La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la apelación de Larreta contra el fallo que había declarado la inconstitucionalidad de la ley que habilitó la venta. Un freno para la especulación inmobiliaria y la destrucción del espacio verde.
Miércoles 13 de octubre de 2021 12:17
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires confirmó el fallo con el que se declaró la inconstitucionalidad de la ley que autorizaba la venta del predio de Costa Salguero, donde Larreta pretende avanzar sobre el espacio verde para construir torres de lujo y un centro comercial.
La sala segunda del tribunal de apelaciones emitió un fallo con el que rechazó el recurso interpuesto por el Gobierno porteño contra el pronunciamiento del juez de grado que había declarado la inconstitucionalidad de la norma por no cumplir con los procedimientos legislativos correspondientes al caso.
Así lo había entendido el juez Leonardo Furchi quien había declarado la inconstitucionalidad de la ley tras señalar que no se habían cumplido los mecanismos legislativos establecidos para sancionar la ley discutida ni se había respetado el proceso de audiencias públicas a las que el Estado debe convocar obligatoriamente para estos casos.
De esta manera, la política de favorecer la especulación inmobiliaria en detrimento del espacio verde que Larreta viene llevando a cabo ha sufrido un nuevo revés judicial.
En este caso como en el de primera instancia, la Cámara consideró que la aprobación de la Ley 6.289, que en 2019 habilitó al Gobierno porteño la venta de los terrenos, infringió "el procedimiento constitucional previsto en el artículo 89, inciso N°4 de la Constitución".
El mismo establece que las leyes que impliquen "desafectación de los inmuebles del dominio público" requieren de lo que se denomina de doble lectura con audiencia pública. Antes de tratar la ley, el oficialismo había conseguido que las tierras sean consideradas de "dominio privado", ya que su venta no implica este procedimiento.
“De adoptarse una interpretación como la que propone la Procuración de la Ciudad, la más ínfima mayoría simple bastaría para adoptar decisiones en asuntos que requieren de mayorías agravadas o saltearse los recaudos constitucionalmente previstos, clausurando el acceso a la justicia bajo una errada invocación de la división de poderes que soslaya la consagración de derechos colectivos; especialmente prevista para fortalecer la protección de situaciones jurídicas tales como el ambiente o el derecho a la participación con el alcance contemplado por el constituyente”, dice el fallo como respuesta al recurso interpuesto por el gobierno de la Ciudad.
En tanto, este martes, en simultáneo a este freno a la escribanía en que se ha convertido la Legislatura porteña, cerró la inscripción para la audiencia pública por las torres de lujo que la empresa IRSA busca construir en las 71 hectáreas de la ex Ciudad Deportiva de Boca Juniors. El único humedal que tiene el distrito. Hay 2600 anotados que reflejan el repudio a este proyecto.
Sin embargo, las audiencias públicas no son vinculantes. Lo que da más importancia a la mentada Ley de Humedales que el Frente de Todos y Juntos por el cambio tienen cajoneada en el Congreso Nacional, mediante la cual, si estuviera en vigencia, a Larreta se le presentaría otro obstáculo para avanzar con su política de extractivismo urbano. Ley que tiene el apoyo de distintas organizaciones y que exigen debatir los diputados y diputadas del Frente de Izquierda.