En el día de ayer se realizo la audiencia imputativa en los Tribunales Provinciales, dónde el Juez Nuñez Cartele dictaminó la prisión preventiva por un plazo máximo de 2 años o hasta tanto se eleve a juicio oral y público la causa, aceptando la carátula de homicidio agravado por la condición de género.

Laura Bogado Trabajadora Hospital Posadas. Integrante del CDP de la Cicop por la Lista 5
Viernes 8 de enero de 2016
El pasado miércoles 7 de enero se llevo a cabo la audiencia imputativa por el caso de Graciela Principe, trabajadora estatal,quien fue asesinada en manos de su ex pareja el 4 de enero en la zona de la Terminal de Omnibus de la cuidad.
En la audiencia, la fiscal Marisol Fabbro, acusó a Ricardo R. (ex pareja de Graciela, de quien se había separado tiempo antes) de haber sido el autor del homicidio de forma intencional. El acusado habría acordado un encuentro con Graciela ese mismo día. Alrededor de las 19 hs., luego de una discusión entre ambos, le propició 12 puñaladas con un arma blanca en el cuello y el tórax, causándole graves heridas en el corazón, las cuales le habrían provocado la muerte según el informe forense preliminar.
A Ricardo R. se lo detiene a raíz de las declaraciones de su propio hijo quien, al enterarse mediante mensaje de texto por el propio acusado del hecho, se presento ante las autoridades para prestar declaración. Es allí dónde mostró los mensajes de texto recibidos desde el teléfono registrado como perteneciente al imputado, dónde decía: “La maté” y “Era lo último que me quedaba, ya ni ustedes me quedaban”.
El acusado no sólo se negó a declarar ante el Juez, sino que planteó ante los presentes que no respondería preguntas porque no fue él el asesino. Debido a esto el juez Nuñez Cartele, a la hora de dar su dictamen, dejó en claro que el hecho de que Ricardo R. no diera muestra alguna de arrepentimiento hacía más alevoso el hecho cometido.
Por la gravedad del hecho y las evidencias expuestas por la fiscal Fabbro, incluyendo el allanamiento de la casa del imputado, los testimonios de su hijo, de la hija de Graciela y de los taxistas que ese mismo día lo llevaron a distintos puntos de la cuidad y su intento de fuga (luego del hecho Ricardo R. fue a casa de su hermana para pedirle plata para irse), el juez decidió dictar la prisión preventiva con el plazo máximo estipulado en 2 años ante el peligro de fuga u obstaculización del proceso judicial.
Además luego de declarar que "para ciertos hombres imponer su palabra justifica los métodos más violentos llegando incluso en algunos casos hasta producir la muerte", dictaminó que se trataba de un caso de homicidio agravado por la condición de mujer de la víctima, delito que se juzga con la pena máxima de prisión perpetua. La acusación se encuadra dentro de esta figura al no estar tipificado como tal el delito de "femicidio" en el Código Penal Argentino.