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Mundo Obrero. Grave precedente: otro fallo de la Corte Suprema avala el fraude laboral

Le niega la relación laboral a un médico que estuvo 7 años como monotributista. El fallo a favor del Hospital Alemán, se suma a otros fallos del supremo tribunal, como el del Subte.

Ulises Valdez @CLAVe

Viernes 27 de abril de 2018 10:05

Carlos Martín Rica trabajó 7 años para el Hospital Alemán. La empresa de salud lo tuvo todo ese tiempo como monotributista, a pesar de que existía una clara relación de dependencia laboral.

Rica inició una causa por empleo no registrado y despido sin causa, en la que fue favorecido por tribunales de primera y segunda instancia. Sin embargo, cuando el Hospital Alemán apeló ante la Corte, ésta le dio la razón.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz consideraron que, en este caso, el vínculo no tenía "los rasgos de una relación laboral" porque el médico solo recibía una contraprestación por los servicios que prestaba, con facturas no correlativas. ¿Pero no es esa justamente la situación que enfrentan los trabajadores que son precarizados como monotributistas?

Además utilizaron otro argumento: Rica nunca había hecho un reclamo impugnando la relación que lo unía con el hospital durante los siete años que trabajó para la institución. ¿Pero no es justamente ese otro de los problemas que tienen los trabajadores que sufren un fraude laboral, que pueden perder su trabajo ante el mínimo reclamo, que resignan condiciones "para quedarse"?

Y cuestionaron al médico porque antes de su denuncia “no invocó ni probó que haya gozado de licencias o vacaciones pagas”. O sea, porque no pudo ejercer sus derechos, seguramente por la precariedad en la que trabajaba.

Con el fallo la Corte claramente busca sentar un precedente en el ámbito laboral: un monotributista que presta servicios para una empresa no necesariamente tiene un vínculo laboral con ella.

Para tomar esa decisión privilegió las condiciones que impone el reglamento interno del Hospital Alemán, que nunca puede tener un valor superior a las leyes laborales. Así, desconoce el principio de irrenunciabilidad que protege a los trabajadores ante el intento de imponerle condiciones que violan sus derechos fijados en leyes y convenios.

Los “supremos” concluyen con una fuerte definición que devela su pensamiento: "el hecho de que un prestador de servicios deba respetar una serie de directivas emanadas de quien lo contrató, no resultan por sí solas concluyentes para acreditar un vínculo de subordinación, debido a que ciertas exigencias responden al orden propio de toda organización empresarial".

En definitiva, las necesidades de la “organización empresarial” permitirían no solo el fraude laboral sino también otras arbitrariedades contra el trabajador. Mucho más si está precarizado.

El fallo es una señal para las empresas sino también para el gobierno, que con la reforma laboral hoy congelada intenta extender el monotributismo como régimen laboral. Y ya lo ha hecho. Como revela hoy Alejandro Bercovich en su columna de BAE, "entre enero de 2016 y enero de 2018, la cantidad de monotributistas "puros" (los que viven de los servicios que facturan) aumentara un 9,1%. Son 130.893 nuevos "factureros" que se incorporaron en la era Macri, exactamente el doble que los puestos de trabajo perdidos en la industria manufacturera".

Si para un médico que pudo litigar el reclamo fue arduo y el fallo injusto, ¿se imaginan para los cientos de miles de trabajadores “en negro”, monotributistas, con contratos de “locación de servicios” que hay en los campos, las empresas tercerizadas o el Estado?

Hace poco habían rechazado la personería de los trabajadores del subte que eligieron su sindicato. Ahora, los “jueces supremos” que cobran 300.000 pesos por mes vuelven a confirmar el carácter antisindical y antiobrero de los fallos de una justicia de clase.