Con una nueva reglamentación de la ley de acceso a la información pública, cuestionada por su ilegalidad, el Gobierno busca limitar ese derecho. Un decreto que modifica o niega aspectos de la ley, restringiendo una herramienta que utilizan periodistas y todo tipo de organizaciones.
Pablo Herón @PhabloHeron
Martes 3 de septiembre de 2024 00:49
El lunes salió publicado en el Boletín Oficial una nueva reglamentación de la ley Nº 27.275 de Acceso a la Información Pública firmada por el presidente Javier Milei y el jefe de gabinete Guillermo Francos. Se trata de una normativa que establece el derecho a “la posibilidad de buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la información bajo custodia” de los distintos organismos del Estado que reciban fondos públicos.
Un amplio arco de organizaciones y periodistas salieron a criticar la reglamentación, no solo por sus contradicciones en materia legal, sino también por tratarse de una restricción al derecho de acceso a la información pública.
La restricción en el derecho de acceso a la información pública es escandalosa. Muchos lo van a ver con la humorada de dejar de preguntar cuántos perros hay en Olivos, pero lo cierto es que no sólo no se va a notificar cuántos perros hay... hay varias cosas más para ocultar...
— Beatriz Busaniche💚 (@beabusaniche) September 2, 2024
Esta herramienta permite conocer datos sobre la gestión pública sobre determinada materia pueda solicitarlos. La reglamentación que realiza el Poder Ejecutivo se supone que debe especificar o detallar aspectos incluidos en la ley, sin embargo en este caso directamente modifica o niega postulados que se emanan de la normativa buscando limitar su alcance y que el Gobierno pueda no responder ante pedidos de información pública.
Nueva definición de información
La Ley 27.275 define en su artículo 2º que se “se presume pública toda información que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien los sujetos obligados”, refiriéndose a los distintos organismos estatales o con financiamiento público que abarca.
Abro 🧵sobre el decreto 780/24 de @JMilei publicado hoy que restringe el Acceso a la Información Pública establecido por una ley sancionada en 2016 👇👇
1)El Gobierno dictó hoy un decreto que modifica la reglamentación de la Acceso a la Información Pública, que restringe los…
— Mariel Fitz Patrick (@marielfitz) September 2, 2024
La nueva reglamentación establece por la negativa que “No se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas o por la ausencia de un interés público comprometido, ajenos a la gestión de los sujetos obligados”.
Es decir, si la Agencia de Acceso a la Información Pública cataloga algún pedido de información de solicitar datos “naturaleza privada” o de “ausencia de un interés público comprometido”, puede denegar el acceso a la información. Así, modifica la definición de información en la ley y a su vez, la contradice ya que la misma establece en su artículo 4º que no es necesario acreditar un determinado interés para acceder a ese derecho.
A su vez, la definición de “documento” en la ley ahora es más acotada, excluyendo de la misma a “las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, o el examen preliminar de un asunto” que ya no serán considerados de “carácter público”.
El acceso a la información pública permite a cualquier persona pedir datos sobre políticas y manejos del Estado; es reconocido en tratados internacionales de derechos humanos y limitarlo por decreto es ilegal.
— Myriam Bregman (@myriambregman) September 2, 2024
Más excepciones
La normativa original sancionada el año 2016 incluye que los sujetos obligados a dar respuesta podrán exceptuarse de brindar datos cuando se trate de “información que pueda ocasionar un peligro a la vida o seguridad de una persona”.
Bajo esa figura, la nueva reglamentación amplía que dicha excepción se podrá aplicar a toda información que “su conocimiento público, difusión o divulgación pueda, directa o indirectamente, causar daños y perjuicios”. Otra formulación amplia y difusa que permite negar el acceso a la información o responder discrecionalmente. Un ejercicio que ya ocurre al día de hoy, como denunció Myriam Bregman refiriéndose al tema “mucho que ocultar: hace unos meses pedimos información sobre lo que gasta Bullrich en cada represión y se negaron a responder. La casta no quiere que la molesten”.
⚠️ Boletín Oficial: Milei modifica por decreto la Ley de Acceso a la Información Pública al reglamentar aspectos sustantivos de la norma sancionada por el Congreso en 2016. Más restricciones a la libertad de expresión: https://t.co/gXWcuPUR5Q
— Martín Becerra (@aracalacana) September 2, 2024
Controles para quien solicita información
Por si quedaba alguna duda del espíritu del decreto, también busca disuadir a quienes hacen pedidos de información. Refiriéndose a una competencia de la Agencia de Acceso a la Información Pública que establece la elaboración de estadísticas e informes sobre requirentes, la reglamentación especifica que deberá tener en consideración “solicitudes reiterativas que generen un dispendio innecesario de actividad administrativa” o también aquellas “que configuren un abuso en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública por parte de los solicitantes”.
Cuando habla de “abuso de derecho” se refiere al artículo 10 del Código Civil y Comercial que sostiene que “la ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos” el cual es considerado según “la buena fe, la moral y las buenas costumbres”, llegando a establecer que la Justicia puede fijar indemnizaciones para estos casos.
El derecho al acceso a la información pública está reconocido por tratados internacionales de derechos humanos, “limitarlo por decreto es ilegal” señaló Myriam Bregman. Se trata de una herramienta utilizada tanto por periodistas, investigadores, ONGs, cualquier persona que la necesita o requiere, por organismos civiles, organizaciones de derechos humanos, del movimiento de mujeres y de la diversidad sexual para realizar relevos, etc.. Con esta medida el Gobierno busca blindarse y ocultar información oficial referida a la gestión pública, implementación de políticas, derechos y el rol de cada funcionario.
Pablo Herón
Columnista de la sección Género y Sexualidades de La Izquierda Diario.