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Red Internacional
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VIOLENCIA MACHISTA Y PATRIARCAL. Bolivia: el reformismo frente a la ola de feminicidios

La pasada gestión se cerró con el registro de 113 casos de feminicidios y en lo que va del año ya se suscitaron 31 casos nuevos, ante esta situación el gobierno ha demostrado que enfrentar al fenómeno del Feminicidio no será una de sus prioridades, asimismo, surge una propuesta del colectivo Mujeres Creando, para intentar contrarrestar esta extrema violencia machista desde el Estado.

Domingo 4 de abril de 2021

Este 31 de marzo en una vivienda de la zona Ticka Loma en el departamento de Potosí, se ha registrado el feminicidio de Jennifer N.C.C. de 24 años de edad, a quien su cónyuge le segó la vida con 12 puñaladas, las cuales exponen una extrema crueldad y el propósito de ocasionar sufrimiento a la víctima demostrando porque el feminicidio es la forma más extrema de violencia contra la mujer.

Con este atroz hecho, según el último informe del Ministerio Público, ya suman 31 casos de Feminicidios registrados apenas el primer trimestre del año, cifra que es por demás alarmante, asimismo, se dio a conocer que los departamentos con mayor cantidad de feminicidios son La Paz con 7 casos, Cochabamba con 7 casos y Santa Cruz con 5 casos. De acuerdo a la investigación de los hechos registrados, la mayoría de las víctimas tienen como causa de muerte la asfixia, los traumas o golpes, el uso de armas blancas y también por impacto de proyectil de arma de fuego, toda ellas son características propias de delitos donde fácilmente se identifican la alevosía, el ensañamiento y el desprecio por la vida.

Es importante mencionar que este incremento alarmante en las cifras de feminicidios se da en un contexto de crisis sanitaria, económica y sociopolítica, agravada para el mal de las victimas por un sistema judicial paralizado y ampliamente cuestionado.

Reforma judicial inerte e inmovilizada

Recordemos que durante el mes de noviembre de la pasada gestión el novel Ministro de Justicia, Ivan Lima, anunció con gran ímpetu el inicio de una reforma judicial de “emergencia”, que paradójicamente apuntaba solo a efectuar modificaciones en los procesos de adopción, elección de máximas autoridades judiciales y reducción de filas en Derechos Reales, no obstante, no estaba en su agenda, la verdadera emergencia nacional que es el incremento de los casos de feminicidios.

Posteriormente, a iniciativa del colectivo feminista Mujeres Creando, se introdujo en esta paupérrima agenda gubernamental para reformar la justicia, la única propuesta seria y desarrollada para intentar combatir los catastróficos resultados de la violencia machista en nuestro país, de esta manera y por insistencia se incluye la modificación de la Ley Nro. 348 en el debate, dejando en claro que para el gobierno esta discusión, no fue, ni será una de sus prioridades, es más, a la fecha dicha reforma judicial se encuentra paralizada por la “preeminencia” de las elecciones subnacionales; los feminicidios pueden esperar.

¿Qué propone Mujeres Creando contra el Feminicidio?

Por la estructura principal y tamaño del presente artículo solamente mencionaremos las proposiciones de este colectivo relacionadas concretamente al Feminicidio, toda vez que resulta imposible analizar a fondo y en detalle la propuesta en su integridad que en realidad abarca una serie de observaciones y críticas a la Ley N° 348, Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una vida Libre de Violencia.

Entre las principales propuestas relacionadas para enfrentar desde lo normativo al Feminicidio se plantea lo siguiente: “…asegurar el acceso a la argumentación de la legítima defensa cuando las mujeres en situación de violencia hubieran reaccionado precautelando su vida y la de sus hijos en contra de su agresor”.

