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Red Internacional
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Opinión. Ley ómnibus: los principales puntos de ataque a los derechos de mujeres y diversidades

Tras eliminar el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidades de la Nación, convirtiendoló en una secretaría a cargo de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, la ley ómnibus de Javier Milei ataca derechos elementales para las mujeres y diversidades. La ley de los Mil Días, la Ley Micaela, la eliminación del cupo femenino y la representación de la minoría con la reforma electoral, la eliminación de la doble indemnización para las trabajadoras de Casas Particulares, el acceso al derecho la salud sexual y reproductiva, son algunos de los puntos.

Sol Bajar

Sol Bajar @Sol_Bajar

Jueves 28 de diciembre de 2023 10:30

Entre otras cosas, la llamada Ley Omnibus modifica la ley de los Mil Días, de atención integral durante el embarazo; y la Ley Micaela, de capacitación obligatoria en género para todos los funcionarios, de todos los niveles, en los tres poderes del Estado. Además, impone la eliminación del cupo femenino con su reforma electoral y de la doble indemnización para trabajadoras de Casas Particulares. Con la eliminación de la ley que promueve la actividad de los laboratorios de producción pública, también podría afectar derechos secuales y reproductivos.

Junto a los cambios en particular que se hacen a estas normas, está claro que se busca sentar un precedente para atacar otras conquistas arrancadas en estos años por el enorme movimiento de mujeres y diversidades del país. Se trata, como definió la diputada Myriam Bregman en sus redes sociales de una clara provocación a ese enorme movimiento de lucha.

  • La ley de los Mil Días y los precedentes que incorpora

Hace 3 años, luego de un debate parlamentario que literalmente atravesó décadas, se aprobaron dos leyes en el Congreso Nacional: la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, y la llamada ley de Mil Días, orientada a “fortalecer el cuidado integral de la salud y la vida de las mujeres y otras personas gestantes, y de los niños y las niñas en la primera infancia”. El objeto de esa ley, según el parlamento, era “reducir la mortalidad, la mal nutrición y la desnutrición, proteger y estimular los vínculos tempranos, el desarrollo físico y emocional y la salud de manera integral, y prevenir la violencia”.

Contrariando definiciones que el Estado argentino incorporó en distintas leyes, y haciendo a un lado los compromisos en materia internacional que el país firmó con rango constitucional (como la Convención Interamericana de Belém do Pará para prevenir, sancionar y erradicar la violencia hacia las mujeres), la Ley Ómnibus elimina de esta norma toda referencia a la “diversidad”, al “género” o a las personas “gestantes”; ataca el derecho al acceso a la salud de la población travesti trans con capacidad de gestar e incorpora definiciones como “niño por nacer” y “vida desde la concepción”, ampliamente superadas por el debate parlamentario y su sintesis en diversas normativas.

Así, con un capítulo dedicado a “niñez y familia”, que busca volver a modelos biologicistas y binaristas, la ley ómnibus sustituye la definición de “cuidado integral de la salud de las mujeres y otras personas con capacidad de gestar por una más acorde a la que buscaban imponer los grupos antiderechos, limitando este alcance a las madres en situación de vulnerabilidad".

Principios rectores de la Ley de los Mil Días, como el de “simplificación de trámites para el acceso a los derechos de la seguridad social”; “respeto identidad de género" y a la "autonomía de las mujeres y otras personas gestantes”; “acceso a la información y capacitación para el ejercicio de derechos”, entre otros, también son borrados de un plumazo por la Ley Omnibus de Milei.

En cambio, se incorporan como "principios" formulaciones coherentes con la criminalización de las mujeres más pobres y se habilita un “monitoreo” estatal cuyo alcance aún se desconoce. Junto a “la que corta no cobra”, al protocolo antirepresivo de Patricia Bullrich y a la criminalización de la protesta, lo que etá claro es que estas modificaciones (23 en total, para una ley que cuenta con 27 artículos) no tienen otro fin que profundizar la estigmatización y la persecusión a quienes se considera "vulnerables".

  • Asignaciones Familiares

Con la modificación de la Ley de Asignaciones Familiares, la Asignación por Embarazo deja de hacer la referencia a la posibilidad de “interrupción” y se elimina su compatibilidad con la Asignación Universal por Hijo. Además se establece que la Asignación por Embarazo “quedará sujeta al cumplimiento de los controles médico sanitarios que establezca la autoridad de aplicación”, que pasa a ser ahora el nuevo Ministerio de Capital Humano.

