El jueves 2 de Febrero de 2017, la Cámara de Apelaciones y Control en lo Penal de Jujuy resolvió confirmar el sobreseimiento de los trabajadores de Aceros Zapla por la huelga de 2014.
Viernes 10 de febrero de 2017 11:46
El 2 de Febrero de 2017 la Cámara de Apelaciones y Control en lo Penal de Jujuy resolvió: declarar desierto el recurso interpuesto por el Fiscal Osinaga Gallacher, rechazar el recurso de apelación interpuesto por Guillermo Toro (querellante de la empresa Acero Zapla S.A.) y confirmar el sobreseimiento de Julio Mamaní haciéndose extensivo a los otros dos imputados en la causa –Víctor Aguirre y Walter Calapeña- en la causa donde se los acusaba por “Compulsión a la Huelga o Boicot”, en la sentencia que había sido dictada por el Juez de Control Isidoro Cruz.
Resulta importante destacar la insistencia y parcialidad manifestada en todo momento por el Fiscal, quien reconociendo la existencia de un conflicto gremial y el ejercicio del derecho a huelga, intentó restringirlo sosteniendo que constituía un delito penal. Quien incluso a pesar de no contar con prueba alguna y teniendo un fallo desfavorable, continúo con la exigencia de llevar a juicio a los trabajadores.
A pesar de ello, fue el propio fiscal de Cámara, Miguel Ángel Lemir, el que no pudo sostener la acción intentada, destacando que no había existencia de delito ni prueba para elevar la causa a juicio oral.
De esta manera los jueces de Cámara no tuvieron más opción que reconocer la existencia del derecho a huelga como parte de una garantía constitucional básica, y la defensa realizada por el Centro de Profesionales por los Derechos Humanos al trabajador Julio Mamaní, dejó un precedente que cobra mayor importancia en la actualidad donde se encuentran en discusión las suspensiones, despidos y paritarias de toda la clase obrera.