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Red Internacional
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Covid-19. YPF la despidió por pedir licencia para cuidar a sus hijos: fallo judicial ordena reinstalación

Aunque sorprenda, un fallo judicial esta vez le tuvo que dar la razón a una mujer trabajadora que reclamaba por su despido. Tomó en cuenta la violencia laboral y de género de parte de la operadora de YPF.

Lunes 5 de abril de 2021 09:50

Graciela tiene dos hijos menores a su cargo, uno de ellos con discapacidad. Durante la pandemia, su pedido de licencia para el cuidado de los mismos terminó en un despido. El argumento de OPESSA (Operadora de Estaciones de Servicio), una firma controlada por YPF, que hubo “abandono de trabajo”.

Pero la trabajadora no se quedó de brazos cruzados y presentó un reclamo ante los tribunales. El fallo de primera instancia le ordenó a la empresa que reincorpore a Graciela.

El fallo difundido hoy por Infogremiales sostiene que, ante el pedido de licencia, la empresa alegó ilegalmente una causal falsa de despido por «abandono de trabajo». Además marcó que hubo violencia laboral y de género.

La jueza Marta Carmen Rey ordenó la reincorporación ya que consideró infundado el despido, ya que la trabajadora es parte del personal dispensado de concurrir al trabajo por el cuidado de sus dos hijos menores. En el fallo ordenó la reinstalación y ordenó el pago de los salarios caídos “desde la fecha del pretendido despido hasta la efectiva reincorporación de la trabajadora”.

El fallo judicial se transforma en noticia por la indignante actitud de la empresa y el resultado. También porque no es la “norma” que el poder judicial falle a favor de una mujer además trabajadora. Este caso no quita su rostro patriarcal y antiobrero.
De hecho, son miles de mujeres las que han perdido su trabajo en pandemia sin derecho a una licencia por tener que asumir tareas de cuidado. Sobre todo quienes trabajan "sin registrar". En este caso, ante las pruebas presentadas, el tribunal tuvo que hacer lugar al reclamo de Graciela.

La sentencia menciona distintas normas dictadas con el objetivo de "proteger las fuentes de trabajo y el ingreso -de naturaleza alimentaria- de las trabajadoras y trabajadores durante la emergencia sanitaria".

De cualquier manera, es un fallo de primera instancia. ¿Insistirá la empresa con la violencia laboral y de género?