Con este mismo espíritu, se anuncia que “se creará un dispositivo específico de atención, derivación y seguimiento de mujeres en situaciones de especial vulnerabilidad” y, con la modificación del artículo 33 de la ley de los Mil Días, que refiere al monitoreo y evaluación de esta política, se establece el fin de "buscar activamente y detectar embarazadas en situación de vulnerabilidad", disponiendo "operativos" y "controles y ecografías" para las mujeres embarazadas.

-* Ley Micaela: eliminación de la obligatoriedad para los tres Poderes del Estado

La Ley ómnibus también modifica la ley Micaela, limitando su alcance. Si hasta ahora esta ley establecía que la capacitación era obligatoria en temáticas de “género y violencia contra las mujeres” y para todas las personas que se desempeñen en la función pública, cualquiera sea el poder del Estado y la función (Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación), ahora la capacitación será obligatoria, pero para “la violencia familiar y contra la mujer”, y sólo para funcionarios de “organismos competentes en la materia”

Así, cambia el espíritu de la ley que lleva en homenaje el nombre de la joven de 21 años, víctima de femicidio. Micaela García estuvo 9 días desaparecida. Fue hallada sin vida, violada y asesinada por Sebastián Wagner, quien estaba en libertad condicional por una pena de 9 años por la violación de otras dos mujeres. La libertad condicional de Wagner fue otorgada por el juez Carlos Rossi, quien ignoró todo esto.

Con la modificación a esta ley, en lugar de capacitar por violencia de género, se limita la capacitación obligatoria a la “violencia familiar y contra la mujer”, y sólo para funcionarios de “organismos competentes en la materia”.

  • Paridad

El proyecto de "Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos", que comienza a regir este 29 de diciembre, también incorpora un capítulo de "reforma electoral", con la elección por circunscripción, la eliminación del cupo femenino y la representación de la minoría.

Como advirtió el diputado Christian Castillo, "se puede dar el caso de una Cámara de Diputados con 100% de hombres y 100% de representantes de un mismo partido. Algo completamente repudiable".

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-* Acceso a la salud

Otro aspecto que genera incertidumbre es el de la derogación de la ley 27.113, que promueve la actividad de los laboratorios de producción pública y podría afectar también la producción de drogas como la mifepristona y el misoprostol, fundamentales para la realización de las interrupciones de embarazos por vía medicamentosa, así como la producción de anticonceptivos. Se trata de dos aspectos fundamentales de la demanda que instaló en las calles el movimiento de mujeres junto a la Campaña Nacional por el Derecho al aborto legal, seguro y gratuito, que popularizó la triple consigna de "educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar y aborto legal para no morir".

  • Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares: eliminación de la doble indemización

La ley omnibus también reduce los casos de indemnizaciones, elimina multas por no registrar a un trabajador o trabajadora (lo que implica no abonar salarios de convenio ni efectuar los aportes a la seguridad social) y extiende los períodos de prueba.

En el caso de las trabajadoras de casas particulares, se elimina un artículo del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, que contempla la doble indemnización en calidad de "multa" por despido cuando la relación laboral no se encuentre registrada o esté "defectuosamente" registrada.

El artículo 50 de la ley 26.844, que fue anulado por el DNU, dice que “la indemnización sin causa se duplicará cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no estuviera registrada o lo esté de modo deficiente”. Es decir, se eliminan las sanciones al empleador o empleadora que no registre a una trabajadora de casas particulares y, así, se barre con la doble indemnización para un sector ultraprecarizado y donde las mujeres son amplia mayoría.

Segun el Indec, en el último año, el trabajo del personal de Casas Particulares (tanto formal como informal) se estima que aumentó en 141.000 personas: de 1.570.000 a 1.711.000. Las trabajadoras de casas particulares, segun el documento de CEPA, son más de un 90% mujeres.

Por otra parte, la declaración de emergencia del sistema previsional, que habilita al Poder Ejecutivo a tomar decisiones sin pasar por el Congreso, sumado a las declaraciones oficiales sobre la necesidad de "revisar" las jubilaciones otorgadas por la ley de moratoria, afectaría especialmente a este sector y, especialmente, a quienes trabajaron toda su vida sin protección legal alguna y sin aportes jubilatorios, como sucede con la gran mayoría de las personas que trabajan en casas particulares.