Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) fija en 37,5 horas la jornada semanal máxima para las empresas públicas. De momento el Gobierno “más progresista de la historia” mira para otro lado y es incapaz de reducir la jornada laboral del conjunto de los trabajadores del sector público y privado.

Juan Carlos Arias @as_juancarlos
Martes 17 de enero de 2023

Se trata de una sentencia pionera emitida por el TSJC que posibilita su aplicación en la totalidad de las empresas públicas, dado el rango jurídico del tribunal que ha emitido el veredicto y las razones argumentadas para su implementación.
La empresa que ha logrado esta importante victoria judicial, Sincrotrón Alba, está ubicada en Cerdanyola del Vallés y da empleo a 233 trabajadores. Allí han conseguido esta rebaja horaria que ya es firme, porque el tribunal ha desatendido el recurso interpuesto por la dirección de la empresa pública. Y ésta ha mostrado su intención de no recurrir y ejecutar el contenido de la sentencia. Algo que fija un precedente muy importante para el conjunto de las empresas públicas y que puede beneficiar a miles de trabajadores y trabajadoras de todo el Estado español, pues la aplicación del criterio de reducción horaria hasta las 37,5 horas semanales como máximo, puede implicar significativas reducciones horarias anuales en el sector público.
Sin embargo, esto implicaría que el Gobierno y la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, dieran instrucciones a las direcciones ejecutivas de todas las empresas públicas para que se aplique la sentencia, sin necesidad de recurrir a los tribunales. Si lo hicieran, se podría crear el empleo público necesario para cubrir las horas que dejarán de realizarse, siempre y cuando no se recurra a una barra libre de horas extraordinarias. Sin embargo, nada indica por ahora que vayan a actuar en este sentido.
Otro rasgo interesante de la sentencia, que es de aplicación inmediata, es el hecho de que las trabajadoras y trabajadores deberán cobrar por la totalidad de las horas extras que han venido realizando durante los últimos años que han estado trabajando 2,5 horas de más cada semana, sobre el máximo horario legal posible. Algo que de lograrse supondría un ingreso extra de un volumen importante y sería muy bien recibido, en un momento de fuerte alza inflacionaria que ha supuesto un ataque a los niveles de vida.
La pelea judicial que ha finalizado con éxito, la ha dado el sindicato CGT de la empresa Sincrotrón Alba. Esta arranca el 28 de febrero de 2019, cuando la secretaría de Función Pública dictó una resolución según la cual se determinaba que la jornada laboral ordinaria para el conjunto de la Administración Pública se establecía en 37,5 horas semanales. Esta orden, y es lo que ha valorado el tribunal en su fallo, tiene un nivel reglamentario que hace que sea de aplicación para todo el sector público, aunque puedan existir acuerdos específicos, como convenios propios o sectoriales. Y más allá de si se trata directamente de organismos de las administraciones públicas o de empresas del sector público. Porque esta reglamentación tiene características que por su rango de aplicación se ejecuta en función de lo que se denomina jurídicamente “jerarquía normativa” y afecta a la totalidad del sector público.
De hecho, aunque no se había reconocido hasta el momento ese derecho y solo como consecuencia de la sentencia y para una sola empresa pública, esta jerarquía normativa se ha aplicado profusamente durante el Gobierno del PP de Rajoy, pero en sentido inverso. Para aplicar fuertes recortes laborales y sociales que se implementaron como consecuencia de la crisis de 2008 a partir del año 2012. Estos fueron la supresión de la paga extra de navidad para todo el sector público, los incrementos horarios, o la eliminación de todos los convenios del complemento por las incapacidades transitorias. Medidas que se aplicaron de manera generalizada a la totalidad de trabajadores del sector público, más allá de si estaban en organismos de la Administración o en empresas del sector público. Y todo ello, claro está, pese a contar con acuerdos previos con horarios y condiciones más favorables regulados por convenio.
La directora de la empresa pública Sincrotrón, Caterina Biscari, ha declarado: “cumpliremos la sentencia. Vamos a tener que verlo como una oportunidad para optimizar los tiempos de trabajo e intentar mantener la misma productividad y el servicio a la ciencia que hacemos”. Añadiendo que la dirección de la empresa está estudiando cómo adaptarse al fallo judicial y “renunciar” a las dos horas y media de trabajo semanal de cada uno de los 233 empleados. Y que reclamarán más contrataciones para compensar la reducción horaria.
Esta sentencia, que afecta a las empresas del sector público y que ha sido un rotundo éxito para la CGT es un ejemplo y abre el camino a la lucha por la reducción de las horas de trabajo sin reducción salarial. Una lucha que debe generalizarse y extenderse al conjunto de la clase trabajadora, con pelea no solo en los juzgados sino fundamentalmente con la acción directa y los métodos de lucha de nuestra clase (manifestaciones en las calles, huelgas sectoriales y generales, ocupaciones de centros de trabajo) de manera unitaria, coordinada e independiente. Para plantear la lucha por una reducción generalizada de la jornada laboral.

Juan Carlos Arias
Nació en Madrid en 1960. Es trabajador público desde hace más de 30 años y delegado sindical por UGT de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid. Es columnista habitual de Izquierda Diario en las secciones de Política y Economía. milita en la Corriente Revolucionaria de Trabajadores y Trabajadoras (CRT) del Estado Español.