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Red Internacional
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LGTTBI. Facultad de INAP de la U. de Chile aprueba el “Decreto Mara Rita”

Cabe señalar que esta es una medida sin precedentes en un Chile donde la discusión que ha instalado el movimiento LGBTTI sobre una Ley de Identidad de Género está latente y cuyo proyecto sigue estancado en el parlamento.

Jueves 18 de mayo de 2017

El pasado 17 de mayo se conmemoraron 27 años de la despatologización de la homosexualidad por parte de la OMS. Este mismo día la Escuela de Gobierno y Gestión Pública (EGGP) de la Universidad de Chile, organismo que administra la carrera de Administración Pública de la misma institución, aprobó el “decreto Mara Rita” que busca mejorar la calidad de vida de las personas trans dentro de la facultad. Esta medida fue promovida por la agrupación “Diversinap” que trabaja en el mismo espacio universitario. A través de su cuenta en facebook señalaron: Hoy estamos orgullosxs de presentar nuestro mayor proyecto del 2017: el #DecretoMaraRita que permite el uso del nombre social en las dependencias de nuestra Escuela de Gobierno U. de Chile. Esto fue aprobado pero aún se le harán algunas modificaciones.

Este decreto hace homenaje a la activista trans Mara Rita, ex estudiante de la carrera de Literatura de la facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad de Chile que falleció a los 25 años por un aneurisma cerebral.

Desde el próximo mes gracias a esta modificación al reglamento de la facultad todo miembro de la facultad, ya sea estudiante o trabajador, tendrá el derecho a ser reconocido por su nombre social y no por su nombre legal. Esto implica que el nombre elegido por la persona debe ser respetado en toda instancia que esté ligada a la institución y su carrera, como también que pueda hacer uso de las dependencias de la facultad -como camarines y baños- acorde al género con el cual se identifique. Cabe señalar que esta medida, impulsada por estudiantes, no tiene precedente en ninguna Universidad del país, marcando un hito histórico en lo que respecta al movimiento LGBTTi.

Es tarea de los estudiantes organizados en sus organismos y asambleas de carrera, tanto en la misma universidad de Chile como en las del resto del país, buscar replicar este tipo de iniciativas y exigiendolas, haciendo efectiva una de las demandas más sentidas de la comunidad trans como es el respeto a su identidad.

¿Que establece el decreto?

ARTÍCULO 1º.- Establecer que todas las dependencias académicas y administrativas del INAP deberán, en toda circunstancia y siempre que ello corresponda, respetar la identidad de género adoptada o autopercibida de cualquier persona que estudie o trabaje en esta Unidad Académica.

ARTÍCULO 2º.- Arbitrar los mecanismos necesarios para que desde la Secretaría de Estudios, Coordinación de asuntos estudiantiles, unidad de alianzas externas, secretaría Docente y administración general, en el marco de la legislación vigente y respetando la normativa intra-universitaria de rango superior a la presente Resolución, hagan constar, siempre que ello resulte posible, en los padrones electorales, trámites internos, citaciones, memorandos, registros, listados, notas, actas, pre-actas, constancias de asistencia, partes, entre otros, el nombre autopercibido o identitario del estudiante, trabajador docente o no docente que así lo requiera en forma expresa ante cualquiera de las Secretarías arriba nombradas, manifestando ello por escrito y haciendo constar en el mismo que ése es el nombre que considera representativo de su identidad, solicitando en el mismo acto que en los trámites arriba aludidos, los docentes y autoridades académicas y administrativas de la Facultad, consignen su nombre identitario y número de Legajo.

ARTÍCULO 3º.- Instar a los docentes y autoridades académicas y administrativas de esta Casa de Estudios al cumplimiento estricto de lo establecido en el Artículo 2º de la presente Resolución y, al uso de baños y camarines que la persona sienta necesario.

ARTÍCULO 4º.- Solicitar al Consejo y Senado Universitario que adopte medidas similares en pos de garantizar los derechos de identidad de género, que correspondan a su competencia en los trámites pertinentes.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese al Consejo Universitario de la Universidad de Chile, comuníquese a todas las dependencias académicas y administrativas del Instituto de Asuntos Públicos y de la Escuela de Gobierno y Gestión Pública, publíquese el contenido de la presente en cartelera y en el campus virtual, y cumplido, elévese a la Universidad de Chile.

afiche por Benjamin Vidal


Ignacio Ocampo

Militante de la agrupación "Pan Y Rosas"