Reproducimos a continuación parte del artículo “Reglamentación de las horas de trabajo para la mujer obrera”, escrito por Esther Valdés de Díaz en el diario de prensa obrera y feminista “La alborada” de 1.907 a raíz del debate y la histórica lucha por la disminución de la jornada laboral ¿Ha cambiado la explotación laboral para las mujeres en 115 años?
Viernes 15 de julio de 2022
Nada más humano, nada más civilizador, justo y moral que la limitación de horas de trabajo para la labora de la mujer obrera.
Entremos en materia:
Estamos en un taller de modas donde hay 10 operarias, que en tiempo normal trabajan de 8 de la mañana a 8 de la noche, con hora y cuarto u hora y media de almuerzo, según el taller y que, por lo general, concluyen al fin de semana días vestidos completos, sean estos sencillos o de gran valor.
Pues bien: Un día, el marte, por ejemplo, llega al taller una cliente distinguida y se manda a hacer 1, 2 o más vestidos para asistir a la tertulia tal o al matrimonia tal, que debe realizarse el sábado o domingo de la misma semana.
La madama, después de tomar las medidas y hacerle elegir el respectivo figurín, con mucha finura y afectado sentimiento dice: que teniendo trabajo de las señoritas fulanas o sutanas, que también es muy apurado, no podrá darle cumplimiento esa semana y que para la otra será.
Total: Que se cierra el trato. Con la estratagema la madama ha logrado sacar, a más del precio convenido antemano, 60 o más pesos por cada vestido y en vez de buscar más operarias para dar cumplimento al trabajo, entra como una furia al taller, mira aquí, husmea allá, y por fin grita:
Se calma un momento, luego dice:
Y sale triunfante del taller, sabiendo de antemano que ninguna obrera se moverá, dando así, cumplimiento a sus clientes... y se llenara más su bolsa.
He aquí descrito débilmente una escena de taller, y que se repite a lo menos dos o tres veces a la semana, y con suma frecuencia en la época de ópera, fiestas de carnaval, septiembre, pascuas y año nuevo.
La descripción de este cuadro, en análisis de este hecho, por toda obrera conocido, deja establecido que el único origen, la razón, el principio que existe y que obliga a la mujer obrera a trabajar 12, 14 y más horas diarias obedece exclusivamente a la avaricia de las dueñas de taller, o sea el Capital.
Entonces, ¿Ha cambiado la explotación laboral para las mujeres en 115 años? Si bien se reglamentaron las horas de trabajo para el común de las trabajadoras en 8 horas, esto no se ha cumplido a cabalidad, y la realidad es muy distinta a la legalidad. Sin ir más lejos, las mujeres que trabajan en minería como en trabajos de aseo o alimentación ven aumentada su jornada diaria de trabajo a 10, 12 o hasta 14 horas, a causa de, entre otras cosas, el tiempo de trayecto que tampoco es remunerado. Además, como consecuencia de la opresión patriarcal que ha caído históricamente sobre las mujeres, sufrimos una doble jornada laboral con las labores domésticas y de cuidado de terceros, este trabajo aún menos es remunerado, siendo que es parte de la base para el sostenimiento de la acumulación del capital.
Las 8 horas de trabajo, 8 de descanso y 8 de ocio, siguen siendo un anhelo para las mujeres de nuestra clase, -y también para el resto de la sociedad- pero pasado más de 100 años sin que la jornada baje legalmente de 8 horas, es necesario avanzar a por lo menos a 6 horas de trabajo diario, 5 días a la semana, sin disminución de los sueldos, para que todas y todos puedan acceder a un trabajo, y así mejorar las condiciones de vida de nuestra clase.
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Diana Toro
Feminista socialista