Proyecto oficialista prohíbe la realización de audiencias públicas para la evaluación de obras previas a 1998. La Legislatura porteña subsana las ilegalidades del negocio inmobiliario de la Ciudad.

Roberto Andrés Periodista @RoberAndres1982
Miércoles 26 de septiembre de 2018 15:27
El pasado jueves 20 de septiembre, la Legislatura porteña aprobó la modificación de la Ley N° 123 de Evaluación de Impacto Ambiental, que establece que “están exceptuadas de cumplir con la convocatoria a audiencia pública temática todas aquella actividades en funcionamiento y preexistentes al 10 de diciembre de 1998” (cuando se aprobó la ley).
Será el caso, por ejemplo, de la evaluación de impacto ambiental de los estadios o shoppings ubicados en la ciudad que existían antes de la fecha señalada, en donde la ciudadanía no tendrá derecho alguno a opinar sobre los impactos ambientales que ha vivido durante los años de funcionamiento de dichas actividades.
El macrismo porteño impuso la modificación de la ley con 45 votos a favor. Vamos Juntos contó con la colaboración del bloque de Unidad Ciudadana de Mariano Recalde, Leandro Santoro y Carlos Tomada, entre otros. Victoria Montenegro señaló en la sesión que “desde el bloque Unidad Ciudadana vamos a acompañar este proyecto de ley”, aunque previamente indicó que “notamos que se incorporaron no todas pero sí una buna parte de las sugerencias que se fueron haciendo”.
Según consta en la versión taquigráfica preliminar, Santilli (presidente) indica que “se agrega el voto afirmativo de la diputada Pokoik” (quien no apareció en el tablero de la votación).
Solo la izquierda rechazó el “blanqueo ambiental” con tres votos negativos del Frente de Izquierda y dos de Autodeterminación y Libertad. Por su parte el Bloque Peronista de Silvia Gottero y el Partido Socialista de Roy Cortina resolvieron abstenerse en la votación por diferencias con el proyecto.
Un blanqueo ambiental a favor de los empresarios
La Ley N° 123 es aquella que determina el procedimiento técnico y administrativo de la Evaluación de Impacto Ambiental para la obtención del certificado de aptitud correspondiente. Todo emprendimiento que esté previsto realizarse en la Ciudad debe tramitar el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) según su categorización y previo a su puesta en marcha. El estudio analiza la interacción presente o futura de un establecimiento o un proyecto determinado con el medioambiente.
Con la excusa de incorporar la Evaluación Ambiental Estratégica, una herramienta conocida globalmente que ya ha sido puesta en práctica por muchos países y que se utiliza para determinar el impacto que tendrá sobre el ambiente un nuevo proyecto o emprendimiento, el macrismo porteño modificó la ley actual subsanando las ilegalidades del negocio inmobiliario en la Ciudad.
Al respecto, el diputado porteño por el Frente de Izquierda, Patricio del Corro (PTS) señaló en diálogo con LID: “No es la primera vez que el PRO toma ideas como puede ser mejorar el sistema de impacto ambiental, para transformarlas en su contrario y continuar con su plan de una ciudad al servicio de los grandes emprendimientos inmobiliarios. Lo mismo hicieron con el proyecto de Ecoparque que terminó concesionando tres manzanas a los privados”.
Palacio Roccatagliata.
“En esta ley hay un montón de cosas que van a quedar a discreción de los privados y ya tenemos en claro que el Gobierno no será su control, sino más bien la garantía de su desarrollo. Por ejemplo, ya hay obras como la del Palacio Roccatagliata que está frenada por la Justicia y que se beneficia con estas modificaciones. Por último, la Evaluación Ambiental Estratégica no tendrá necesariamente audiencias públicas como estaba previsto anteriormente, sino apenas difusas instancias de participación ciudadana”, señaló el diputado de izquierda.
La modificación también fue cuestionada por organizaciones sociales y ambientales. Según declaró el Observatorio por el Derecho a la Ciudad, organismo independiente interdisciplinario que monitorea las políticas públicas y actividades privadas, “las propuestas constituyen un verdadero blanqueo ambiental para actividades y obras que estaban en situación de ilegalidad en relación a los permisos ambientales”.
Esto significa que para todas aquellas actividades preexistentes a la fecha mencionada “la ciudadanía no va a tener más derecho a participar de su evaluación de impacto ambiental (EIA). Para estas actividades no se llamará a audiencia pública. La EIA será secreta entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la Agencia de Protección Ambiental y el privado o empresa”, denunció el organismo.
En el mismo sentido, para la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) la modificación propuesta reduce además los estándares ambientales vigentes: “Aun cuando la presente reforma busque incorporar herramientas que amplíen y mejoren el sistema de evaluación ambiental, su aplicación discrecional terminará por achicar los estándares ambientales ya establecidos por la legislación y no contribuirá a mejorar las falencias en la gestión de la EIA que presenta la ciudad ni aportar respuestas en la necesidad de mejor calidad y participación en los procesos de toma de decisiones que hacen al desarrollo urbano”.
Por otro lado, según la ley “el Certificado de Aptitud Ambiental para actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos categorizados como de Impacto Ambiental Con Relevante Efecto (CRE) se otorgará por el plazo de cuatro años”, por lo que el Gobierno de la Ciudad debía convocar cada cuatro años a los ciudadanos porteños a participar en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Sin embargo, la situación ha venido siendo sistemáticamente violada por el PRO. Ahora la Legislatura legaliza la práctica ilegal, siendo la modificación denunciada como un “blanqueo ambiental” para la política del Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta y sus empresarios amigos.
Otro elemento polémico es que se dejan fuera de la nómina las obras previstas sobre parcelas de más de 2.500 metros cuadrados. Esto quiere decir que para que algo merezca un estudio de impacto ambiental, por lo menos tiene que ocupar media manzana, cuando en la ley original se establece como norma un cuarto de manzana.
“Esta modificación está orientada a salvar a todos aquellos proyectos inmobiliarios que superaban los 2.500 m2, que recibieron los privilegios de la Legislatura con normas urbanísticas especiales, pero que durante el trámite de Evaluación de Impacto Ambiental nunca convocaron a audiencia pública”, declaró el Observatorio por el Derecho a la Ciudad.
Además, la Evaluación Ambiental Estratégica, no se estableció como obligación para los privados. “No es obligatorio convocar a audiencia pública sino que sólo se hace referencia la obligación de contemplar una instancia de participación ciudadana”, señala el ODC. “Tampoco se habla de la Evaluación de Impacto Ambiental Acumulativa, una de las grandes deficiencias de la gestión del PRO frente al boom inmobiliario en la ciudad”.
El macrismo de Vamos Juntos, que ha sabido gobernar en la Ciudad de Buenos Aires en alianza con Evolución y Unidad Ciudadana, blanquea las ilegalidades del negocio inmobiliario porteño. Mientras “el nuevo Código Urbanístico viene a legalizar los permisos de obras ilegales”, señala el Observatorio por el Derecho a la Ciudad, “esta modificación de la Ley N° 123 subsanará las ilegalidades de las actividades anteriores a diciembre de 1998. Blanqueo inmobiliario y ambiental en la gestión de Larreta”.