Se trata de Jaime Tomás Cabrera Almendra, empresario agrícola de la zona de Puerto Natales que ahora queda en prisión preventiva a la espera que se dicte la pena luego de ser encontrado culpable de los delitos de trata de personas con fines de trabajos forzados, contra ocho migrantes haitianos. La lectura de sentencia se realizará el 20 de abril.
Jueves 13 de abril de 2023
El empresario agrícola Jaime Tomás Cabrera Almendra fue declarado culpable de trata de personas con fines de trabajos forzados en un juicio que se llevó a cabo en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas. El acusado había reclutado a las víctimas, de origen haitiano, que llegaron a Chile con visa de turista buscando empleo. Los migrantes conocieron a Jameson Sant Fort, un comerciante haitiano que habría hecho labores de captación y engaño para Cabrera Almendra.
Según la acusación, el acusado le pagó los pasajes a los hatianos a Punta Arenas y luego retuvo sus pasaportes y los trasladó a un predio de Villa Renoval para que trabajaran en la recolección de musgo. Los ahora obreros agrícolas vivieron en condiciones infrahumanas en algo menos que una choza construida de plástico sin electricidad, calefacción, alcantarillado y sin conectividad telefónica ni internet. Se les obligaba a trabajar largas jornadas de 13 horas, entre las 7 y las 20 horas, de lunes a domingo, y por supuesto sin abrigo necesario para hacer frente al frío magallánico.
La acusación indicaba que a los haitianos se les pagaba 500 pesos por cada saco rellenado de musgo, mientras que los trabajadores chilenos recibían hasta 1.000 pesos por el mismo trabajo. Además, el acusado habría descontado un porcentaje de la remuneración alcanzada con el relleno de sacos por alimentación, zapatos de trabajo y el propio traslado de los haitianos desde Santiago a Puerto Natales. Se les tenia amenazadas para producir y en caso contrario no se les haría contrato y serían expulsados del país.
La fiscal Wendoline Acuña señaló: “El delito en si es complejo porque tiene muchos elementos que demostrar, a lo que se refiere a la captación, el traslado, recepción, acogida y también hay que demostrar lo relativo a los medios comisivos, la finalidad del delito. Todo ello resultó con la prueba que nosotros rendimos que era suficiente, testigos, peritajes, fotografías, videos, la verdad es que nosotros utilizamos todos los medios de prueba que tiene nuestro código para demostrar que en este caso existía el delito”.
El acusado fue condenado por los jueces del tribunal, aunque se omitió la calidad de que este era un delito reiterado de parte de Cabrera, lo que le va a permitir acomodarse a sanciones menores al momento de establecerse la pena, debido a la oportuna "eliminación de este detalle fundamental". La sentencia aún no está firmada y ejecutoriada, y falta analizar elementos que tiene que analizar el Tribunal. El Ministerio Público solicita que se dicte una pena de 10 años de cárcel. La lectura de sentencia se realizará el 20 de abril.
info desde El Ciudadano y El Pingüino