×
×
Red Internacional
lid bot

Actualidad. Salta: para la Corte Suprema es inconstitucional la educación religiosa en horario escolar

Fue luego de años de lucha y tras un amparo presentado ante la Corte. La sentencia se basa en los principios constitucionales de no discriminación y de igualdad de trato. Permite que se dicte religión en horario extra escolar.

Martes 12 de diciembre de 2017

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) declaró inconstitucional a “toda práctica que, en la implementación de la enseñanza de religión en las escuelas públicas salteñas, implique la prevalencia conceptual de un culto por sobre los demás, la discriminación de quien no profese ningún culto o de quien profese alguno en particular, la imposición en las clases de catequesis o ritos religiosos, o el ejercicio de alguna forma de coerción para expresar la posición frente al fenómeno religioso de los educandos ,sea de modo directo o por vía de sus padres o tutores”. Asimismo, determinó la inconstitucionalidad de “la obligación para los alumnos de tener que permanecer en el aula cuando se desarrollen las clases de religión que no respeten las convicciones de sus padres y tutores”.

Dos prácticas habituales en todas las escuelas públicas de la provincia desde que en 1986 se incorporó como parte de la reforma de la Constitución Provincial, que plantea en su artículo 49 que “los padres y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban en la escuela pública la educación religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

En 2008, durante el gobierno del peronista Juan Manuel Urtubey, en ese entonces alineado con la ex presidenta y actual senadora Cristina Fernández de Kirchner, había sido incorporado a la ley de Educación provincial, en su artículo 27, el dictado de educación religiosa de forma obligatoria en las escuelas públicas salteñas.

Unos años más tarde, en 2015, el Senador Nacional Rodolfo Urtubey, propuso junto a un grupo de senadores la derogación de la Ley 1420 que, sancionada en 1884, en su artículo 8 planteaba que “la educación religiosa sólo podrá ser dada en las escuelas públicas por los ministros autorizados de los diferentes cultos, a los niños de su propia comunión y antes o después de las horas de clase”.

Si bien el juez Horacio Rosatti consideró que la ley es constitucional, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda votaron por la inconstitucionalidad de algunos de sus artículos lo que determinan que el dictado de religión sea en horario extraescolar, por fuera de la currícula.

El quinto integrante de la Corte, el juez Carlos Rosenkrantz “no suscribió la sentencia pues se excusó de intervenir en la causa con motivo de que al momento de promoverse la acción de amparo era miembro de la Asociación por los Derechos Civiles, coactora en estas actuaciones.”, según señaló el CIJ, la agencia de noticias del poder Judicial.

La causa "Castillo, Carina Viviana y otros c/ Provincia de Salta- Ministerio de Educación de la Prov.de Salta s/ amparo" había sido impulsada por familias de alumnos y alumnas de escuelas públicas de Salta, y llegado a la CSJN por medio de un amparo colectivo. Frente a esto, la CSJN había convocado a una audiencia pública que se realizó en el mes de agosto de este año.

Te puede interesar: Educación religiosa en Salta: comienza la audiencia pública convocada por la Corte Suprema

¿Qué dijo Urtubey frente al fallo?

El gobernador Urtubey mantuvo una reunión esta tarde con la Ministra de Educación, Analía Berruezo, y la fiscal de Estado, Pamela Calletti, y expresó que "la CSJN es el último intérprete de la constitucionalidad de las normas, en virtud de ello, la provincia debe modificar sus leyes para adecuarse, tanto a lo que prescribe la Constitución Provincial, como a las observaciones emanadas del Máximo Tribunal".

El mandatario se apoya en la observación de la Corte que señala “que el carácter renunciable del derecho a recibir educación religiosa no impide que la materia `religión´ integre el currículo, pero sí impide la exigencia de su cursado obligatorio y, consecuentemente, la necesidad de su graduación y la obtención de una calificación que incida sobre el promedio general del educando.”

La CSJN hace una interpretación libre sobre el artículo 5° de la Ley de Educación Nacional, que determina que “el Estado Nacional fija la política educativa y controla su cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades provinciales y locales”.

Ni lenta ni perezosa, Patricia Argañaraz, titular de Asociación Docente Provincial (ADP-CTERA) a quién no se vio jamás en estos 9 años en las calles peleando por la educación pública y laica, difundió un audio en el que plantea que “estamos armando el proyecto con la Ministra (Analía Berruezo, NdR) Vamos a sacar religión del horario escolar, vamos a meter una séptima hora para conservarlo dentro del sistema”. Lo que se dice, una verdadera Ministra de Educación, sin cartera.

La pelea para que se haga efectiva

Ni bien se enteraron de la noticia, familias y docentes de la educación pública se expresaron en las redes sociales.

Alina Morales, referente de la pelea por la educación pública y laica en la provincia y quien tiene una hija en edad escolar que fue estigmatizada y discriminada por sus creencias, sostuvo que “fueron muchos los que optaron por salir de las escuelas, también por expresarse públicamente contra la educación religiosa pero un grupo de padres fuimos más allá y denunciamos concretamente la discriminación y la tiranía del Opus Dei” y recordó que “uno de los primeros amparos lo presenté hace 17 años (…) mis hijos se merecen este momento de alegría y felicidad por todo lo que nos hicieron pasar!!!”.

Daniela Planes, referente del PTS y Pan y Rosas en la provincia y además docente de educación especial en escuelas públicas, destacó como un gran paso que se termine el dictado de educación religiosa en las escuelas, “una conquista posible por la lucha que hace años emprendieron las familias, docentes y estudiantes junto a organizaciones de Derechos Humanos, sociales y políticas por la educación laica en las escuelas públicas de la provincia”.

Además, señaló que “entendemos que una escuela laica es la que puede contener a todos y todas, sin distinción ni discriminación (...) defendemos la histórica conquista de la enseñanza laica en todo el país"

Gabriela, docente de primaria del macrocentro, alertó acerca de que “la ministra mintió ante la corte diciendo que ya no se reza en las escuelas y aún se hace (…) los directivos de las instituciones son ultracatólicos”.

La salida es en las calles

Esta lucha hay que continuarla en las calles, no sólo para hacer cumplir el fallo de la Corte y que no se dicte como parte de la currícula esta materia, si no para sacar definitivamente la religión y la Iglesia de las escuelas públicas de Salta y todo el país. En provincias del NOA como Catamarca y Tucumán es legal el dictado de religión y en otras provincias es común el rezo, por ejemplo, en horas de clase.

Este paso, tras muchos años de la lucha y movilizaciones, implica un avance en defensa de una educación pública, laica, inclusiva y que respete cada pensamiento, religión, gusto de cada estudiante. Un envión para ir por más y hacer cumplir, también, la Ley de Educación Sexual Integral, que en Salta por el peso de la Iglesia Católica y la educación religiosa, no se dicta.


Florencia Gasparini

Nació en 1979. Es maestra en escuelas públicas de Salta y militante del Partido de los Trabajadores Socialistas y de la agrupación de mujeres Pan y Rosas. Integra la redacción de La Izquierda Diario Salta.