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Red Internacional
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Tucumán. Caso Belén: los fundamentos de un fallo oscurantista

Como se ha denunciado, no existe prueba alguna para la condena a la joven.

Miércoles 4 de mayo de 2016

En el día de ayer, el tribunal compuesto por los jueces Dante Ibañez, Néstor Macoritto y Fabián Fradejas había decidido no dar lectura pública a los fundamentos del fallo que condena a Belén a 8 años de cárcel por “homicidio doblemente agravado por el vínculo y la alevosía”, luego de sufrir un aborto espontáneo.

La abogada de Belén, Soledad Deza, había adelantado que daría a conocer los fundamentos una vez que se cerciore de tachar los datos que puedan comprometer la intimidad de la víctima.

Como se ha señalado desde el movimiento de mujeres, la condena a Belén es totalmente arbitraria ya que no existe ninguna prueba del delito que se le imputa. El fallo se basa en las declaraciones e informes realizados por los médicos, enfermeras y policías del Hospital Avellanada.

Los testimonios reflejan incongruencias en torno a la hora en la que se encontró el feto, su tiempo de gestación y hasta el lugar en donde fue hallado. La doctora Claudia Sueldo afirma que fue encontrado por una partera a las 3 de la mañana, mientras que informa registra la entrada de Belén en el hospital a las 3.50.

Existen contradicciones en torno a los informes y testimonios que hablan de una gestación de 22 semanas, como lo señala el médico José Daniel Martín al diagnosticar un “aborto espontáneo incompleto sin complicaciones", y una autopsia del feto que le asigna 32 semanas de gestación. Los jueces no parecen más advertir está incongruencia.

Las contradicciones en los testimonios también versan sobre el baño en que se encuentra el feto. El mismo fallo advierte que no se preservó la “escena del crimen”. La abogada Soledad Deza también había declarado en los medios que las incongruencias sobre el feto también hacen referencia al sexo.

La consecuencia lógica de estas irregularidades, que se completan con la violación del secreto profesional, es que no exista prueba alguna. En un escrito del abogado asesor del hospital Avellaneda, Diego Silbserstein, y el subdirector técnico, Marcelo Gómez, se reconoce que el feto que supuestamente perteneció a Belén no se hallaba en la morgue del nosocomio, razón por la cual no se realizó un ADN que pruebe una filiación.

La pretendida fundamentación de este fallo oscurantista y reaccionario confirma que las denuncias de las organizaciones del movimiento de mujeres son acertadas. Se trata de un fallo que busca condenar a una joven pobre para criminalizar el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo. La pelea por la nulidad de este fallo escandaloso y la libertad para Belén, también tiene que ir de la mano por la lucha por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito.

Fuente: APA