy se cuestionan este modelo, pero a un año del acuerdo por la paz y una nueva constitución, firmado por sectores desde la UDI hasta el Frente Amplio, comienzan a hacerse mas patentes la serie de trampas y trabas para las elecciones de Constituyentes independientes, escaños pueblos indígenas, los 2/3, etc. dejando fuera a quienes fueron la voz de la rebelión popular.

Lunes 16 de noviembre de 2020

El pacto por la paz firmado en el congreso 15 de noviembre de 2019, dio oxigenación al gobierno de Sebastián Piñera, el cual estaba en las cuerdas después del paro nacional que se desplegó en las calles el 12 noviembre. Este acuerdo entre oposición y el gobierno, sostuvo en pie al ejecutivo a través nueva “cocina”, prometiendo terminar con la constitución de Pinochet, pero manteniendo una serie de trampas para no cambiar los aspectos fundamentales del modelo.

Si bien desde el momento en que se firma el acuerdo por la paz las trampas quedaban en evidencia, es ahora con la búsqueda de inscripción de independientes cuando se muestran con mas claridad las trabas del proceso de este proceso constituyente amañado.

Las restricciones anti-democráticas no dejan que los independientes se presenten en un partido si este no está en un pacto (otro intento para que los viejos partidos del régimen ganen y apliquen sus engaños, porque los pactos que se están cocinando actualmente son justamente los de los partidos de los treinta años), y las exigencias para inscribir candidaturas independientes plantean una cantidad irrisoria de firmas solo para su postulación, lo cual transforma hace casi imposible obtenerlas, menos en plena pandemia.

Pero no solo esto, sino que el sistema de elecciones funciona inclusive mucho mejor para los grandes partidos políticos que pueden presentarse en pactos, pudiendo obtener por lejos una gran cantidad de votos y, por ende, más acceso a escaños, distinto así a independientes y partidos que deciden no ir en pacto. Esta limitación para independientes termina por dejar fuera a muchos que fueron protagonistas e la rebelión popular.

Otras importantes trampas de la Convención Constitucional permiten reafirmar el por qué debemos luchar por una verdadera Asamblea Constituyente Libre y Soberana, donde sea el pueblo trabajador, la juventud, sectores populares y oprimidos, mujeres, pueblo mapuche, quienes decidan cómo resolver los problemas estructurales que afectan a las grandes mayorías.

1. Elección bajo la ley que favorece a partidos políticos tradicionales

Según señala la ley 21.200, tanto la elección de la convención y la inscripción de candidaturas está reglada según las actuales leyes de votaciones y partidos políticos (18.700 y 18.603). Ambas leyes establecen plazos y recolección de firmas imposibles de cumplir en plena pandemia. Así es como la ley de partidos establece que para Santiago hay que juntar al menos 6.400 firmas y entregarlas 5 meses antes de la elección para el caso de un partido ya constituido. Y para independientes ni siquiera existe el ya restrictivo sistema de la Clave Única y sólo se puede recurrir a un notario para validar una firma de patrocinio.

2. No se pueden modificar tratados internacionales

Uno de los puntos más escandalosos de la ley 21.200 es que prohíbe tocar los tratados internacionales. Y no es casualidad, Chile es el país que posee más tratados de libre comercio en el mundo, mecanismo con el cual miles de multinacionales exprimen jugosas ganancias en el país para llevarla a sus países. Un claro ejemplo de esto son las grandes mineras, que en plena pandemia se mantuvieron produciendo y teniendo ganancias récord a costa de la salud de las y los trabajadores. Todas estas grandes empresas apenas pagan impuestos con un mísero 5% de royalty.

Hay que terminar con el saqueo de nuestros recursos naturales en favor de un puñado de multinacionales, nacionalizando los recursos naturales bajo control de las y los trabajadores para poner las ganancias en función de las necesidades sociales.

3. Restringe la participación a dirigentes sindicales y sociales

Tampoco podrán participar dirigentes sociales, sindicales, vecinales, etc. Incluso, la ley establece que todo dirigente social por el solo hecho de inscribir su candidatura pierde automáticamente su cargo.

Pero los dirigentes de los empresarios pueden hacer política y votar todos los días con los políticos a sueldo que mantienen e incluso les dictan las leyes para favorecerse.

4. El quórum de 2/3 que entrega poder de veto a una minoría

El artículo 133 de la ley 21.200 señala que se requieren 2/3 de quórum para tomar los acuerdos al interior de la Convención. En los hechos esto otorga a una minoría de un tercio, con lo que la derecha y la oposición neoliberal de la ex Concertación pueden fácilmente bloquear cualquier discusión que atente contra sus intereses o los de los empresarios.

Esto entrega en los hechos la capacidad de imponer sus propios intereses a un sector totalmente minoritario, cuando las grandes mayorías han planteado sus demandas en las calles e incluso a través del voto masivo del Apruebo.

Hoy se necesita la más libre y amplia participación sin requisitos de ningún tipo, pero hoy los sectores del Frente Amplio y el Partido comunista, solo se limitan a las “mejorar” de las exigencias del proceso electoral, dejando a la espera de leyes y avances del lobby parlamentario a sectores que desde las asambleas territoriales, populares y/o cabildos buscan entrar al proceso.

Luchemos por que no se imponga ningún límite alguno a la participación democrática y se permita la libre participación de independientes y nuevas organizaciones políticas, luchemos en contra de las trampas del acuerdo por la paz y una nueva constitución, para que mediante la movilización y paro nacional, logremos imponer una verdadera asamblea constituyente libre y soberana.