Se trata de El Estallido de Octubre de 2019, Informe sobre violaciones a los Derechos Humanos de la Comisión de Observadores de DDHH de la Casa Memoria José Domingo Cañas que señala que las violaciones a los Derechos Humanos durante la Rebelión Popular de octubre del 2019 fueron sistemáticas y generalizadas. Además, el informe de más de 500 páginas señala las deficiencias del INDH y que sólo ha registrado la mitad de los casos ocurridos derante octubre de 2019 y marzo de 2020.
Martes 27 de octubre de 2020
Según el Informe sobre violaciones a los Derechos Humanos: El Estallido de Octubre 2019, Chile realizado durante los meses de octubre de 2019 y marzo de 2020 por la comisión de Derechos Humanos de la Casa Memoria José Domingo Cañas, durante la rebelión se ha perpetrado ataques sistemáticos a los derechos humanos:
•Las violaciones a los Derechos Humanos durante el periodo de la revuelta fueron GENERALIZADAS 121contra la población civil porque su volumen es claramente un indicador de que se ha producido un ataque masivo a un gran número de personas y que se han violado un gran número de derechos.
• Las violaciones a los Derechos Humanos durante el periodo de la revuelta fueron SISTEMÁTICAS123 contra la población civil, ya que se constata que estas no fueron aisladas ni aleatorias, sino que corresponden a la implementación de medidas a nivel nacional que requieren recursos humanos y financieros, capacidad de mantenerse en el tiempo, se producen como consecuencia de actuaciones de instituciones altamente jerarquizadas y obedientes (Fuerzas armadas y policía), y se han producido con el aval de las autoridades políticas del Estado124.
• Por lo anterior, se desprende que se han cometido Crímenes de Lesa Humanidad ya que se han realizado ataques generalizados y (o) sistemáticos contra la población civil y que estos ataques responden a una política del Estado y/o de sus agentes, bajo la dirección de un mando responsable, que ejercen sobre el territorio un control tal que les ha permitido realizar operaciones militares y que detenten un poder de hecho tal que favorezca la impunidad de sus actos.
• Por todo lo anterior, se demuestra la importancia y necesidad de tener una institución de Derechos Humanos con capacidad humana de ser contraparte a la violencia institucional en la protección y defensa de los Derechos Humanos.
o El INDH alcanzó a registrar sólo el 50% de los detenidos por carabineros.
o El INDH alcanzó a registrar menos del 40% de las personas heridas en hospitales en el contexto de las manifestaciones sociales
o El INDH alcanzó a traducir en acciones judiciales, alrededor de 40% de las denuncias efectuadas en Fiscalía por violencia estatal. Este porcentaje llega al 100% en algunas regiones.
o El INDH aumentó su staff de personal del área jurídica durante el periodo de revuelta, contrayéndolo posteriormente al número inicial de personas contratadas previo a octubre del 2019, poniendo en peligro el seguimiento de las acciones judiciales realizadas durante aquel periodo. Actualmente, en la sede de la Región Metropolitana, cada abogada/o lleva alrededor de 400 querellas, además de visitar comisarías y otros lugares de privación de libertad, situación que precariza la labor seguimiento y defensa efectiva de DDHH.
o El INDH ha demostrado no tener capacidad de monitorear las violaciones de derechos, teniendo registros mucho menos detallados y más pequeños que los de entidades de gobierno, como el MINSAL y Carabineros;
O El INDH ha reducido su personal jurídico, lo que le obliga a descartar acciones de protección como querellas y amparos. Esto contraviene su mandato legal, es una violación grave de los derechos de las víctimas que confiaron en el INDH y contraviene los principios de París.
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