La Cámara de Casación bonaerense ratificó la sentencia que en 2022 dictó el TOC 2 de San Nicolás. El cura, protegido por el Obispo Hugo Santiago y defendido por un exjuez de la dictadura, pasa sus días “preso” en la sede eclesiástica. El exportero Ojeda, también condenado a quince años, está preso en lo de un familiar. “Queremos que estén en la cárcel”, dicen las familias denunciantes.
Daniel Satur @saturnetroc
Viernes 25 de agosto de 2023 14:15
Tulio Matiussi en tiempos en las que abusaba de niñas y niños en el Jardín Belén
El 24 de mayo de 2022 el Tribunal Oral Criminal 2 de San Nicolás condenó a quince años de prisión al cura Tulio Matiussi, expárroco del Jardín de Infantes Belén de San Pedro, y al exportero de la institución, Anselmo Ojeda, por haberlos hallado culpables de diversos hechos de "abuso sexual agravado" cometidos en 2017 contra al menos cinco niñas y niños de entre 3 y 5 años de edad. En ese mismo juicio, el TOC 2 nicoleño absolvió a la expreceptora María Rubíes por supuesta falta de pruebas.
Como siempre sucede (en Argentina y en todo el mundo) ante casos de estas características, la posibilidad de llegar a saber la verdad de los hechos y, eventualmente, obtener algo de “justicia” sólo está garantizada por la lucha inclaudicable de las y los sobrevivientes y sus familias, junto a las organizaciones civiles que se dedican a combatir los abusos en la Iglesia católica.
Eso es lo que debieron hacer Carla Vitale, Ana Froman y otras madres y padres que enviaban a sus niñez al Jardín Belén, quienes además de estar luchando hoy por poner tras las rejas a los ejecutores materiales de los abusos, combaten (junto a parte de la comunidad) las constantes maniobras y amenazas de la jerarquía eclesiástica, encabezada en este caso por el Obispado de San Nicolás, cuyo titular Hugo Santiago protege a Matiussi desde el minuto cero de las denuncias.
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Gracias a la relación entre la Iglesia y el Estado, desde que se los condenó a quince años de prisión Matiussi y Ojeda fueron beneficiados con la prisión domiciliaria, hasta tanto quedara firme la sentencia. Eso implicaba que la Cámara de Casación Penal Bonaerense resolviera sobre recursos interpuestos tanto por las defensas de los imputados como por la querella (obviamente, con diferentes razones) tras el fallo del año pasado.
En aquel momento las familias denunciantes pronosticaban que Casación no tardaría mucho tiempo en fallar. Sin embargo, desde la presentación de los recursos de las partes la Cámara se tomó más de un año, durante los cuales Matiussi estuvo a resguardo en su “casa” (la sede del Obispado de San Nicolás) y Ojeda en la de un familiar. Ambos, se supone, con dispositivos electrónicos controlados por el Servicio Penitenciario Bonaerense (garantía de poco y nada).
A Matiussi lo defienden dos abogados muy caros y a Ojeda un defensor oficial. Como lo detalló La Izquierda Diario en otro artículo, uno de los letrados contratados por la Iglesia para defender al cura es nada menos que Juan Carlos Marchetti, exjuez federal acusado judicialmente por “supresión de identidad” de un niño durante la dictadura cívico-militar-eclesiástica. Manuel Gonçalvez Granada, su víctima, fue recuperado en 1997 por Abuelas de Plaza de Mayo.
Finalmente este martes la Sala I del Tribunal de Casación Penal, conformada por los jueces Ricardo Maidana y Daniel Carral, dictó sentencia. Allí respondió a los diferentes planteos de las defensas, que querían directamente la nulidad del proceso y la absolución de sus defendidos por considerar que los hechos juzgados directamente no existieron. Marchetti, además, buscó burdamente desautorizar a querellantes y peritos por sus denuncias públicas en medios de comunicación.
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Para los camaristas, el pedido de nulidad del juicio es rechazado porque las supuestas irregularidades procesales de las que hablan las defensas no son significativas como para invalidar lo que se volcó en el debate oral y público. Para la Cámara, las pruebas fueron suficientes para condenarlos por “abuso sexual agravado”.
La Sala I de Casación también se expidió sobre los pedidos tanto de las defensas para morigerar las penas de Matiussi y Ojeda como de las querellas para aumentarlas. Concretamente las familias denunciantes solicitaron una revisión de las condenas ya que consideran que no deberían ser menores a 33 años de prisión para ambos. Pero los jueces Maidana y Carral desestimaron ambos pedidos, coincidiendo con los quince años que dieron en su momento sus colegas del TOC 2, María Baquedano, Alejandro López y María Ocariz.
Madres y padres denunciantes del cura, del portero y del encubrimiento de la Iglesia, al enterarse del fallo de Casación se mostraron conformes. Pero el alivio por esta confirmación de la condena no va en detrimento de la denuncia de que ambos abusadores siguen cumpliendo sus prisiones en modalidad domiciliaria, sin ninguna razón que lo justifique más que el goce de un privilegio que el Poder Judicial (y el Estado de conjunto) le da a la Iglesia católica.
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“¡Actualmente están en domiciliaria! El portero está con familiares y el cura bajo la protección y cuidado del obispo de San Nicolás, Hugo Norberto Santiago. Pedimos la prisión efectiva en la cárcel, sin beneficios para ambos, al ya tener doble conforme, es decir dos tribunales confirmando la pena”, dijeron las familias de las niñas y niños abusados a través de las redes sociales.
“Gracias por difundir y acompañar siempre para que sigamos cuidando nuestros niños! ¡Los nuestros y los suyos! 🤎 ¡Que hoy ‘ellos’ tengan miedo!”, sentenciaron. Y remataron con un “¡Basta de Abuso Sexual Infantil!”
Daniel Satur
Nació en La Plata en 1975. Trabajó en diferentes oficios (tornero, librero, técnico de TV por cable, tapicero y vendedor de varias cosas, desde planes de salud a pastelitos calientes). Estudió periodismo en la UNLP. Ejerce el violento oficio como editor y cronista de La Izquierda Diario. Milita hace más de dos décadas en el Partido de Trabajadores Socialistas (PTS).