El viernes, dos uniformados fueron condenados por segunda vez por la violación de una menor ocurrida en 2012, porque la primera sentencia había sido anulada. Una Justicia lenta e ineficiente que se ensaña de manera especial con las víctimas de la fuerza y que se muestra incapaz de resolver de manera rápida y efectiva los casos en los que los acusados son policías
Domingo 28 de mayo de 2017 00:00
Fotografías: @MarianaR31
“Fue un toqueteo consentido”. De esta manera definió la defensa de un policía tucumano a la violación que cometió contra una menor de edad en un parque de la capital de esa provincia, horas antes de ser condenado a 10 años de prisión por el delito.
El viernes, dos miembros de la Policía de Tucumán fueron hallados culpables del abuso de una joven de 16 años ocurrido hace cinco años. Al autor material, Aníbal Leiva, se le impuso una condena de una década; mientras a su compañero, Juan González, una pena de 8 años de prisión por haber sido partícipe necesario del hecho.
La violación ocurrió en mayo de 2012. La víctima –cuya identidad no se revela-, se encontraba en el Parque 9 de Julio con su novio. De acuerdo a la acusación de la fiscalía, al ver que dos policías que estaban de servicio los miraban, decidieron irse. Sin embargo, a poco de andar fueron interceptados por los agentes, quienes les pidieron la documentación de la moto en la que circulaban. El joven no tenía carnet de manejo y, por ello, los uniformados les informaron que les secuestrarían la moto y los llevarían detenidos. A menos, claro, que les dieran plata.
El muchacho les ofreció $ 50, pero los policías le dijeron que no alcanzaba y le pidieron más dinero. El joven, aseguró, les intentó dar $ 70, diciéndoles que era todo lo que tenía. Entonces, Leiva le dijo que, como no alcanzaba, iba a “arreglar el tema” con la menor y se la llevó detrás de unos árboles. González se quedó con el muchacho. Una vez que Leiva estuvo a una distancia aproximada de 100 metros, abusó de la menor durante una hora. Luego, la devolvió a su pareja y les dijo que se fueran y que no quería verlos más por el lugar.
“A ver ¿Qué pasa? ¿Quién anda haciendo tanto quilombo a esta hora?”, fue la respuesta que asegura haber recibido la madre de la víctima por parte de Miguel Ángel Suárez, tercer jefe de la comisaría 11 cuando fue a radicar la denuncia. Más tarde, a las 4.35, comenzaba un polémico análisis a cargo del médico José María Ildarraz. Diez minutos después, la Policía informaba que no había habido abuso. En tanto, el principal acusado, declaraba que sólo había “conversado” con la menor.
Días más tarde, las pericias sobre la prenda interior de la víctima y su pantalón de jean revelaban la presencia de semen del abusador. Entonces, Leiva cambió su discurso al que finalmente terminaría esgrimiendo durante más de cinco años: “fue un toqueteo consentido”.
Idas y vueltas de la Justicia
La causa llegó a juicio por primera vez en febrero de 2015. La defensa insistió en que lo ocurrido había sido con consentimiento de la víctima, pese a que se trataba de una menor de edad, que estaba sola con un hombre armado en la oscuridad del Parque 9 de Julio mientras otro policía retenía a su novio. La joven declaró en Cámara Gesell y el video fue exhibido en la audiencia, mostrando a una adolescente avergonzada, casi incapaz de hablar de lo ocurrido pero que, sin dudas, reafirmaba que había sido víctima de violación. Una vez que la defensa de Leiva dejó de negar el abuso, el acceso carnal se convirtió en el centro de la polémica. El policía insistía en que no había existido penetración y las pruebas médicas realizadas presentaban numerosas irregularidades.
Ambos policías fueron hallados culpables y condenados a 10 y cinco años de prisión: Leiva, por ser autor material y González, como partícipe necesario.
La pesadilla continúa
Poco después, la Corte Suprema anuló la sentencia. No lo hizo porque tuviera dudas de la inocencia de los condenados, sino por un tecnicismo en la redacción de los fundamentos del fallo. De las tres juezas, una había votado en disidencia y, de acuerdo al Máximo Tribunal, había incumplido requisitos de forma al fundamentarlo. Los condenados quedaron libres y se ordenó un nuevo juicio, con otro tribunal y otro fiscal.
La noticia repercutió gravemente en la salud mental de la joven y la de su madre. La necesidad de volver a comenzar una batalla que ya habían ganado, tener que volver a declarar y revivir lo ocurrido ante los imputados agravó el frágil estado emocional de la víctima.
