Lo decidió el juez Martínez de Giorgi. Las pruebas en que se basa son endebles y fueron aportadas exclusivamente por las fuerzas policiales que intervinieron en los hechos.
Sábado 28 de octubre de 2017
El juez Martinez de Giorgi decidió procesar a 22 de los imputados en la causa abierta a raíz de la represión del 1 de septiembre, cuando una multitud marchó por la aparición con vida de Santiago Maldonado.
A los procesados se los acusa de intimidación pública y resistencia a la autoridad. La imputación de estos delitos por parte del juez tiene el objetivo de sostener forzadamente esta causa, con pruebas que en muchos casos son endebles y antojadizas.
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El poder represivo y punitivo estatal no sólo respondió con una represión provocada e indiscriminada a manifestantes que exigían aparición con vida de Santiago Maldonado, sino que ahora arman una causa en donde hay muchas pruebas que son de dudosa procedencia. En primer lugar, el sostén del procesamiento está basado en las pruebas de las propias fuerzas de seguridad, quienes reprimieron y sobre las cuales hay fuertes indicios de infiltraciones; el mismo procesamiento menciona como prueba “las actas policiales”.
Los argumentos forzados quedan en evidencia cuando se describen los hechos imputados, según el juez, un grupo de manifestantes derribó el vallado que se encontraba en el sector más cercano a Casa Rosada, mientras lanzaban elementos contundentes, tales como botellas y piedras, y además quemaban contenedores del Gobierno de la Ciudad. Estas personas según el juez también llevaban palos en sus manos y tenían sus rostros tapados con pañuelos y remeras. Pues bien, estos hechos descriptos en forma general no son probados cabalmente a cada uno de los imputados.
El hecho de que la propia Policía de la Ciudad, que reprimió aquel 1° de septiembre, es quien realiza el análisis de las imágenes grabadas y aporta sus propios registros visuales, no es algo que haya sido tenido en cuenta por el juez al momento de dictar la resolución.
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Pero las pruebas endebles son tales que en su valoración el juez se limita a decir que identifican a los procesados cotejando las imágenes de la policía (división ciberpatrullaje) con la que surgen en los medios de comunicación.
Es una causa que, como vemos, se sostiene mayormente por el accionar policial el día de la represión y posterior manipulación de las pruebas. Tal es así que algunos procesamientos se fundamentan en que el juez infiere la participación en los hechos denunciados solamente por la ropa que los manifestantes llevaban puesta el día de la represión.
A otros imputados los procesan aunque sólo los ubican en el lugar de los hechos, sin otras descripciones precisas al respecto. Por ejemplo, un agente policial en su declaración dice que personal de prensa les tiraban cosas, descripción vaga y sin mencionar cómo sabían que eran trabajadores de prensa. Es más, en un caso la descripción del hecho es que se “mantuvo una actitud intimidatoria hacia el personal policial”, no aportando tampoco pruebas concretas para este caso.
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En definitiva, el procesamiento de los imputados se basa en pruebas producidas por las fuerzas de seguridad, sobre las cuales las sospechas por su accionar ilegal crece día a día a medida que salen a la luz los hechos de cómo se produjo aquella brutal represión.
Redacción
Redacción central La Izquierda Diario