Lorenzetti, Rosatti y Maqueda señalaron que “no hay inconstitucionalidad derivada del procedimiento de la ley”, rechazando así los planteos de Barrick Gold, Minera Argentina Gold y de la provincia de San Juan.

Roberto Andrés Periodista @RoberAndres1982
Martes 4 de junio de 2019 15:15
Fotografía: Delfo Rodríguez.
Golpe contra la Barrick Gold y la megaminería. Los jueces de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda rechazaron los planteos de Barrick Gold, Mineras Argentina Gold y del gobierno de la provincia de San Juan, quienes tenían en suspensión la aplicación de la ley 26.639 de protección de glaciares aludiendo a una supuesta inconstitucionalidad, y reconoció la legitimidad de la medida.
“Barrick Gold y Minera Argentina Gold no habían demostrado que el sistema de preservación de los glaciares establecido por el Congreso Nacional les generase algún tipo de daño en su derecho de explotación minera”, señalaron.
Además, el máximo tribunal destacó la importancia de la norma al sostener que protege a “los glaciares y al ambiente periglacial como reserva estratégica de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas”.
Por su parte, las organizaciones Greenpeace, Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas celebraron el fallo y reclamaron nuevamente por el cese de operaciones mineras sobre glaciares.
“Este resultado responde, sin dudas, al reclamo que todas las asambleas del país y las organizaciones civiles han llevado adelante. El pedido de Barrick para que se declare la inconstitucionalidad de la normativa nacional ha sido una jugada perversa que afortunadamente perdió. Ahora, resta que se haga efectivo el cumplimiento de la ley”, sostuvo Gonzalo Strano, vocero de Greenpeace.
El fallo pone un freno a los 44 proyectos mineros cercanos o sobre cuerpos de hielo que están evaluados, según consta en un documento de la Secretaría de Ambiente de la Nación. Sólo en la provincia de San Juan hay 28.
Al respecto, los jueces señalaron que “la provincia de San Juan, que había adherido al planteo de las empresas para obtener la inconstitucionalidad de la ley, tampoco había podido explicar en qué medida la existencia de la ley de glaciares le generaba agravio”.
“El fallo es contundente y señala que la responsabilidad en la protección de glaciares es compartida entre Nación y las provincias; y reafirma que los derechos individuales como el de propiedad ceden ante derechos colectivos como el derecho al agua”, manifestó por su parte, Enrique Viale, representante de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas.
“Barrick evidencia un histórico desprecio por la legislación ambiental de nuestro país. Siempre supo que su emprendimiento minero Veladero y el proyecto Pascua Lama violan la Ley de Glaciares, por eso la cuestionó judicialmente. Ahora no hay más excusas”, agregó.
Por otro lado, Pia Marchegiani, directora de Política Ambiental de FARN, sostuvo que “una decisión de este tipo reafirma la importancia estratégica de nuestras fuentes de agua dulce, y respalda el sistema de protección ambiental vigente con leyes de presupuestos mínimos. Es una decisión que vuelve a poner sobre la mesa que los intereses particulares no pueden pasar por alto las necesidades de un país de preservar sus bienes ambientales”.
En 2008 la diputada y docente Marta Maffei presentó un proyecto que tenía por objetivo la protección de los glaciares. Fue aprobada por mayoría en la Cámara de Diputados, pero la presidenta Cristina Fernández de Kirchner la vetó. En 2010 Miguel Bonasso presentó un nuevo proyecto, muy similar al de Maffei. A su vez, el senador kirchnerista Daniel Filmus presentó otro proyecto.
Finalmente, el 30 de septiembre de 2010 el Congreso de la Nación sancionó la ley 26.639 de Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, conjugando los proyectos de Bonasso y Filmus, pese a la oposición del primero a los cambios. En octubre de 2010 se promulgó y la ley fue reglamentada por el decreto 207/2011 el 28 de febrero de 2011.