Estos días ingresaron al Congreso Nacional varios proyectos de ley para regular el teletrabajo, tanto en el ámbito público como privado, una nueva modalidad laboral extendida al calor de la pandemia y a la cual se le pretende dar continuidad. Es presentado como la oportunidad de conjugar la vida laboral y familiar pero la realidad que vienen denunciando cientos de trabajadores en todo el país lo desmiente, evidenciando que en el hogar puede estar una forma nueva de precariedad laboral.
Sábado 9 de mayo de 2020
La senadora del Frente de Todos Silvia Larraburu presentó un proyecto de ley para la “PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DEL TRABAJO A DISTANCIA” mostrado como una forma de entrar en la modernidad destaca entre sus fundamentos que esta modalidad permitiría “…compatibilizar la vida personal, familiar y laboral de los trabajadores…” , resaltando que entre los beneficios del teletrabajo se encuentra “… la posibilidad de la inclusión de personas en el mundo laboral. Madres que cuidan a sus hijos y atienden las tareas del hogar”.
En los fundamentos del proyecto la legisladora desconoce los múltiples problemas que las mujeres trabajadoras padecen a diario siendo en su mayoría sostén de hogar, cobrando muy por debajo del valor de la canasta básica y no pudiendo dejar a sus hijos solos o costear a terceros para su cuidado frente a la suspensión de las actividades educativas como la que estamos viviendo. La pretendida compatibilidad laboral y familiar niega la carga de la doble jornada laboral que recae sobre las mujeres trabajadoras, las mujeres trabajadoras pasan las horas recibiendo llamadas de clientes mientras ayudan a sus hijos con las tareas del colegio y realizan las labores domésticas, trabajo invisibilizado y sin ningún tipo de remuneración. Muchas de ellas son obligadas a trabajar desde sus hogares en medio de la pandemia en completa violación de la licencia paga que les corresponde según el DNU.
El proyecto presentado plantea que el teletrabajo implicaría un beneficio para “…las personas excluidas del sistema por diversas circunstancias ...y a toda la población vulnerable en general…”, una formulación con la cual la senadora peronista pretende ocultar la realidad de millones en Argentina, no sólo de quienes atraviesan la pobreza estructural que los diversos gobiernos han sostenido, sino que es justamente la “población vulnerable en general” la que ha engrosado las estadísticas de desempleo a consecuencia de las medidas adoptadas por las empresas desde la llegada del COVID-19 con cientos de despidos, suspensiones y rebajas salariales que encuentran en la precarización laboral su mejor aliado. Es la misma población que no puede afrontar los costos de las tarifas de las telecomunicaciones que sólo en el mes de abril aumentaron un 8.3 % y que se ubica dentro del 40 % de los hogares que no acceden a internet.
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Larraburu pretende seguir el camino de países como Chile que a un mes de haber sancionado una ley regulatoria del teletrabajo demostró que la misma vulnera gravemente los derechos de los trabajadores con cambios en las jornadas de trabajo, rebajas en los salarios, falta de entrega de los elementos necesarios para sus tareas y descuentos por problemas técnicos con internet. Los hogares se han convertido en lugares de tercerización del trabajo.
¿Regular o flexibilizar?
En varios artículos del proyecto se alude a un “acuerdo entre las partes” pese a que el propio Derecho del Trabajo parte de la desigualdad entre la patronal y el trabajador, estableciendo para ello obligaciones claras en cabeza de la primera que garanticen un piso mínimo de derechos.
Con formulaciones ambiguas se pretende que los criterios de “medición, evaluación y control del trabajador”, “las condiciones en que se ejecutarán las labores, las obligaciones, los derechos y las responsabilidades que deben asumir las partes”, “la forma de restablecer las funciones … ante situaciones en las que no pueda realizar sus labores o estas se vean interrumpidas” queden libradas al “acuerdo entre las partes”, dejando a los trabajadores en la “libertad” de aceptar las condiciones que empresas les imponen unilateralmente bajo la amenaza del despido.
Las disposiciones del texto que circula en el congreso nada plantean en relación al acondicionamiento y la infraestructura necesaria para este tipo de trabajos, ausencia que no es inocente siendo que hace años existe una resolución de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo que brinda un cierto marco regulatorio a esta modalidad laboral, poniendo como obligación de la empresa la provisión del mobiliario necesario para el trabajo -un escritorio, una computadora, una silla ergonométrica, un matafuegos, un botiquín de primeros auxilios y un apoya mouse-, así como también la realización de un relevamiento de las condiciones lumínicas y de espacio adecuados para la tarea. Nada de eso aparece en el texto presentado por la senadora, quien a su vez deja abierta la determinación de qué parte se hará cargo de los servicios de energía eléctrica e internet, siendo que la realidad demuestra que forman parte de los gastos que terminan recayendo sobre los propios trabajadores.
El aislamiento social obligatorio no ha sido obstáculo para que las empresas continuasen obteniendo ganancias en base a un improvisado teletrabajo, las rebajas salariales han sido parte de las mayores preocupaciones de miles de trabajadores, pese a ello el proyecto que analizamos no sólo no contempla qué pasará ante las –frecuentes- interrupciones o caídas del sistema sino que realiza una discriminación entre los trabajadores, proponiendo quitar derechos a quienes presten tareas a distancia como horas extraordinarias y trabajo nocturno, y dejando la facultad a las patronales de resolver cómo abonaran la suspensión temporal del trabajo ante fallas en los equipos y/o herramientas de trabajo.
Una ley atada a las necesidades de las patronales
El proyecto de ley para regular el teletrabajo presentado por el Frente de Todos parece responder a la necesidad de las grandes patronales de imponer nuevas modalidades de trabajo que, como viene demostrándose en Chile, representa una forma más de precarización y flexibilización laboral, una vía para atacar derechos, aprovechando para establecer mayores ritmos de trabajo y aumentar la productividad.
Frente a las denuncias de las condiciones en las que están debiendo trabajar quienes hoy se encuentran realizando “home office” resulta fundamental que toda ley vinculada a esta modalidad parta de contemplar los derechos conquistados y garantice las herramientas, mobiliario y costos que este trabajo implica, siendo una obligación de las patronal que no puede ser trasladada a ningún trabajador.
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