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Red Internacional
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Inflación. El gobierno utilizará el índice de precios de CABA para el cálculo del CER

Prat Gay resolvió que se utilice el índice elaborado por estadísticas de la Ciudad de Buenos Aires para el cálculo del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).El IPCBA de Diciembre fue de 3,9%.

Jueves 14 de enero de 2016

Fotografía: Taringa

El Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas, Alfonso Prat-Gay, publicó ayer en el Boletín Oficial que el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), que dejó de conocerse el 6 de diciembre de 2015, se estimará sobre la base de la tasa de variación diaria obtenida de la evolución mensual del Índice de Precios al Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IPCBA). Este índice se elevó en Diciembre un 3,9%, mostrando una suba superior al promedio mensual registrado entre enero y noviembre de 2015 (1,9%).

En un comunicado, el Palacio de Hacienda explicó que "debido a que el INDEC no publicó la variación de precios al consumidor registrada durante el mes de noviembre de 2015, el Sistema Estadístico Nacional fue declarado en emergencia estadística el pasado 8 de enero luego de que al asumir las nuevas autoridades del INDEC verificaran la existencia de una situación anómala que imposibilita brindar con regularidad el servicio público a su cargo" y agregó que "el INDEC le ha informado al Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas que los Índices de Precios al Consumidor de la Provincia de San Luis y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituyen alternativas apropiadas en ausencia del Índice de Precios al Consumidor publicado por ese Instituto, atento que ambos índices tienen metodologías consistentes entre sí, cuentan con canastas representativas propias y a mediano plazo presentan variaciones porcentuales similares".

¿Qué es el CER?

El CER es un coeficiente de estabilización de referencia creado en 2002, se publica mensualmente por el Banco Central de la República Argentina, y muestra la variación diaria de la evolución mensual del índice de precios al consumidor publicado por el INDEC.

Se aplica a los depósitos en dólares u otra moneda extranjera existente en el sistema financiero al 6 de enero de 2002, que fueron pesificados a $1,40 por dólar; a los préstamos u otras deudas en dólares u otra moneda extranjera con el sistema financiero; las deudas en dólares u otra moneda extranjera en propiedad fiduciaria a fideicomisos contraídas a enero de 2002 y también a obligaciones que no pertenecen al sistema financiero como contratos de alquiler, compraventa, seguros, prestamos u obligaciones extracontractuales.