Este viernes se realizó una audiencia en la causa denominada “Legislatura”, por los hechos ocurridos el pasado 20 de junio. Allí se hicieron conocer a 9 detenidos los delitos que se les imputan y las pruebas existentes. El fiscal manifestó que todas las personas acusadas conforman un grupo de coautores de ocho delitos, para los cuales solicitó se dicte la prisión preventiva a todos ellos por el término de 40 días fundamentado, insólitamente, que su calidad de “cabecillas” haría presumible que sigan manifestándose contra la reforma constitucional. El juez resolvió la prórroga de dicha resolución por 48 horas, por lo que quedarán alojados en el penal durante el fin de semana.
Viernes 14 de julio de 2023 23:10

Foto: Familiares de los detenidos y organizaciones reclaman la libertad de los presos en el penal de Alto Comedero.
Que en Jujuy se vive una escalada represiva en base a la criminalización de la protesta social ya no resulta novedad. Que miles se vienen manifestando hace más de un mes en rechazo a la reforma constitucional recientemente votada por la UCR y el PJ, tampoco.
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Lo que resulta escandaloso a la fecha, se relaciona la pretensión de la Fiscalía en la acusación atribuida a los manifestantes, sin ningún sustento probatorio y legal. Solicitó se dicte la prisión preventiva por 40 días para todos ellos, y dado el clima que se vive en la provincia de Jujuy, según su punto de vista, y no sigan sucediendo hechos de similares características a los “investigados” en la causa, aludió a que era importante que permanezcan detenidos, identificándolos como “cabecillas”.
Los 40 días de prisión preventiva pedido para los detenidos coinciden casi exactamente con los días que quedan de campaña electoral. Las casualidades no existen, pero que las hay, las hay, podría justificarse Morales en este último tramo de campaña, si le preguntaran por esta notable coincidencia.
La Fiscalía acusa a todos y todas las imputadas de ser parte del incendio provocado en la legislatura. Hecho, por otro lado, que el propio vice gobernador consideró "menor". Sin embargo, lo más insólito es que no hay nadie identificado allí dentro de la Legislatura. Para sortear este "problema" la acusación planteó que aquí ocurrió un plan criminal colaborativo entre los imputados para cometer delitos, en la que cada uno tuvo una intervención particular. Por ello la “coautoría”, pese a que nadie de los identificados estaba en el lugar del incendio. Los imputados armaron un plan con gente anónima. Una novedad legal, para la historia.
El objetivo expresado, por otro lado, apunta a “neutralizar” la posibilidad de que a partir de su condición de “cabecillas”, pudieran “seguir delinquiendo tanto ellos como otras personas”. Así como también pueda dificultarse el hallazgo de las personas no ubicadas a la fecha.
El sistema penal argentino prohíbe lo que se conoce como “derecho penal de autor”. Se persiguen actos, no personas. Decir que una persona debe seguir detenida como “precaución” o para evitar futuros delitos o tildarlos de “cabecillas” por resultar militantes o manifestantes, es un fundamento extremadamente grave e ilegal.
Las teorías conspirativas -que generalmente utiliza Gerardo Morales para tratar de tapar la realidad- se expresa, también, en la utilización del término “cabecilla” por parte de la Fiscalía. Acusar penalmente y sin pruebas, de que el enorme movimiento popular de miles de personas que se encuentra luchando contra la repudiada reforma constitucional en San Salvador o en la combativa La Quebrada, estaría siendo dirigido por un puñado de personas es la máxima expresión de ello. Es negar la enorme lucha del conjunto de trabajadores, las comunidades y el pueblo jujeño que ya es un ejemplo para el resto del país.
Morales va a pasar a la Historia por animarse a acusar a un pueblo de golpistas cuando se puso de pie contra una Reforma justamente totalitaria. Ahora parece que la fiscalía encontró a los posibles cabecillas del golpe, todos complotados.
De más está decir que el fiscal tampoco hizo referencia a las numerosas violaciones a los derechos humanos en el marco de una represión, por parte de la Policía provincial, que ocurrieron el pasado 20 de junio en inmediaciones y en la propia legislatura provincial como es de público conocimiento. De los ojos vaciados, camionetas sin patente entrando sin orden judicial a las casas, de los apremios ilegales, de los policías que atacaron comercios, etc., no hay un solo policía detenido y no hubo una mínima referencia del fiscal a estos hechos.
Las distintas defensas compartieron varios de los argumentos, relacionados a la inexistencia de peligro de fuga o el entorpecimiento en la investigación, (principales requisitos para mantener a una persona privada de su libertad en el marco de un proceso judicial), que no existían constancias en la causa como para vincular en forma concreta a las personas detenidas con los delitos por los cuales se los mantiene en el penal de Alto Comedero.
Luego de pedir un intervalo, el juez dispuso que, dada la complejidad del caso, se tomaría 48 horas, y dispuso que el día lunes daría a conocer su decisión respecto de la prisión preventiva y salió de la audiencia sin dictar la resolución final. En los casos en los que está en juego la libertad de las personas, en particular el art. 292 del Código Procesal, no autoriza al juez a resolver algún tipo de prórroga a la resolución final sobre la prisión preventiva.
De esta forma los imputados en la causa, que ejercieron legítimamente el derecho a manifestarse contra la reforma constitucional, tienen que pasar dos días más detenidos a la espera de lo que defina el juez.