Desde que comenzó la crisis se han producido miles de desahucios dejando a la gente sin casas. Las plataformas de afectados por las hipotecas han exigido la llamada “dación en pago”, sin lograr imponer su aplicación en los contratos hipotecarios. Sin embargo, las empresas hace tiempo que recurren a un recurso similar, utilizando obras de arte como “medio de pago” para ahorrarse el pago de impuestos.
Clara Mallo Madrid | @ClaraMallo
Jueves 30 de octubre de 2014
La ministra Carmen Calvo en 2005, ante el Retrato de Dora Maar (1939), de Picasso, en el Museo Reina Sofía. Foto: EFE
La dación en pago se ha convertido en la primera de las reivindicaciones de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), la principal asociación y movimiento social por el derecho a la vivienda digna en el Estado español, surgido en febrero de 2009 en Barcelona y presente en toda la geografía española.
Para la PAH, está formula evitaría que quien es desahuciado y pierde su casa deba seguir pagando la deuda generada por la adquisición de una vivienda a la que ya nunca accederá.
Esta dación es reivindicada por la amplia mayoría de afectados por las deudas hipotecarias, ya que los contratos hipotecarios no incluyen tal posibilidad. De generalizarse este recurso, permitiría la cancelación de la deuda hipotecaria pendiente mediante la entrega de la vivienda o inmueble puesto en garantía.
La PAH, a pesar de haber ganado gran apoyo social y protagonismo en las luchas contra las políticas antisociales del ejecutivo español en los últimos años, no ha conseguido aún imponer la dación en pago. El gobierno sostiene que le parece una medida que atentaría contra la economía española y la cual sólo se concede a los deudores más pobres, situados en el denominado “umbral de exclusión”.
Pero lo cierto es que la dación en pago existe desde hace tiempo en la legislación española (fue regulada por el artículo 73 de la Ley de Patrimonio Histórico Español 16/1986), aunque beneficia solo a las grandes fortunas y empresas a las que la ley si les permite saldar sus deudas con Hacienda mediante dación en pago de bienes patrimoniales u obra artística.
El ordenamiento jurídico español permite que el pago de impuestos pueda realizarse mediante cualquier bien susceptible de valoración, que en este caso será artístico o patrimonial dado que es el Ministerio de Cultura el que determina, no sólo la valoración del bien ofrecido en pago, sino también la conveniencia e interés de aceptarlo, mediante una Junta de calificación y valoración.
El valor de los bienes del Patrimonio Histórico Español adquiridos por el Estado español mediante la figura de la dación en pago de deudas tributarias desde 1997 a 2008 asciende a un total de 199 millones de euros, o lo que es lo mismo, el estado ha dejado de percibir en materia de impuestos a empresas esta cantidad.
Esta fórmula ha supuesto un beneficio enorme al que se acogen multinacionales, bancos, cajas de ahorro y constructoras. Bankia, la constructora ACS, la multinacional Inditex o Repsol son solo algunas de las empresas que alguna vez se han acogido a esta medida.
A falta de trasparencia en la publicación de datos oficiales concretos en los últimos años sobre la adquisición estatal de obras artísticas y patrimoniales mediante este procedimiento, sí podemos nombrar algunos de los ejemplos de obras que han servido para salvar importantes deudas de grandes empresas y entidades.
Algunos de los casos más conocidos son el pago que en 2006 hizo el banco BBVA mediante una colección de cuarenta bodegones datados entre los siglos XVII y XIX de la cual no se publicó su valor. En 2005 también Caja Madrid evitó pagar 4,2 millones de euros a Hacienda mediante la donación de una única obra, de retrato de Dora Maar de Picasso.
La constructora ACS, por su parte, también se libró en 2003 de pagar 4,4 millones mediante la “donación” de unas obras firmadas por Dalí y en 2011 el Ministerio de Hacienda aceptó de diferentes empresas trece obras de arte como pago de impuestos.
Otra de las daciones que más repercusión tuvieron fue la aceptación de unos documentos de Niceto Alcalá-Zamora, que la Junta de calificación valoró en 80.000 euros y que aceptó como pago de impuestos de la familia del que fue primer presidente de la Segunda República.
Esta situación explica el gran interés de grandes compañías y entidades de crédito por poseer sus propias colecciones de arte. No se trata de la “responsabilidad social” o del “fomento de las artes”, más bien es un modo de evitar el pago de impuestos, más aún mediante bienes cuyo valor es enormemente fluctuante y cuando es una “Junta de calificación y valoración” la que determina su valor.
La dación en pago, algo que para el gobierno es supuestamente “imposible de aplicar” en la cuestión hipotecaria, sigue siendo recurso habitual de las empresas españolas para pagar sus impuestos.