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Red Internacional
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Actualidad. Organismos de DDHH exigen que se garantice aborto no punible

El Centro de Estudios Legales y Sociales, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género y Amnistía Internacional presentaron acciones legales para que se garantice el acceso al aborto en caso de violación o cuando esté en riesgo la vida o la salud de la mujer, tal cual lo contempla el artículo 86 del Código Penal.

Jueves 11 de diciembre de 2014

Imagen: La Izquierda Diario

El CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) junto con ELA (Equipo Latinoamericano de Justicia y Género) y AI (Amnistía Internacional) presentaron un conjunto de acciones legales ante la Justicia, tanto a nivel nacional contra el Ministerio de Salud de la Nación, como en 6 jurisdicciones provinciales (Salta, Tucumán, Córdoba, Santiago del Estero, Buenos Aires y CABA) para que se garantice el acceso al aborto en caso de violación o cuando esté en riesgo la vida o la salud de la mujer, tal cual lo contempla el artículo 86 del Código Penal.

La ley está

Sancionado en 1921 y puesto en vigencia en abril de 1922 el artículo 86 del Código Penal argentino establece el derecho de acceder a la realización de un aborto legal bajo determinadas circunstancias, cuando el embarazo es producto de una violación, con el fin de evitar un peligro para la vida de la mujer y si el embarazo proviniera de un atentado sobre una mujer idiota o demente.

En marzo de 2006 la Corte Suprema de Justicia ratificó que el aborto no es punible cuando el embarazo es producto de una violación, por lo que la interrupción de la gestación no está supeditada a un trámite judicial.

Se exhortó a implementar protocolos hospitalarios para resolver esos casos, así en 2010 el Ministerio de Salud de la Nación tuvo que difundir una Guía Técnica para la Atención integral de los Abortos No Punibles, en 2012 la Corte Suprema volvió a precisar el alcance del aborto no punible y sentenció que estos casos no deben ser judicializados.

Sin embargo hoy este derecho sigue estando seriamente restringido en los hechos, más de la mitad de las jurisdicciones del país no reconoce el fallo y no dictaron normativas para el acceso en los hospitales.

Se hicieron públicos diversos casos en los que se dilataron los tiempos o directamente se impidió el acceso al aborto legal por intervenciones ilegales de operadores judiciales, abogados y grupos fundamentalistas habilitados por las autoridades hospitalarias que, por falta de políticas públicas sanitarias claras, toman decisiones por sobre la voluntad de las mujeres.

Las acciones

En Córdoba, la organización Católicas por el Derecho a Decidir pidió que se resuelva un planteo de inconstitucionalidad presentado por una entidad ultraconservadora –Portal de Belén– contra el protocolo de aborto no punible dictado por la provincia, por encontrarse la causa sin movimiento desde mayo de 2013.

Además, el CELS, el ELA y AI presentaron otro amicus curiae en la misma causa para recordar a los funcionarios judiciales que intervienen los estándares internacionales de derechos humanos que se encuentran comprometidos.
En Salta, las cuatro organizaciones enviaron una carta a la Legislatura provincial para plantear la importancia de que la provincia adhiera a la Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos no Punibles y deje sin efecto el protocolo firmado por el gobernador Manuel Urtubey, dado que impone restricciones y no respeta el fallo de la Corte Suprema.

En Tucumán, junto con la Casa de las Mujeres Norma Nassif, y la Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH Tucumán), presentaron ante el ministro de Salud provincial un pedido de informes sobre el acceso al aborto no punible.
En Santiago del Estero, la Asociación Civil por el Derecho a la Salud interpuso una acción colectiva contra el Poder Ejecutivo provincial, para exigir que se dicte una guía de procedimiento para los abortos no punibles.

En Ciudad de Buenos Aires Amnistía Internacional presentó un amicus curiae para apoyar las demandas presentadas por la diputada María Rachid, CELS, ELA, Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), que piden la declaración de inconstitucionalidad de diversos requisitos incluidos en el protocolo de atención de los abortos no punibles del Ministerio de Salud porteño, por obstaculizar el acceso de las mujeres al aborto legal en el sistema de salud público.

Informe: Brenda Rodríguez

Fuente: Infojus