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Red Internacional
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Precariedad Laboral. Sónar: precariedad, beneficios y sentencias antihuelga a la carta

Ante la inseguridad de sus condiciones de trabajo y de la continuidad en el mismo, los riggers que montan y desmontan las instalaciones del festival Sónar en Barcelona van a la huelga, pero son sustituidos por otros trabajadores, ¿es legal? ¿es común? ¿existe realmente el derecho a huelga?

Martes 23 de julio de 2019

El festival Sónar ha tenido lugar en Barcelona a través de una vulneración flagrante del derecho a huelga, la contratación de empresas de riggers por esquiroleaje mientras éstos estaban en huelga, todo ello avalado por el Juzgado de lo Social 27 de Barcelona y la Fira de Barcelona, directamente dependiente del Ayuntamiento que dirige Ada Colau.

Los llamados riggers, encargados de montar las estructuras aéreas y los escenarios, iniciaron una huelga el jueves de la semana pasada contra la falta de seguridad en el montaje. Sin embargo, el motivo principal del conflicto se encuentra en la nueva licitación. Hace cuatro años que Fira de Barcelona firmó un contrato con la empresa encargada del montaje de las estructuras para los eventos, UTE Rigging, cuyos trabajadores habían logrado una serie de condiciones laborales recogidas en un convenio colectivo de empresa.

Los trabajadores critican que en los pliegos de la nueva licitación no se informa de las condiciones de trabajo ni tampoco se garantizan sus empleos, lo cual los deja en una situación de incertidumbre total dado que la concesión termina ahora.

Frente a la huelga convocada, la Fira de Barcelona decidió contratar a las empresas RiggingBCN, Fluge y Evil Angels para suplir a los trabajadores en huelga, realizando así una absoluta maniobra de esquirolaje, ya que el artículo 6.5 del Real Decreto Ley de Relaciones de Trabajo establece que "en tanto dure la huelga, el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuvieran vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada la misma".

El magistrado Santiago Vidal se ha pronunciado esta semana a favor de la empresa organizadora, sentenciando que ejercer el derecho a huelga “significaría admitir un uso desproporcionado del ejercicio de este derecho fundamental, generador de perjuicios irreparables y muy elevados”. En otras palabras, se podrá hacer huelga cuando no moleste a los capitalistas.

Entonces, ¿esto es legal? No. ¿Es habitual? Sí. Las sentencias judiciales suelen incluir triples saltos mortales en la interpretación de los códigos legales para beneficiar a la empresa en conflictos laborales como este, o son incumplidas impunemente en casos como el del ERE de Coca-Cola. Este es uno de los escenarios más comunes de la justicia capitalista en el caso de huelgas, junto con la imposición de servicios mínimos abusivos que casi niegan de facto el derecho a huelga en sectores controlados por el estado, como es el caso de las huelgas en Renfe o TMB.

Así mismo, la vulneración del derecho a huelga mediante el esquirolaje es una práctica ilegal, pero habitual en la patronal, en muchas ocasiones con el aval del Estado, como se demuestra en el uso de la empresa Tragsa por parte del Ayuntamiento de Madrid para esquirolear la huelga del servicio municipal de limpieza o la declaración del estado de alarma por parte del gobierno de Zapatero contra la huelga de controladores aéreos en 2010, militarizando el servicio y obligando a los trabajadores a finalizar la huelga con penas de cárcel.

En el caso de los riggers, la alcaldesa Ada Colau afirmaba que “se debe respetar el derecho a huelga, pero también se tiene que hacer todo lo posible para que el Sónar se pueda celebrar con normalidad”. Una línea muy similar a la del juez que reconoce el derecho de huelga, pero niega que se pueda ejercer para asegurar que el festival se celebra con normalidad y el lobby empresarial de los grandes eventos de la ciudad pueda seguir multiplicando sus beneficios a costa de la precariedad laboral.

El negocio de los festivales de música es un hervidero de irregularidades laborales, más allá del Sónar, con casos de superexplotación que son denunciados por una plantilla temporal, joven y precaria a pesar del silencio mediático en casos como el del Viñarock o el BBK Live.

También la inseguridad laboral que denuncian los riggers en huelga campa a sus anchas causando víctimas en accidentes laborales mientras la patronal del espectáculo elude responsabilidades y trata de mantener una fachada festiva. En 2017 en el Mad Cool los directivos continuaron con el espectáculo tras la muerte en directo de un acróbata por la falta de seguridad laboral, al igual que continúan en la fábrica, el andamio, el hospital…Para ellos el “show” siempre debe continuar.

Esta situación está marcada por la constante y enorme precariedad en el mercado laboral debido a la gran desproporción de contratos de duración determinada sobre los fijos (el 90% de los contratos que se realizan son temporales). Muchos de ellos, además, son contratos a tiempo parcial, muy abundantes entre las y los jóvenes.

La extensión de la precariedad laboral como método para organizar las relaciones laborales en la legislación española, con la excusa de luchar contra las sucesivas crisis que disparaban las tasas de desempleo de manera prácticamente automática, ha sido una constante del Régimen del 78.


Jorge Remacha

Nació en Zaragoza en 1996. Historiador y docente de Educación Secundaria. Milita en la Corriente Revolucionaria de Trabajadores y Trabajadoras (CRT) del Estado Español.