Dicha propuesta plantea una interesante interpretación dogmática penal a favor de la víctima, permitiendo “la modificación de los elementos constitutivos de la legítima defensa con perspectiva de género”, situación que apunta al uso consciente de la legítima defensa como instrumento para salvaguardar la vida de la víctima respaldándose en el ordenamiento jurídico. Por supuesto, dicho planteamiento requerirá conjuntamente a su inclusión en la Ley 348, también ser plasmada en la parte general del Código Penal, por lo tanto, deberá ser sometida al procedimiento burocrático legislativo, con todo lo que ello implica.

Otra propuesta que plantea Mujeres Creando es acortar los plazos procesales para la resolución de recursos de apelación restringida y casación, acompañada de la creación de Salas Penales especializadas en delitos de violencia en contra de las mujeres para que estos recursos (apelaciones) se resuelvan en el menor tiempo posible.

“Tomando en cuenta que un recurso precede al otro, los sentenciados recurren a estas vías para dilatar la ejecutoria de su sentencia, ocasionando muchas veces impunidad, peor si en esos casos el sentenciado ha solicitado la cesación de su detención preventiva”. Evidentemente esta conveniente dilación en la resolución de recursos y las demás chicanas jurídicas que se presentan durante la sustanciación del proceso penal, se convierte en un elemento de alto riesgo para la búsqueda de justicia, tomando en cuenta que la detención preventiva, caduca cuando se ha vencido el plazo dispuesto respecto al cumplimiento de la misma, siempre y cuando el fiscal no haya solicitado la ampliación del plazo de la detención, situación que es muy común debido a que estos procesos se desarrollan en un flemático e ineficiente sistema judicial.

Como lo habíamos mencionado anteriormente, esta serie de propuestas materializadas en un documento de 22 páginas que apuntan a modificar la Ley 348 dentro del proceso de reforma judicial por parte del ejecutivo, abarcan muchos aspectos en relación a la violencia contra la mujer, siendo estas propuestas normativas, no limitan ni invisibilizan la lucha ardua y constante que el colectivo feminista Mujeres Creando realiza en la “práctica directa, real y concreta de búsqueda de justicia” tal como asevera María Galindo. No obstante, en este caso estas propuestas no trascienden la esfera punitivista ya que solamente apuntan a endurecer y “mejorar” al Estado, que es el principal responsable del fenómeno del Feminicidio, algo similar como pedirle al asesino que establezca sus propias reglas para su juzgamiento y decida también cual será su condena, en otras palabras, han pecado de “inocentes”.

Con esto, no queremos aseverar que una eventual reforma al código penal será necesariamente mala, pero si es insulsa cuando lo que se quiere es evitar más muertes y para evidenciar esto hay muchos antecedentes, puesto que el punitivismo frente al garantismo como forma de contrarrestar el incremento de las cifras de Feminicidio no ha funcionado en nuestro país, como lo ha demostrado la creación del nuevo tipo penal de Feminicidio mediante la Ley Nro. 348 el año 2013, para juzgar el asesinato a mujeres por razones de género y de esta manera reducir las cifras, sin embargo el 2014, un año después de la promulgación de esta ley, se reportaron 117 casos y 7 años más tarde, se cerró la gestión 2020 con 113 casos registrados; exponiendo de esta forma que el punitivismo está lejos de reducir las alarmantes cifras, desvelando su verdadera intención demagógica.

En este marco, toda propuesta que solamente apunte a reformar jurídicamente el Estado, el órgano Judicial u otras entidades represivas como la Policía y el ministerio Público, están condenadas al fracaso, puesto que dichas instituciones históricamente han garantizado la opresión de la mujer y han actuado en defensa de la propiedad privada por encima de la vida.

Por este motivo es imposible reformar el Estado en favor de las mayorías, razón por la cual, para cambiar el régimen político y social actual será necesario enfrentar de manera organizada al sistema capitalista-patriarcal, para lo cual, necesariamente debemos dejar de confiar en el Estado y en sus instituciones, para empezar a enfrentarlo, pero políticamente y desde las calles.