×
×
Red Internacional
lid bot

Aborto legal. Claves sobre la despenalización del aborto en Sinaloa

Sinaloa se convierte en la octava entidad en la que el aborto está despenalizado, sin embargo, ONGs señalan algunas lagunas en el proceso legislativo.

Joss Espinosa

Joss Espinosa @Joss_font

Miércoles 16 de marzo de 2022

1. En pleno 8M, día internacional de las mujeres, y en medio de una jornada masiva de movilización, el congreso local del estado de Sinaloa aprobó la iniciativa en la que se despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 13. Esto vuelve a Sinaloa, la octava entidad en despenalizarlo, sumándose a la CDMX, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Coahuila, Colima y Baja California. La iniciativa fue aprobada con 28 votos a favor, dos en contra y nueve abstenciones.

2. La iniciativa contempla la modificación o derogación de algunos artículos del código penal de Sinaloa, en el que se estipulan, lo más importantes son aquellos del capítulo VI en torno a la Interrupción del Embarazo. Al igual que en otras iniciativas, lo que sucede no es que se quita el aborto como delito, sino que se estipula que el mismo inicia, en este caso, en la semana 13 de gestación.

Quedando de la siguiente manera “Art. 154. Comete el delito de interrupción del embarazo la mujer o persona gestante que finalice de forma anticipada el proceso de gestación después de la décima tercera semana.”

Por otro lado, para quienes interrumpan su embarazo luego de la semana 13, se le impondrán amonestación privada de uno a tres meses de medidas integrales, y que dichas medidas integrales se impondrán según peritos especializados. Lo cual, a sabiendas del actuar de la justicia burguesa, puede implicar mayor dureza para las mujeres más pobres.

Por otro lado, para quien asista un aborto consentido las penas van de 20 a 50 días de trabajo comunitario, y el delito de interrupción forzada del embarazo, se pena con de dos a ocho años de prisión, delito que se agrava dependiendo si quien lo realiza es profesional de la medicina, o si hay violencia de por medio.

Por otro lado, hay causas que eximen de la responsabilidad penal estipulada en dichos artículos, las cuales son: si la vida o salud de la madre corren riesgo, cuando el embarazo es consecuencia de una violación, cuando es involuntario, cuando a juicio de dos médicos especialistas el producto tiene daños congénitos incompatibles con la vida, y cuando a juicio de dos médicos especialistas haya un trastorno ginecológico haya impedido a la mujer o persona gestante saber del embarazo. En todos estos casos se estipula que el personal de salud debe informar a la mujer o persona gestante sobre las alternativas para que esta decida libremente.

3. En torno a la redacción del artículo, la ONG Ipas Centroamérica y México, así como el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), señalan que contienen problemas de técnica júridica, pues en el artículo no se lee “aborto” sino “interrupción del embarazo”, lo cual pone en limitaciones el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir sobre sy reproducción y la maternidad. Esto es así porque implica problemas para la interpretación de la ley en la práctica médica, dado que la “interrupción del embarazo” también es considerada como aquellas cesáreas realizadas con un embarazo deseado que requiere intervención quirúrgica.

Es decir, pone en cuestión la posibilidad de que una mujer o persona gestante sea sometiva a una intervención médica necesaria para garantizar su salud o la del producto, después de la semana 13.

Por otro lado, señalan la ambigüedad sobre las causas que eximen esta nueva legislación, dado que con la reforma algún médico, médica o familiar podrían decidir sobre la persona gestante obligándola a interrumpir su embarazo.

4. Esta iniciativa es muy clara en dejar constatado que, este derecho se aplica tanto a mujeres como personas gestantes. Esto es muy importante para el reconocimiento del aborto para los hombres trans o personas no binarias, que, aunque no son mujeres, tienen la capacidad de gestar.

5. A diferencia de otras iniciativas que solo hacen modificaciones a los artículos que penalizan el aborto antes de cierta temporalidad, la aprobada en el congreso de Sinaloa, también hace modificaciones a la ley de salud de dicha entidad para que se reconozca este como un derecho.

Marca que, La atención a la salud sexual, reproductiva y de planificación familiar incluye la interrupción del embarazo, la cual será accesible, gratuita, confidencial y segura. Incluso marca que dicho servicio de salud debe ser gratuito para toda mujer y persona gestante que así lo solicite, siendo o no derechohabiente.

6. En torno a la objeción de conciencia se mantiene en el marco que recién estipuló la SCJN, reconociendo la misma, pero dejando claro que es importante que de haber un personal objetor, este debe referirá a la mujer o persona gestante con personal no objetor.

Esto encuentra un límite claro en aquellos lugares donde hay una clínica o medico en kilómetros a la redonda, lo cual deja ver no solo, que la objeción de conciencia puede ser una traba para el derecho a decidir, sino también las deficiencias del sistema de salud, en donde no se garantiza que este de una cobertura a todes quienes lo necesitan, además de tener detrás la precarización laboral del sector.

7. El sector reaccionario no se ha hecho esperar, los antiderechos salieron a dar declaraciones contra lo aprobado en el congreso de Sinaloa y la Diócesis mexicana declaró que excomulgaría a los congresistas que votaron a favor de la iniciativa, como un claro intento de intervenir en la vida política. Ante esto reiteramos ¡Separación efectiva de la iglesia y el Estado!

***

Desde Pan y Rosas consideramos que las despenalizaciones son avances fundamentales en nuestro derecho a decidir y que las mismas son producto de la lucha histórica de las mujeres y personas gestantes por nuestros derechos, sin embargo, no podemos esperar a que las mismas se den a cuenta gotas, de manera limitada o con errores que se pueden contraponer a nuestros derechos.

De ahí que creemos que la enorme fuerza que vimos del movimiento de mujeres el pasado 8M, puede volverse un empuje para impulsar una Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal en todo el país, para que nuestro derecho esté garantizado de forma plena, acompañado de educación sexual integral.

Si te interesa sumarte individualmente a esta iniciativa da click aquí.

Si tu colectiva u organización está interesada en esta campaña, da click acá.