El segundo juicio
Las nuevas audiencias comenzaron el lunes 22 de mayo. Los imputados volvieron a declararse inocentes y la idea del “toqueteo consentido” volvió a ser el argumento principal. No se volvió a llamar a declarar a la víctima pero sí se exhibió la grabación de la Cámara Gesell que se había hecho para el primer proceso. La defensa atribuyó el estado de conmoción emocional en que se encontraba la joven a la “vergüenza por haber llegado tarde a su casa esa noche” y por haber “desobedecido a la madre” que, aseguran, no le había dado permiso para ir al parque. Por el resto, señaló el abogado del principal acusado, Cergio Morfil, la relación había sido con total acuerdo de la adolescente.
González aseguró que en ese momento, no sabía lo que su compañero estaba haciendo con la menor durante cerca de una hora, aunque reconoció que se quedó con el novio de la joven. “Pensé que estaban charlando”, señaló a la prensa. Dijo que tenía confianza en su compañero y que se enteró de lo ocurrido al día siguiente, aunque no terminó de creerlo hasta que las pruebas forenses fueron abrumadoras.
La segunda sentencia, que fue leída el viernes pasadas las 15.30, fue más demoledora que la primera. A Leiva le correspondieron 10 años de prisión (igual que la primera vez) pero a su compañero González le subieron de cinco a ocho años, por haber participado necesariamente del hecho. Ambos fueron de inmediato detenidos.
Además, el tribunal ordenó investigar al subcomisario Suárez (el que se había quejado del “quilombo” cuando la madre de la víctima fue a hacer la denuncia) y al médico Ildarraz (el que omitió realizar análisis que permitan despejar dudas sobre si hubo acceso carnal e incurrió en otras irregularidades). La Justicia ahora deberá determinar si ambos cometieron el delito de encubrimiento.
La mujer en el imaginario policial
La defensa de los policías no estuvo basada en la negación del hecho sexual, sino en que la muchacha lo había deseado. De acuerdo a esta postura, una menor de edad que es amenazada con ser detenida a la medianoche en un parque oscuro, separada de su novio por un policía armado, llevada a un descampado y abordada sexualmente está de acuerdo con mantener relaciones. El resto de los argumentos esgrimidos violentan de tal manera la intimidad y la dignidad de la adolescente que no serán reproducidos en esta nota.
La idea de que una menor consienta y hasta disfrute de un hecho de semejantes características deja al descubierto la concepción de un sector de la policía respecto del rol de las mujeres en casos de abuso sexual. El hecho de que la defensa haya pedido la absolución y no una pena mínima revela que lo ocurrido, en su imaginario, no constituye ninguna clase de delito. No está mal. Por el contrario, es aceptable que un policía se lleve a una menor a un parque oscuro, la separe de su novio y tenga relaciones con ella bajo la amenaza de llevarla presa. A tal punto está bien que la adolescente hasta parece haber disfrutado (o por lo menos no sufrido) el acto sexual. No es ningún delito, merece ser absuelto. Esa fue la postura de la defensa de Leiva.
El caso recuerda a otro ocurrido en 2013 en la comisaría Cuarta de esta capital, en el que varios policías fueron a juicio acusados de abusar de una joven trans y haberla entregado a una celda llena de internos para que la violaran. La sentencia no los condenó: ordenó que la causa volviera a la etapa de instrucción por presuntas fallas en la investigación. El fallo destrozó a la víctima, que había tenido la lucidez de dirigirse al Centro de Salud apenas pudo escapar de la comisaría para conseguir pruebas de las reiteradas violaciones de las que había sido víctima y que, luego, tuvo la fortaleza de sostener la causa hasta el juicio oral.
Los procesos judiciales eternos a que son sometidas las víctimas de los policías en Tucumán parecen ensañarse especialmente con aquellas mujeres que sufren delitos sexuales. La provincia registra, en pocos meses, dos casos de violaciones en las que las víctimas deben afrontar dos veces un mismo proceso desgarrador: el del juicio oral.
La Justicia no parece todavía tener una respuesta contundente, rápida y eficaz que envíe al resto de la Policía el mensaje de que los abusos y las violaciones no son aceptados en la fuerza. Por el contrario, años de demoras y anulaciones marcan claramente el rumbo de un sistema que tolera con infinita paciencia los delitos cometidos por miembros del Ejecutivo.
La falta de juicio a los policías que provocaron al menos ocho muertes durante la sedición de 2013, a los acusados de torturas en comisarías (e incluso dentro mismo de la Casa de Gobierno) y de los funcionarios imputados por encubrir el crimen de Paulina Lebbos completan el cuadro de una Justicia que llega mal y tarde cuando de enjuiciar a la fuerza policial se trata.