×
×
Red Internacional
lid bot

Tribuna Abierta. Fallo judicial ordena que los genocidas deben irse de la cárcel de mujeres

La Cámara Federal de La Plata hizo lugar, ayer, al Hábeas Corpus colectivo presentado por Alejandro Gutiérrez -preso en Villa Devoto-, en el que solicitó se deje sin efecto la resolución del Servicio Penitenciario Federal que trasladó a criminales de lesa humanidad a la cárcel de Mujeres Madres.

Jueves 18 de septiembre de 2014

Recordemos que el pasado 23 de Mayo unas 30 mujeres presas en la U-31 fueron sacadas violentamente, para dejar sus lugares a 100 genocidas detenidos en Macos Paz. Desde ese día hasta la fecha, una incesante movilización popular exigió la vuelta atrás de la medida: marchas al Servicio Penitenciario Federal, petitorio de firmas impulsado por organizaciones populares, batucada de presos e internas, la denuncia incansable de las chicas y de los medios alternativos.

Por su parte, desde el penal de Devoto, Alejandro “Mancu” Gutiérrez indicó que: “me gratifica enormemente este fallo de la Cámara. Esperemos que lo cumplan con la misma rapidez que exigen los jueces, que respeten los derechos vulnerados de las compañeras, tanto de las que están como las que se fueron, y que no se vuelvan a meter con la población más vulnerable del ámbito federal que son las mujeres y madres de la unidad 31. Allí, existen todo tipo reclamos, como la asistencia médica de los chicos absolutamente deficitaria. Destaco la importancia de la participación de todos en esta lucha, los militantes de adentro y de afuera”.

De este modo el Tribunal resolvió que “en el plazo de 20 días se proceda a desalojar a los internos hombres y se reintegre a sus antiguos alojamientos a las internas desplazadas”. Para arribar a dicha resolución los magistrados han tenido en cuenta que la disposición del traslado agravó “las condiciones de detención de las internas”. Asimismo hicieron hincapié en que “los establecimientos de detención deben ser organizados separadamente para hombres y para mujeres”.

Además, los jueces sostienen que “los talleres de la Unidad fueron destinados al alojamiento de los varones instalados en mayo de este año, razón por la cual, se han visto afectadas las actividades que en ellos se desarrollaban, menoscabando así el derecho a trabajar y educarse dentro del lugar de detención de sus antiguas ocupantes”.

A la vez, el Tribunal afirmó que la U-31 “tiene características especiales dado que posee un jardín materno infantil para niños de hasta cuatro años que se alojan con sus madres y una casa de pre egreso. Es decir que está diseñado para albergar a mujeres y también a sus hijos”.

Fuente: http://www.cij.gov.ar