El juez de garantías Marcelo Nieto Di Biase deberá confirmar si acepta el acuerdo para un juicio abreviado por la violación grupal perpetrada en 2012. La víctima confirmó que es su decisión ratificar el acuerdo alcanzado por el fiscal Fernando Rivarola.
Martes 9 de junio de 2020 11:05
El lunes 8, se llevó a cabo la audiencia para presentar el acuerdo de un juicio abreviado por abuso sexual simple, a raíz del caso de la violación grupal perpetrada en 2012 en Puerto Madryn. Después de los debates que provocó la utilización del concepto “desahogo sexual” por parte del fiscal Fernando Rivarola, las partes confirmaron el acuerdo. Los tres acusados que forman parte de la causa reconocieron su responsabilidad.
Amigas y familiares de la denunciante apoyaron la decisión de la joven, que busca con este juicio abreviado, “darle un cierre definitivo a este hecho para poder seguir viviendo", según el comunicado del Ministerio Público Fiscal. La psicóloga que acompaña a la denunciante explicó que fue clave para ella evitar un nueva revictimización en la instancia de un juicio oral y la difusión del caso en medios y redes sociales.
Resta que el juez de garantías Marcelo Nieto Di Biase se expida sobre el acuerdo para condenar a los tres acusados por abuso sexual simple.
El fiscal y el Derecho
La semana pasada, la utilización del concepto “desahogo sexual” entre los argumentos de la acusación de abuso sexual simple y el pedido de un juicio abreviado despertó indignación en Chubut y en redes sociales en todo el país. El término, que no es parte del Código Penal sino de los manuales de Derecho en uso, no se condice con las críticas y debates que existen hoy en la sociedad sobre la sexualidad, la violencia machista, entre otros temas.
En el repudio se mezclaron dos problemas diferentes: los términos del Derecho, que no se limitan ni son autoría del fiscal Rivarola, y el acuerdo alcanzado en el caso en particular.
En este caso, el accionar judicial acompañó la voluntad de la denunciante. Las críticas sobre el uso del concepto “desahogo sexual”, utilizado por el fiscal pero no de su autoría, son parte de los términos que el Derrecho considera válidos. El Ministerio Público Fiscal explicó que la utilización no buscaba “absolver” de responsabilidad a los acusados, de hecho habla de “accionar doloso”.
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Ante una formulación poco clara de parte de los medios de comunicación, lo que quedó en evidencia es la forma en la que el Derecho vincula diferentes de tipos de violencia sexual con el sexo, cuando es una de las formas que adquiere la violencia patriarcal. Los cambios, pocos y lentos, en el Derecho se explican por la movilización de las mujeres y la desnaturalización de violencias inscritas en una sociedad que se apoya en la opresión de las mayorías. Basta recordar que hasta hace algunas décadas, la violación marital era considerada un “derecho” del cónyuge, así como se mantenían silenciadas diferente formas de violencia partriarcal. La controversia con este y otros términos que utiliza el Derecho hablan más de las desigualdades y la reproducción de diferentes violencias en la sociedad.