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ABORTO // SALUD MENTAL. Un avance a favor del aborto no punible

Un fallo amplía la posibilidad de realización de abortos no punibles, contemplando ahora los casos de violencia contra las mujeres debido a su rol perjudicial para su salud mental.

Melisa Vittoni

Melisa Vittoni Lic. en Psicología. Agrupación Marrón

Jueves 4 de agosto de 2016

Anteayer se ha hecho conocido un fallo favorable que sobreseyó a una joven denunciada por su ex pareja el año pasado, junto a las dos médicas de un Centro de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, que la asistieron para interrumpir el embarazo que llevaba en curso. Había sido acusada del delito de “aborto ilegal”.

La historia detrás de esta escena está marcada por cuatro años de violencia de género, aunque la joven nunca llegó a denunciar al hombre. Para corroborar los hechos, fue crucial el testimonio de la trabajadora social del mismo centro a la que la madre de la joven recurrió en búsqueda de ayuda, quien declaró que vio a la mujer muy angustiada y que se notaban ciertos indicadores de la violencia que su pareja ejercía contra ella: controles de llamadas o de su espacio de trabajo, situaciones de zamarreo, descalificaciones verbales permanentes y aislamiento en relación a sus amistades o grupo familiar.

El Código Penal indica en el artículo 86 que se considera legal la interrupción cuando el embarazo pone en riesgo la salud o la vida de la mujer (inciso 1º), o cuando el mismo proviene de un abuso sexual o una violación (inciso 2º). Para la fiscalía de instrucción N° 43, no corría riesgo la vida física de la mujer, de modo que no existía justificación legal para la decisión de la joven, lo que se da gracias a la ilegalidad del aborto. Sin embargo, la jueza Bruniard rechazó su postura al remitirse a la definición de la salud de la Organización Mundial de la Salud como un concepto integral que contempla lo físico, mental y social del entorno. Por eso mismo, este fallo constituye un notorio progreso en materia de salud mental al reconocer los padecimientos psicológicos relacionados a la violencia de género y, en este marco, la decisión de las mujeres sobre su propio cuerpo.

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También representa un importante precedente ya que “amplía las causales legales de aborto no punible, al incorporar la violencia contra la mujer como un abuso a su salud mental”, tal como destacó Nina Brugo Marcó, especializada en derechos de las mujeres y abogada defensora de las médicas.

Ejemplos como el de la joven tucumana Belén, condenada a prisión –aún con un fallo a favor de su inocencia- por haber tenido un aborto espontáneo, ponen de manifiesto el rol de los funcionarios y gobernadores con respecto a los derechos de las mujeres. Así como se encarceló a Belén sin pruebas, los gobiernos provinciales y el de la CABA, en manos tanto del Frente Para la Victoria como de Cambiemos, han puesto trabas constantes para el cumplimiento del fallo que habilita la práctica de abortos no punibles.

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Una política en la que son cómplices la justicia y los altos funcionarios de la salud pública, de la mano de la Iglesia y las instituciones de formación de profesionales, que hacen caso omiso de las más de 300 mujeres que mueren por abortos clandestino por año, y los padecimientos psicológicos relacionados a las situaciones de violencia y a su práctica de manera clandestina.

La aplicación efectiva del aborto no punible, la libertad a Belén y la conquista del aborto legal, seguro y gratuito son algunas de las principales batallas para organizarnos de cara al próximo Encuentro Nacional de Mujeres.