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Red Internacional
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Trabajadores de prensa. Se cayó la denuncia de Fontevecchia y fueron absueltos los delegados de Perfil

La fiscalía había acusado a la comisión interna de coartar la libertad de prensa por un paro de 2013. El juez Candela la desestimó.

Viernes 3 de noviembre de 2017

(Foto: Sipreba)

Durante cuatro días estuvieron sentados en el banquillo 5 delegados de la comisión interna de prensa (SiPreBA) de Perfil y un integrante de la Junta Electoral de las elecciones gremiales realizadas en la editorial en 2013: Rubén Schofrin, Marcelo Iglesias, Raúl Mileo, Carlos Alfredo Rodríguez, Héctor Velázquez y José Luis Quartana.

Habían sido imputados por un supuesto delito penal en perjuicio de la empresa de Jorge Fontevecchia: realizar un paro en diciembre de 2013 ante el despidos masivos de trabajadores. Según la patronal, los trabajadores habían atentado contra la libertad de prensa por “haber impedido la salida de las publicaciones de Perfil de la planta de impresión de la empresa”.

En momentos en que el gobierno se prepara para avanzar en un fuerte ajuste contra el pueblo trabajador e imponer una reforma laboral anti-obrera, la patronal de Perfil buscó sentar jurisprudencia contra el derecho a huelga y la organización de los trabajadores de prensa, lo que hubiera significado un avance del conjunto de las patronales de las empresas periodísticas contra sus trabajadores, en momentos de fuerte reconfiguración del mapa de medios y una dinámica que avanza hacia una nueva concentración del mercado infocomunicacional y el disciplinamiento oficialista en el discurso de la prensa. No por casualidad el diario Clarín publicó hoy una nota que se hace eco del reclamo de la cámara patronal, la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA).

Fue absolutamente falsa la acusación contra los trabajadores de Perfil. En realidad, la libertad de información y de prensa viene siendo atacada por parte del gobierno nacional, en forma creciente en distintos hechos represivos sufridos también por cronistas y reporteros gráficos, como ocurrió en las coberturas de protestas como la de los trabajadores de Pepsico o en movilizaciones por Santiago Maldonado, entre otros ejemplos.

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La absolución

Luego de los alegatos del Fiscal, el Juzgado Nacional en lo Correccional Nº 12 a cargo del magistrado Walter Candela, entendió que las medidas realizadas por los trabajadores no configuraban infracción alguna, por lo cual resolvió absolver a los delegados acusados.

Desde el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA) expresaron que "hubiera sido un antecedente muy complicado no solo para Prensa sino para toda la clase trabajadora", ya que el artículo 161 del Código Penal "podría comenzar a ser aplicado para desactivar cualquier medida de acción directa amparada por el derecho constitucional a la huelga que asiste a los trabajadores, siempre en estado de indefensión ante los atropellos patronales."

Por otra parte, "en nombre de la Comisión Gremial Interna en Editorial Perfil", manifestaron "su total agradecimiento a las y los trabajadores, comisiones internas, organizaciones gremiales, políticas y de derechos humanos."