Con marco en el intenso debate que se ha destado a nivel nacional en torno al matrimonio igualitario y las históricas movilizaciones en donde la Iglesia ha salido a las calles encabezando un discurso de odio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación “avaló” el matrimonio entre personas del mismo sexo en Nuevo León, Hidalgo y Chiapas.

Leah Muñoz @leahdanmunoz
Jueves 29 de septiembre de 2016
Luego de las históricas movilizaciones encabezadas por la Iglesia y los sectores más reaccionarios de la derecha mexicana, en donde inclusive fuimos testigos de la aparición de grupos fascistas, en contra del derecho al matrimonio igualitario, miles de personas nos hemos movilizado en todo el país en respuesta a este certero ataque.
En este marco, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante la sesión de la Primera Sala de la Corte, declararon inconstitucionales distintos artículos (como el 147 y el 291 bis del código civil de Nuevo León), en respuesta a tres amparos que fueron promovidos en Nuevo León, Hidalgo y Chiapas por integrantes de la comunidad LGBTTTI. Éstos denunciaron que, en las tres entidades, la regulación en torno al matrimonio era discriminatoria, pues limitaba el ejercicio de este derecho a parejas heterosexuales.
Así mismo, denunciaron que la reglamentación sobre el concubinato (sociedad establecida entre una pareja sin mediar vínculos matrimoniales) era igualmente restrictiva para parejas homosexuales.
Organizaciones políticas, sociales y de derechos humanos han salido a exigir, de la mano de la separación efectiva de la Iglesia y el Estado, plenos derechos para la comunidad sexodiversa. Al mismo tiempo, hemos denunciado el importante papel que juega la Iglesia en la criminalización de las mujeres que deciden sobre sus cuerpos y hemos dicho, frontalmente, que es el discurso de odio y la alineación de los gobiernos locales y federal con el Vaticano uno de los principales responsables de las miles de muertes por abortos clandestinos, así como de los innumerables crímenes de odio que se viven día con día en nuestro país.
La respuesta de los ministros de la SCJN, a pesar de ser un avance, es parcial. Si bien sienta un precedente jurídico, deja la restitución de los derechos violados en manos de las autoridades locales, es decir, en manos de las mismas autoridades que negaron los derechos. De la misma forma, sugirieron a los demandantes emprender trámites para acceder a la reparación del daño conforme a lo establecido en la Ley General de Víctimas o de iniciar un juicio de responsabilidad patrimonial del Estado para ser indemnizados. Basta mirar los casos en donde familiares y víctimas han invocado estos recursos para darnos cuenta de que se trata de un embuste más.
Esta resolución no implica la eliminación de los códigos civiles de estos artículos discriminatorios ni mucho menos promueve ruta alguna para combatir la homolesbotransfobia que tiene a miles de personas en el país sin acceso a derechos elementales como la salud, la educación o el trabajo.
Entendemos que no será el Estado quien nos “otorgue” ninguna concesión parcial cuando no sea en tiempos de elecciones. El camino por la obtención de nuestros derechos es aún largo y claramente de lucha.