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Red Internacional
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Jujuy. Salud mental: el electroshock que no fue

“Terapia” electroconvulsiva (electroshock) y Derechos Humanos en tiempos de Macri. Una Resolución polémica avivó el debate sobre los alcances y limites de la Ley Nacional de Salud Mental.

Sábado 2 de julio de 2016

El sábado 25 de Mayo en Jujuy, mediante medios locales, se dio a conocer la aprobación de la Resolución N° 000001-SSMyA por parte de la Secretaría de Salud Mental y adicciones a cargo del Lic. José Manzur. Esta Resolución autoriza el uso de terapias electroconvulsivas. Aunque dos días después, por medio de una entrevista radial, el Licenciado ha dejado sin efecto la misma, este acontecimiento ha generado controversia entre los usuarios, familiares y trabajadores del sistema de salud. Asimismo otras tres provincias Mendoza, Salta y Corrientes reconocen el uso de terapias electroconvulsivas como válidas bajo supervisión adecuada.

Estos acontecimientos abren un nuevo debate entorno a la Ley de Salud Mental 26.657 sancionada en el año 2010, la cual no prohíbe explícitamente esta práctica pero sin embargo adhiere a la Resolución N° 17/14 del Órgano de Revisión Nacional, en la cual se recomienda la prohibición del uso de la Terapia Electroconvulsiva (TEC), comúnmente conocida como electroshock.

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Prácticas Manicomiales

En el año 2014 el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), como integrante del Órgano Revisor de la Ley de Salud Mental, presentó un informe expresando su preocupación y rechazo a la continuidad de prácticas manicomiales que se han observado en diversos hospitales, aquellas que se realizan con mayor frecuencia son las ataduras, sujeción física o mecánica y las terapias electroconvulsivas (TEC).

Las TEC fueron desarrolladas en el año 1930 como terapia experimental para tratar la depresión, consiste en una descarga de corriente eléctrica mediante dos electrodos que se colocan a ambos lados de la cabeza, lo cual provoca una convulsión en el cerebro. En la actualidad esta terapia se lleva adelante como “tratamiento” para la psicosis, manía, catatonia, esquizofrenia y depresiones agudas.

Dichas prácticas han forjado a lo largo de la historia la vida cotidiana de las instituciones cerradas, por ejemplo los hospitales monovalentes. Estas intervenciones violentas también dan cuenta de la asimetría de poder que se ejerce dentro de las instituciones cuyo fin es el doblegar los cuerpos a modo de castigo.

Ley de Salud Mental en la actualidad

La actual legislación que atraviesa la salud mental (Ley 26.657) se basa principalmente en el respeto por los derechos humanos, la autonomía de los usuarios del sistema de salud y la rehabilitación psicosocial. Esta ley se ha presentado como progresiva respecto a sus predecesoras, sin embargo no se ha implementado en su totalidad. Sancionada en el 2010, con fecha de regularización hasta el año 2013, ha pasado el tiempo y aún se siguen abriendo debates en torno a la aplicación de la presente.

Según se estipula en el art. 32 de la Ley Nacional de Salud mental “En forma progresiva y en un plazo no mayor a TRES (3) años a partir de la sanción de la presente ley, el Poder Ejecutivo debe incluir en los proyectos de presupuesto un incremento en las partidas destinadas a salud mental hasta alcanzar un mínimo del DIEZ POR CIENTO (10 %) del presupuesto total de salud. Se promoverá que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adopten el mismo criterio.” A pesar de lo expresado, desde su fecha de sanción bajo el gobierno Kirchnerista, cuya ley fue uno de sus bastiones para hablar de Derechos Humanos, y hasta la actualidad ninguna partida presupuestaria ha logrado superar el mínimo estipulado del 10 %. Para el año 2016 el proyecto presentado mediante el Ministerio de Salud concede el 7,97 % del presupuesto de salud al área de salud mental. Sin embargo, tal como en el año 2015 en la Ciudad de Buenos Aires, el PRO asignó el 80 % de este total a los hospitales monovalentes (neuropsiquiátricos).

Esto da cuenta del sostenimiento del paradigma asilar que va en contra de lo expresado en la vigente ley la cual apunta al acondicionamiento de estas instituciones a fin de responder a los nuevos principios y objetivos expuestos. A su vez se busca la desmanicomialización de las internaciones prolongadas y apunta a internaciones más breves en hospitales generales, los cuales deben ser acondicionados para estas nuevas prácticas.

Salud Mental en tiempos de Macri

Como se expresó anteriormente, el PRO presenta antecedentes en torno a la violación de la Ley de Salud Mental. Desde la baja partida presupuestaria, el sostenimiento sistemático de los hospitales monovalentes y el vaciamiento de otros dispositivos alternativos de salud, este año se agrega la designación de Andrew Blake como Director Nacional de Salud Mental y Adicciones, junto con los despidos generalizados y el cierre de programas de salud mental en todo el país.

¿Quién es Andrew Blake? Un fuerte opositor de la ley que no tiene interés en su implementación, reconocido por sostener el paradigma médico-hegemónico que ignora aquellas terapias que no se sustentan con la industria psicofarmacéutica.
Su designación en Diciembre del 2015 fue repudiada por un amplio sector de la salud y los derechos humanos.

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Desde el Estado se continúa financiando al sector de salud privado y beneficiando a las multinacionales farmacéuticas que son firmes opositoras a la legislación de salud mental actual. Estos negociados entre empresarios y políticos repercuten de forma directa en la implementación de la ley. Por esto mismo es necesario seguir abriendo el debate en torno a su implementación, mientras que denunciamos aquellas prácticas que violan los derechos humanos como también la precarización existente en los dispositivos de salud que afecta tanto a sus trabajadores como a los usuarios, mientras que peleamos por atención gratuita, pública y de calidad.


Yohia Cardoso Marino

Lic. Psicología de la UBA @Yohia05

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