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Red Internacional
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Pedidos Ya debe reincorporar a un despedido en plena cuarentena

Así lo definió el poder judicial en función de la ley antidespidos que rige hace meses en el país luego de que trabajadores de las apps comiencen a organizarse en defensa de sus derechos junto a otros precarizados.

Miércoles 8 de julio de 2020 10:52

La resolución dice "mientras se extienda la prohibición de extinguir los vínculos laborales establecida mediante D.N.U. 329/2020, extendida por D.N.U. 487/2020 y sus eventuales prórrogas, en el término de 24 horas de notificado, bajo apercibimiento de imponer astreintes a razón de $ 1.500 por día en caso de incumplimiento o demora". Del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo número 16, expediente 11.833/20, en los autos caratulados "Vázquez Petrell Eric c/Repartos Ya S.A. s/medida cautelar".

Desde la Asociación Sindical de Motociclistas, Mensajeros y Servicios (Asimm) que nuclea a repartidores explicaron que este caso puede generar jurisprudencia evitando así despidos arbitrarios y denunciaron que "cuando no se reconoce al personal, se permite a las transnacionales precarizar, explotar y descartar, como en el siglo XIX" una realidad que sufren miles de trabajadores.

Por eso y por todos sus derechos los trabajadores de mensajerías y comidas rápidas comenzaron a organizarse en La Red de trabajadores precarizades e informales y realizaron varias acciones en distintas ciudades del país.