La Corte Suprema: una de cal y una de arena. Luego de la resolución sobre el gas, falló autorizando el tarifazo a la luz.

Fernando Rosso @RossoFer
Martes 6 de septiembre de 2016 15:39
Luego del golpe que recibió el Gobierno con el freno parcial del tarifazo al gas, la máxima conducción del “Partido Judicial” decidió tomar una resolución a favor del macrismo.
Los Supremos emitieron un fallo mediante el cual habilitan el tarifazo eléctrico en la provincia de Buenos Aires.
La Sala 11 de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata había hecho lugar a una medida cautelar solicitada por un grupo de diputados y referentes del Partido Justicialista bonaerense; por quien de hecho ejerce el cargo de Defensor del Pueblo de la provincia y por un club social y deportivo de Quilmes (“12 de Octubre”). El tarifazo dispuesto a fines de enero y que debía regir desde febrero estaba suspendido.
La Corte Suprema se erige en un Bonaparte que reparte y se quiere quedar con la mejor parte.
Como sucedió con el fallo sobre las tarifas del gas, el máximo Tribunal que conduce Ricardo Lorenzetti tomó, en primer lugar, una determinación política y luego fue en busca de los argumentos jurídicos.
Primero debió encontrar un fundamento para involucrarse en la causa, ya que no es recurrente que la Corte intervenga en casos que están en instancias de medidas cautelares por no tratarse de sentencias definitivas. Sin embargo, “cabe hacer excepción a dicho principio cuando tales medidas exceden el interés individual de las partes y afectan de manera directa el de la comunidad”, explica el fallo de nuestra “comunitaria” Corte Suprema de Justicia.
En segundo lugar, la resolución desautoriza a los demandantes: a los diputados del justicialismo porque no pueden presentarse como una “asociación” civil, al Secretario General de la Defensoría del Pueblo de la Provincia porque es “interino” y al club social y deportivo porque no está garantizado que pueda ser representativo de un colectivo más amplio.
En este último caso, ordena al juez de primera instancia que “verifique si el Club Social y Deportivo ‘12 de Octubre’ representa alguna categoría determinada de clubes” (sic). Imaginamos al juez visitando las instalaciones, chequeando la cancha, las camisetas y los pantaloncitos y comparando si son más o menos parecidos a los del “Cedi los 15” de Berazategui o a los de “Deportivo Bernal”.
Sobre el carácter interino de quien ocupa la Defensoría del Pueblo de la provincia, luego de una extensa disquisición, el fallo llega a la conclusión de que tienen que nombrar a uno “de adeveras”.
Es curioso, en la sentencia que frenó parcialmente el tarifazo al gas, la Corte ordenó que se nombre al Defensor del Pueblo de la Nación (un cargo que está vacante) pero, en el caso de provincia de Buenos Aires, tienen uno y no les gusta.
Para impugnar a los diputados y referentes del PJ, el argumento no es menos llamativo. La Corte explica que “los partidos políticos existen por y para el régimen representativo, y en ese alto propósito no deben distraer sus fuerzas ni recursos en la continua misión que les asiste para profundizar los derechos políticos de los ciudadanos y la calidad institucional dentro de una sociedad democrática”. Con el fallo al gas, la Corte ofrecía su “razonabilidad” al programa económico. En esta sentencia eléctrica dictamina el límite entre la sociedad civil y la sociedad política y ordena a los partidos en general a no distraerse de la rosca política por nimiedades como un tarifazo en la luz.
El problema que tienen los referentes del PJ es que su partido y los sindicatos que le son afines están avalando de hecho los tarifazos. Pero que una casta reducida de magistrados privilegiados se adjudique la facultad de otorgar legitimidad o no al reclamo de un grupo de legisladores, es un caso de “leso bonapartismo” judicial.
Están completamente ausentes los argumentos que dio la Corte para frenar el tarifazo al gas, como el incumplimiento de los artículos 42 y 43 de la Constitución que imponen el llamado a audiencias públicas o los criterios de razonabilidad y gradualismo invocados en la sentencia anterior que deberían ser válidos para aumentos en la luz que llegarán al 500% o 700%. Claro, deberían ser válidos si no fuera que todo fallo es político.
Como la resolución anterior, esta nueva sentencia jurídica de los supremos no resuelve un problema de estricta naturaleza política: si la orden que inhabilitó parcialmente el aumento del gas le genera al Gobierno un problema en sus objetivos fiscales, la autorización del tarifazo eléctrico tensará la cuestión social (y hay que ver cuánto afecta a la inflación). Además, las facturas comenzarán a llegar con aumentos en territorio bonaerense, justamente donde más está cayendo la imagen de Mauricio Macri.
La resolución sólo muestra el lugar de árbitro bonapartista en que quedaron Lorenzetti y su Corte, en esas situaciones de “empate” en las que -como explicó Marx-, hasta un pequeño personaje puede ser elevado a grande por la astucia de la historia.
Por último, para demostrar su poder impune, unas horas antes, la Corte resolvió por unanimidad que no tiene porqué mostrar las declaraciones juradas de sus integrantes a nadie. O mejor dicho, estarán a disposición en su página web para quien lo reclame, pero el “solicitante deberá identificarse y quedará sometido las disposiciones y sanciones previstas en las leyes 25.188 y 25.326”.
Cinco privilegiados enriquecidos, después de dictaminar al saqueo al bolsillo de millones de personas, dejan constancia “legal” de una amenaza a cualquiera que solicite conocer sus patrimonios.
La transparente impunidad del Partido Judicial: un tarifazo eléctrico con pleno conocimiento público y sus declaraciones juradas patrimoniales en el máximo de los secretos.

Fernando Rosso
Periodista. Editor y columnista político en La Izquierda Diario. Colabora en revistas y publicaciones nacionales con artículos sobre la realidad política y social. Conduce el programa radial “El Círculo Rojo” que se emite todos los jueves de 22 a 24 hs. por Radio Con Vos 89.9.